Axudas destinadas ao cofinanciamento dos servizos de comedor escolar xestionados polas asociacións de nais e pais do alumnado dos centros públicos non universitarios dependentes desta consellería, para o curso académico 2025/2026 (código de procedemento E

1. Este orden tiene por objeto establecer las bases y convocar, en régimen de concurrencia no competitiva, las ayudas económicas destinadas a las asociaciones, federaciones o confederaciones de madres y padres de alumnado legalmente constituidas, que gestionan los comedores escolares en los centros públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Consejería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional que imparten los niveles de enseñanza básica obligatoria y/o según ciclo de educación infantil (código de procedimiento ED601A).

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES11 - GALICIA. La gestiona CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA, UNIVERSIDADES E FORMACIÓN PROFESIONAL.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Que existan las condiciones adecuadas de seguridad vial en el desplazamiento del alumnado hacia los dichos locales.
  • Que el local donde se prestó el servicio de comedor escolar había sido el mismo durante todo el curso académico 2025/2026
  • De conformidad con lo previsto en el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, todo el personal que con motivo de la actividad subvencionada tenga contacto habitual con los niños y niñas usuarios del servicio de comedor, tanto sea directamente contratado por la entidad como de empresas externas, deberá acreditar no haber sido condenado por sentencia firme por delito ningún contra la libertad e indemnidad sexual mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales. 5 / 18
  • Que el contrato si había suscrito por escrito.
  • Que su celebración sea autorizada previamente por la entidad concedente de la subvención. No podrá fraccionarse un contrato con el objeto de disminuir su cuantía y eludir el cumplimiento de los requisitos anteriormente mencionados.
  • Además de lo dispuesto anteriormente, las asociaciones, federaciones y confederaciones de madres y padres de alumnado beneficiarias deberán cumplir las previsiones y deberes que, referidas a la subcontratación, si señalan en el artículo 27 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.
  • documentation
    Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, sy alguna de las personas interesadas presenta su solicitud de manera presencial, requeriráselle para que la emende a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará como data de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquier de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave 365 (https://sede.xunta.gal/chave365). 6 / 18
  • documentation
    El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará transcurridos 8 días naturales desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y será de un mes. En caso de que el día de inicio del plazo sea inhábil, el plazo comenzará el día hábil siguiente al de la publicación, con una hora de inicio que comenzará a las 9:00 horas y la hora fin de plazo será a las 20:00 horas. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primero día hábil siguiente, y si en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente a la inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. Las solicitudes estarán subscritas por el/la representante legal de la entidad solicitante según
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    Una declaración del conjunto de todas las ayudas concedidas y/o solicitadas para la misma finalidad procedentes de las distintas administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales. En el caso de tener concedida alguna de estas ayudas, deberán acreditarla mediante resolución o comunicación de su concesión o certificado del órgano concedente.
  • documentation
    Una declaración por la que se acuerda solicitar la ayuda.
  • documentation
    Una declaración responsable de que no concurren en la entidad solicitante de la ayuda ninguna de las circunstancias previstas nos artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, y de estar al corriente en el pago de deberes por reintegro de subvenciones, conforme al artículo 10.2° g) de dicha ley y el artículo 9 del Decreto 11/2009, de 8 de enero.
  • documentation
    La declaración responsable de que la entidad se encuentra al día en sus deberes tributarios estatales y autonómicas y de Seguridad Social, así como que no tiene deudas con la Comunidad Autónoma de Galicia, en base a lo dispuesto en el artículo 60.4 de lo citado Decreto 11/2009, de 8 de enero.
  • documentation
    Una declaración responsable, en la que manifieste el cumplimiento del mandato legal contenido en el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del 7 / 18
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    Las personas interesadas deberán acercar con la solicitud la siguiente documentación:
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    Documentación acreditativa de la representación de la persona solicitante
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    El modelo que figura como Anexo II, relativo a la memoria de la actuación, personas usuarias, menús servidos y presupuesto/cuenta justificativa del servicio de comedor. En el caso de las federaciones o confederaciones de padres/madres de alumnado, deberán presentar un Anexo II por cada una de las ANPAS federadas o confederadas. En la epígrafe A)“Memoria comedor escolar” se indicará el carácter continuado del servicio, los datos del alumnado por niveles educativos y la modalidad de prestación del servicio. En la epígrafe B) “Declaración usuarios del Servicio y menús servidos”: figurará el número de menús servidos (mensual) indicando en cada columna el número de menús detallada por meses (total mensual) y la suma total de los menús servidos en el curso escolar. Non podrán figurar los menús de los usuarios becarios gratuitos, por parte de los ayuntamientos, o de otra administración. A epígrafe C) “Presupuesto/Cuenta justificativa” se cubrirá con la información de los siguientes
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    apartados: Punto C.1 Se cubrirán los datos para cada una de las actuaciones subvencionables previstas en el artículo 1.2. Los gastos relacionados en esta cuenta justificativa se acreditarán mediante facturas u otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, incorporados en la cuenta justificativa. Además, se entregarán los justificantes de los pagos efectivos de estas facturas, que aseguren
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    Si los gastos se derivan de una relación laboral deberán juntarse la nómina y el justificante de su pago así como acreditar el pago de las retenciones efectuadas en cumplimiento de la normativa aplicable del IRPF y del abono de las cotizaciones de la Seguridad Social.
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    Si los gastos se derivan de la relación contractual con una entidad o autónomo/a deberán juntarse las facturas y los justificantes de pago.
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    a la entidad o empresa prestataria, el ANPA deberá la remitir:

Gastos y actuaciones

  • comedor escolar que abarca, entre otros, los siguientes conceptos subvencionables: · eligible
    El coste diario del menú por comensal y por los días de su asistencia al comedor entendido como el servicio de comida a mediodía.
  • comedor escolar que abarca, entre otros, los siguientes conceptos subvencionables: · eligible
    La vigilancia y cuidado del alumnado durante el uso del servicio del comedor.
  • comedor escolar que abarca, entre otros, los siguientes conceptos subvencionables: · eligible
    Los gastos de mantenimiento, personal y limpieza.
  • comedor escolar que abarca, entre otros, los siguientes conceptos subvencionables: · eligible
    Los gastos de menaje, materiales, utensilios para la prestación del servicio. 2 / 18
  • comedor escolar que abarca, entre otros, los siguientes conceptos subvencionables: · eligible
    Los gastos ocasionados por la contratación por parte de las asociaciones, federaciones o confederaciones de madres y padres del alumnado de pólizas de seguros vinculadas directamente a la prestación del servicio de comedor escolar. En ningún caso se subvencionarán los desayunos o meriendas que se ofrezcan en los servicios de comedor.
  • comedor escolar que abarca, entre otros, los siguientes conceptos subvencionables: · eligible
    Podrán acogerse a este orden todas las actuaciones descritas en el número anterior, siempre que se desenvolvieran durante el curso académico 2025/2026

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1. Este orden tiene por objeto establecer las bases y convocar, en régimen de concurrencia no competitiva, las ayudas económicas destinadas a las asociaciones, federaciones o confederaciones de madres y padres de alumnado legalmente constituidas, que gestionan los comedores escolares en los centros públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Consejería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional que imparten los niveles de enseñanza básica obligatoria y/o según ciclo de educación infantil (código de procedimiento ED601A).