Ayuda Lehiatu Inversion Gastrobikain 2026

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES21 - PAIS VASCO. La gestiona DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN, DESARROLLO RURAL, AGRICULTURA Y PESCA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • – Para adquirir la condición de persona beneficiaria se deberán cumplir los siguientes requi-
  • Que las inversiones se realicen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • Que antes del pago final de la subvención y salvo excepciones derivadas de la aplica - ción del artículo 2 del Decreto 63/2024, de 21 de mayo, sobre el régimen de declaración responsable de las industrias agrarias y alimentarias y la organización y funcionamiento del Registro de Industrias Agrarias y Alimentarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco (RIAA), los establecimientos donde se hayan realizado las inversiones estén inscritos en dicho Registro. En todo caso, todos los proyectos de inversión deben contar con licencia de actividad y registro sanitario con carácter previo al pago final de la ayuda.
  • Que las operaciones de inversión no estén comenzadas en el momento en el que se pre- senta la solicitud, con la finalidad que la ayuda tenga un efecto incentivador, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2022/2473 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022 y en el Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022. Se considerarán exceptuados de este requisito, los honorarios del proyecto de obra.
  • Que las empresas tengan viabilidad económica y perspectivas razonables de mercado para sus productos. Para las empresas de nueva creación o de puesta en el mercado de productos innovadores se analizarán los datos que figuren en las Cuentas Anuales Previsionales.
  • No tener la consideración de empresa en crisis, de acuerdo con la definición establecida en las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C 249/01).
  • Que el proyecto cumpla las normas en materia de medio ambiente, de conformidad con la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y la Ley 10/2021 de 9 de diciem - bre, de Administración ambiental de Euskadi. Los proyectos de inversión irán precedidos, en su caso, de la evaluación de impacto medioambiental e higiene, así como de las normas comunitarias aplicables a las inversiones de que se trate.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
  • Cuando la subvención solicitada sea superior a 30.000 euros, deberá cumplir los pla - zos de pago establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, lo cual deberá acre- ditarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones tal y como se recoge en el Anexo IV.
  • No haber cometido, incitado o promocionado LGTBIfobia, incluyendo la promoción o rea- lización de terapias de conversión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
  • – Dependiendo del tipo de ayuda solicitada o del tipo de inversión a realizar se deberán
  • cumplir los siguientes requisitos específicos:
  • Para las operaciones relativas al Capítulo II y al Capítulo III cumplir los requisitos esta - blecidos en el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) 1305/2013 y (UE) 1307/2013 y en el Plan Estratégico de la PAC de España para el período 2023-2027 aprobado por la Comisión Europea el 31 de agosto de 2022 y modificado el 30 de agosto de 2023.
  • Para los Capítulos IV, V y VI, los requisitos establecidos en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022.
  • Para el Capítulo VI se deberán cumplir los requisitos del Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. Concre - tamente, las personas beneficiarias que hayan percibido ayudas acogidas el régimen de minimis de este reglamento, no podrán superar la cuantía de ayuda de 300.000 euros en los tres años previos a la concesión.
  • Para las inversiones relativas a almacenajes frigoríficos para productos congelados y ultracongelados, que sus capacidades de almacenamiento sean proporcionadas a la capa- cidad de producción de las instalaciones de transformación a las que están vinculadas y, en el caso de comercialización, a la capacidad de compra.
  • En el caso de que el proyecto subvencionable lleve aparejada obra o instalaciones, dispo- ner, en el momento de evaluar el proyecto, de acreditación documental del título que permite la utilización de los terrenos o inmuebles donde se vaya a ejecutar la inversión por un período mínimo de 10 años desde el año en que se presente la solicitud y haber solicitado las pre - ceptivas licencias y autorizaciones para llevar a cabo la obra. Para las ayudas recogidas en el
  • documentation
    – El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días, a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Boletín Oficial del País Vasco. La solicitud deberá adjuntar la documentación en los términos que establece el apartado 7. A los efectos del cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 5.apartado 1.párrafo c), se admitirá como fecha de solicitud la presentada antes de la publicación de la orden, siempre que se hubiera efectuado la pertinente comprobación o acta de no inicio.
  • documentation
    – La solicitud será única por establecimiento y actividad.
  • documentation
    – Las solicitudes se presentarán accediendo a la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a través de las direcciones indicadas en el apartado 4.

