ASSOCIACIÓ DE JUBILATS DE SANT SADURNÍ D`ANOIA

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANT SADURNÍ D'ANOIA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 5.500,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • - Actividades subvencionables Celebración de los 25 años Cumpleaños de la creación de la Asociación de Jubilados de Sant Sadurní 07/03 /2001. Edición del Libro: Compartimos Vivencias y recuerdos . Celebración de la fiesta y divulgación del libro.
  • - Plazo de ejecución Las actividades objeto de subvención tendrán que ser realizadas antes de que finalice el año de este acuerdo de concesión.
  • -Plazo y forma de justificación La entidad tendrá que justificar la realización de la actividad subvencionada antes del 31 de marzo del año siguiente al de la concesión de la misma. La justificación se realizará mediante la presentación de la cuenta justificativa con el trámite de justificación de subvenciones según el modelo que conste en la sede electrónica. Cuenta justificativa simplificada, en caso de subvenciones de importe inferior a 5.000€. En todo caso, con la presentación de la cuenta justificativa, se declara que los justificantes presentados para la justificación de la presente subvención solo han sido presentadas como gasto subvencionable al Ayuntamiento de Sant Sadurní d'Anoia, y no a jefa otra Administración Pública.
  • -Forma de pago. Se prevé el pago anticipado en concepto de anticipo 100,00% en el momento del otorgamiento dela subvención cuando la entidad no disponga de recursos suficientes para financiar
  • 1.-Se consideran gastos subvencionables aquellas que, de manera indudable, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, sean estrictamente necesarias, y se efectúen en el plazo establecido en las presentes bases. En ningún caso su coste podrá ser superior al valor de mercado. En cualquier caso, es de aplicación para los gastos subvencionables el artículo 34 de la Ordenanza.
  • 2.-La totalidad de las facturas tendrán que reunir los requisitos del artículo 6 y 7 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento por qué se regulan las obligaciones de facturación. La factura contendrá los requisitos del artículo 6 del citado reglamento, los cuales se citan
  • Nombre y apellidos, o denominación social completa, tanto del obligado a expedir factura como de los destinatarios de las obligaciones
  • Número de identificación fisca
  • Domicilio, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones.
  • Descripción de las operaciones, consignándose los datos necesarios para la determinación de la base imponible.
  • La fecha en que se ha efectuado las operaciones que se documentan.
  • La fecha que se han efectuado las operaciones si es diferente a la fecha de expedición
  • Número de identificación fiscal, así como el nombre y apellidos, razón o denominación social completa delobligado a su expedición
  • La identificación del tipo de bienes entregados o servicios prestados
  • 3.-De acuerdo con el artículo 31.2 de la Ley General de Subvenciones, se considera gasto realizado aquella que haya sido pagada con anterioridad a la finalización del periodo de justificación. El beneficiario debe de conservar los justificantes acreditativos del pago material al proveedor, que podrán ser requeridos por la Administración en caso de que no se hayan presentado. Como regla general, los pagos se realizarán por transferencias y medios electrónicos que permiten acreditar la realización efectiva del pago. Se consideran admisibles como
  • Transferencia o extractos bancarios
  • Con carácter excepcional y acreditado, se podrá aceptar como justificante el recibo de pago del proveedor o certificado emitido por el mismo. Estos documentos de justificantes de pago, tendrá que constar de forma exprés, la fecha del pago e identificación del proveedor.
  • -Receptores actividades subvencionables Estudiar la posibilidad de aumentar sus actividades y el número de personas a quienes van dirigidas .
  • - Medidas de difusión de la financiación pública. La entidad tendrá que hacer constar la colaboración y/o coorganitzación del Ayuntamiento en la ejecución del proyecto o de la actividad, en toda la documentación impresa y en carteles o medios electrónicos y audiovisuales, atendiendo al manual de identidad y en uso de la imagen oficial, según los criterios y materiales que se pueden consultar y descargar al webwww.santsadurni.cat/imatge corporativa
  • Hay que hacer constar en sus publicaciones y materiales gráficos y audiovisuales la

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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