Entidades socialesPersonas jurídicasES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS

AYUDAS A ENTIDADES DEPORTIVAS 2025

La subvención tiene por finalidad regular la concesión de subvenciones y ayudas en régimen de concurrencia competitiva, a personas jurídicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, que otorgue el Área de Deportes en su ámbito competencial para el desarrollo de actividades y programas de interés general relativos a la práctica deportiva para el Concejo de Langreo. Dichas ayudas y subvenciones se regirá n por las presentes bases reguladoras y por las disposiciones que se determinen en cada convocatoria especifica. Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades todas las personas físicas o jurídicas descritas en el apartado anterior…

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS. La gestiona AYUNTAMIENTO DE LANGREO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Para ser beneficiaria s de las ayudas , las entidades deberán cumplir los siguientes
  • La entidades y clubs deportivo s, deberán estar legalmente constituido s de conformidad con lo establecido en el Decreto 24/1998, de 11 de junio, por el que se regula el funcionamiento de los Clubes Deportivos y Agrupaciones de Clubes de ámbito autonómico del Principado de Asturias, e inscritas en el Registro de Entidades de Ayuntamiento de Langreo, en el Registro de Entidades Deport ivas del Principado de Asturias y en la Federación correspondiente o en su caso en Asociaciones o Delegaciones reconocidas por el Consejo Superior de Deporte. En caso de Federaciones de ámbito territorial asturiano deberán estar legalmente constituidas de conformidad con lo establecido en el Decreto 56/1995, de 12 de abril, por el que se regulan las Federaciones Deportivas del Principado de Asturias.
  • No estar incursas las entidades, o las personas que ostentan la representación legal de las mismas, en algu no de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, por incapacidad o incompatibilidad,
  • Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias tanto estatales como autonómicas, de Seguridad Social y Agencia Tributaria, y no ser deudor del Ayuntamiento de Langreo, sus organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes del mismo, por cualquier tipo de deuda de derecho público vencida, líquida y exigible por la vía de apremio, todo ello con anterioridad a la Propuesta de Resolución de concesión de las subvenciones.
  • Desarrollar las actividades directamente por los beneficiarios de la subvención que figurarán inscritos en el Registro de Entidades del Ayuntamiento de Langreo, así como en el correspondiente registro de la Consejería pertinente del Principado de Asturias.
  • En el caso de las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, para ser beneficiarios deberán cumplir los requisitos anteriores todos y cada uno de sus miembros.
  • Tener debidamente justificados los gastos correspondientes a subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Langreo.
  • Órgano Competente para la Instrucción y Resolución El órgano competente para la instrucción del expediente es la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Langreo dentro de las condiciones de concurrencia competitiva ya explicados en párrafos anteriores. El órgano competente para resolverlo será el Alcalde/Presidente del Ayuntamiento de Langreo, previo dictamen de la Comisión Informativa de Cultura, Servicios Sociales y Deportes.
  • Plazo de Presentación de Solicitudes y Documentación Las solicitudes se formalizarán conforme al modelo que se adjunta como Anexo I y se presentarán, cumplimentados todos y cada uno de sus apartados junto con la documentación adjunta, en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados, en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 20 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Ofici al del Principado de Asturias (BOPA) diario oficial en el
  • que se publicará el extracto de la convocatoria, por conducto de la BDNS , una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación; forma y plazo en que deban presentarse las solicitudes. La solicitud, que se formulará en modelo que se adjunta en el Anexo I, irá acompañada
  • Fotocopia del N.I.F. del representante y, en su caso, C.I.F. de la entidad.
  • Fotocopia del número y registro de la entidad en la Dirección General correspondiente.
  • Documento que acredite la representación de quien firme la solicitud y la legitimidad de la misma (copia de la Escritura de constitución o modificación, Certificado del/a Secreta rio/a de la entidad, acr editativo del acuerdo adoptado) en los términos del artículo 5 de la Ley 39/2015, dado que es habitual que este tipo de ayudas sean solicitadas por asociaciones y entidades.
  • Declaración de otras subvenciones o ayudas solicitadas pa ra la financiación de las mismas actividades, según modelo que figura en el Anexo II de las presentes bases.
  • Declaración responsable sobre el cumplimiento del artículo 13.2 de la L.G.S., según el modelo que figura en el Anexo III de estas bases.
  • Fichero de acreedores / Ficha de Terceros, según modelo que figura en el
  • documentation
    Presencialmente, en el Servicio de Información y Atención Ciudadana (SIAC), sito en la planta baja del Ayuntamiento de Langreo. Se aconseja concertar cita previa a través del portal web municipal (www.langreo.es) o por teléfono (985678800).
  • documentation
    Por medio del registro electrónico habilitado en la sede electrónica de nuestro portal web (https://tramites.ayto-langreo.es/), previa identificación en el mismo.
  • documentation
    En cualquier otra Administración Pública, adherida al Sistema de Interconexión de Registros.
  • documentation
    Así como por cualquiera de las vías previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Oficinas de correos, por ejemplo)

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La subvención tiene por finalidad regular la concesión de subvenciones y ayudas en régimen de concurrencia competitiva, a personas jurídicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, que otorgue el Área de Deportes en su ámbito competencial para el desarrollo de actividades y programas de interés general relativos a la práctica deportiva para el Concejo de Langreo. Dichas ayudas y subvenciones se regirá n por las presentes bases reguladoras y por las disposiciones que se determinen en cada convocatoria especifica. Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades todas las personas físicas o jurídicas descritas en el apartado anterior. Con carácter general, las ayudas consistirán en una subvención económica para financiar los gastos de los proyectos seleccionados y serán compatibles con otras financiaciones. En los casos de concurrencia de subvenciones municipales, con las otras