Ayudas a la gestión forestal sostenible para Inversiones forestales productivas en el marco del Programa estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 (Intervención 6883)

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona DEPARTAMENT D'AGRICULTURA, RAMADERIA, PESCA I ALIMENTACIÓ.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas que defin e el apartado 2 del anexo 7 de la Orden ACC/185/2024, de 31 de julio, por la que se aprueba n las bases reguladoras, siempre que cumplan los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria que establece el apartado 2 del anexo 1 de la Orden ACC/185/2024: P ersonas físicas o jurídicas sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos que se consideren subvencionables y realicen la actividad forestal para la que se otorga la ayuda (actividad principal forestal). Se entenderá como dedicación principal for estal cuando más del 50% de los ingresos proceden de esta actividad. En el caso de empresas , deberán tener la consideración de PYME, de acuerdo con el Reglamento (UE) 651/2014. El apartado 8 del anexo 1 de la Orden ACC/185/2024 recoge los c ompromisos y las obligaciones de las personas beneficiarias.
  • Cuantía total máxima de la convocatoria
  • 1. La cuantía máxima prevista para esta convocatoria es de 3. 500.000,00 euros, tiene naturaleza de crédito plurianual y está financiada exclusivamen te por el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (DARPA), de acuerd o con lo que establece el
  • Solo se admite una única solicitud por persona beneficiaria, qu e debe incluir todas las actuaciones para las que se solicita la ayuda. La documentación que se debe adjuntar con la solicitud es la qu e definen el apartado 7 del
  • 1. La persona beneficiaria debe presentar una cuenta justifi cativa con aportación de justificantes de gasto, de acuerdo con lo que prevén el artículo 4 de la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones, y el apartado 12 del anexo 1 y el apartado 8 del anexo 7 de la Orden ACC/185/2024, de 31 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras. Se fijan el 8 de septiembre de 2027 como fecha límite para la j ustificación de la anualidad de 2027 y el 17 de mayo de 2028 como fecha límite para la justificación de la anualidad de 2028.
  • 2. El plazo de justificación se puede ampliar a petición de la persona beneficiaria antes del plazo fijado para presentar la justificación, por razones debid amente motivadas, mediante el trámite electrónico que el órgano instructor haya habilitado. E ste nuevo plazo no puede superar la mitad del plazo establecido inicialmente.
  • 1. El pago de la subvención se lleva a cabo mediante la comp robación del cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria o con la justificación previa por parte de la persona beneficiaria de que se ha ejecutado la actividad, el proyecto o el objetivo, o bien que se ha adoptado el comportamiento para el que se concedió la subvención o la ayuda en los términos que establecen las bases reguladoras.
  • 2 Se pierde el derecho al cobro total o parcial de la subven ción en caso de falta de justificación o en caso de que concurra alguna de las causas qu e prevén el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el artículo 98 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre.

Gastos y actuaciones

  • Gastos subvencionables · eligible
    Los gastos subvencionables, de acuerdo con el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, son los que señala el apartado 3 del anexo 1 de la Orden ACC/185/2024, de 31 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Comisión de Valoración
  • Gastos subvencionables · eligible
    1. La Comisión de Valoración está integrada por:
  • Gastos subvencionables · eligible
    La persona titular de la Subdirección General de Bosques y Gestión del Medio, que ejerce la función de presidencia.
  • Gastos subvencionables · eligible
    La persona titular del Servicio de Gestión Forestal, que ejerce la función de vicepresidencia.
  • Gastos subvencionables · eligible
    La persona titular de la Sección de Fomento y Dinamización Fo restal, que ejerce la función de secretaría.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Las personas asesoras técnicas, con voz, pero sin voto, que l a Comisión de Valoración considere necesario designar para colaborar en la elaboración del informe.
  • Gastos subvencionables · eligible
    2. El órgano instructor puede designar tanto a la persona qu e ocupa la secretaría como a los miembros suplentes de la Comisión, que sustituyen a los mie mbros titulares en los casos de ausencia, de vacante, de enfermedad o por cualquier otra causa justificada. Los miembros suplentes se pueden designar por tiempo indefinido o para una sesión determinada.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Criterios de valoración de las solicitudes
  • Gastos subvencionables · eligible
    1. El órgano colegiado para la valoración de las solicitudes admisibles aplica los criterios de priorización y las puntuaciones que establece el apartado 5.1 del anexo 1, en relación con el apartado 6 del anexo 7, de la Orden ACC/185/2024, de 31 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras. Las solicitudes de ayuda admisibles se valoran de acuerdo con l os criterios de valoración
  • Gastos subvencionables · eligible
    2. Criterio común: un máximo de 3 puntos según el grado de e jecución global en relación con el importe concedido en la convocatoria de ayudas del año 2 022. Esta puntuación se otorga de manera proporcional según el porcentaje de ejecución: a partir del 95% de ejecución, la puntuación es de 3, y por debajo del 95%, según e l porcentaje correspondiente (por ejemplo: 94,5% equivale a 2,83 puntos: 94,5 x 3/100). Las personas solicitantes obtienen la máxima puntuación en el c aso de no haber concurrido en la convocatoria de ayudas del año 2022 a la gestión forestal sostenible o en el caso de no haber sido beneficiarias en esa convocatoria.
  • Gastos subvencionables · eligible
    3. Criterios específicos para los diferentes tipos de actuación:
  • Gastos subvencionables · eligible
    9 puntos para procesadoras, autocargadores y arrastraderas f orestales "skidders", y sus adaptaciones y complementos.
  • Gastos subvencionables · eligible
    8 puntos para la adquisición de camiones y plataformas para el transporte de la madera o biomasa y grúas que se instalen.
  • Gastos subvencionables · eligible
    7 puntos para la adquisición de equipos tractores y sus adap taciones y complementos (cabinas reforzadas homologadas, protecciones forestales en las ruedas y los bajos, asiento giratorio), cabrestantes, remolques forestales, grúas que se in stalen y cables aéreos, palas
  • Gastos subvencionables · eligible
    6 puntos para la adquisición de herramientas y complementos forestales que permitan un primer tratamiento de los productos forestales: empacadoras, de scortezadoras y desbrozadoras móviles, y otros con finalidades similares.
  • Gastos subvencionables · eligible
    5 puntos para astilladoras y partidoras de leña móviles o autopropulsadas.
  • Gastos subvencionables · eligible
    4 puntos para líneas de aserrado, astilladoras y partidoras de leña fijas de primera transformación industrial, y para la adquisición de básculas, l íneas de descortezado e instalaciones de clasificación de rollo.
  • Gastos subvencionables · eligible
    3 puntos para la ejecución de obra civil relacionada con el movimiento de la madera y el almacenamiento de astilla forestal.
  • Gastos subvencionables · eligible
    2 puntos para las instalaciones y la ejecución de obra civil en empresas de recolección y primera transformación de productos forestales no madereros.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Otras actuaciones de carácter económico