Gastos y actuaciones

  • Base 9.– Límites y condiciones de los costes subvencionables. · eligible
    Los costes subvencionables se ajustarán a los módulos de valoración de inversiones que se
  • Base 9.– Límites y condiciones de los costes subvencionables. · eligible
    – Cuando un proyecto lleve aparejada obra, la inversión subvencionable máxima será la resultante de multiplicar la superficie construida o reformada por un módulo de 520 euros por metro cuadrado.
  • Base 9.– Límites y condiciones de los costes subvencionables. · eligible
    BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO 2026/3612 (21/77) Para la aplicación de este módulo se tendrán en cuenta tanto los gastos de adquisición, como los de obra en edificación nueva o reformada, incluyendo sus divisiones interiores. A este fin, dichos límites no podrán ser superados incluso en los supuestos en los que sobre una misma superficie se den de forma simultánea más de uno de esos gastos. En este límite no serán tenidos en cuenta los gastos relativos a instalaciones, sea cual sea su naturaleza.
  • Base 9.– Límites y condiciones de los costes subvencionables. · eligible
    – En el supuesto de edificios destinados al almacenamiento en altura, el importe del módulo se obtendrá de multiplicar el importe del módulo citado en el párrafo anterior por metro cua - drado, por la altura total dividida entre siete.
  • Base 9.– Límites y condiciones de los costes subvencionables. · eligible
    – Cuando un proyecto lleve aparejado mobiliario de oficina, la inversión subvencionable máxima será de 1.000 euros en equipamiento por puesto de trabajo.
  • Base 9.– Límites y condiciones de los costes subvencionables. · eligible
    – Cierres perimetrales de fincas. El importe máximo subvencionable ascenderá a 40 euros por metro lineal, incluidos todos los elementos singulares distintos a las puertas. El número de metros lineales máximo subvencionable será igual, en valor absoluto, a la suma del número de metros cuadrados construidos o que se pretenden construir dentro del establecimiento objeto del proyecto de inversión.
  • Base 9.– Límites y condiciones de los costes subvencionables. · eligible
    – Explanación y urbanización, incluida la dotación firme. El importe máximo subvencionable ascenderá a 35 euros por metro cuadrado objeto de actuación. El número de metros cuadra- dos máximo subvencionable será igual al doble de la superficie construida.
  • Base 9.– Límites y condiciones de los costes subvencionables. · eligible
    – Las inversiones en maquinaria podrán ser financiadas mediante arrendamiento finan - ciero exclusivamente cuando en el contrato de arrendamiento financiero se establezca la obligatoriedad de adquirir el bien al finalizar la operación de arrendamiento. En dicho contrato se deberá indicar la descripción del bien, su importe y plazo de arrendamiento y así mismo deberá contener una cláusula sobre la obligatoriedad de adquirir el bien al final del plazo, así como sobre la subordinación de dicho arrendamiento a las obligaciones establecidas en la normativa subvencionadora. La duración máxima del arrendamiento financiero admitida no excederá de siete años.
  • Base 9.– Límites y condiciones de los costes subvencionables. · eligible
    – El importe máximo subvencionable en equipamiento de tiendas de degustación de pro - ductos de la propia empresa será de 30.000 euros.
  • cos, serán gastos subvencionables: · eligible
    Arrendamiento del primer año del local donde se desarrollará el proyecto, con un límite máximo de 100.000 euros.
  • cos, serán gastos subvencionables: · eligible
    Compra o traspaso de local hasta un límite máximo de 100.000 euros.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación