ASSOCIACIÓ DE VEÃ?NS LA PRUA CAN BENET

Cultura

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANT SADURNÍ D'ANOIA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Asociaciones culturales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.500,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • - Actividades subvencionables Fiesta Mayor de Can Benet de la Prua 2026  Acto inaugural  Cenar popular  Jornada de actividad física y bienestar  Chocolatada  Juegos de agua infantiles  Rifa popular  Actuaciones musicales en directo  Misa solemne  Pasacalle de gigantes  Aperitivo popular  Bingo musical
  • Incrementar la participación de la población en las actividades comunitarias.
  • Favorecer la convivencia y la relación entre personas de diferentes edades y colectivos.
  • Potenciar la implicación del voluntariado y de las entidades locales en la organización de la Fiesta Mayor.
  • Ofrecer una programación cultural, lúdica y tradicional de calidad, accesible para toda la ciudadanía.
  • Contribuir a la dinamización social y económica del municipio durante los días de celebración, y contribuir a la dinamización de la vida cultural y comunitaria del pueblo. Como resultados esperados, se prevé una elevada participación en las actividades programadas, el refuerzo de los vínculos comunitarios, una mayor implicación del tejido asociativo y del voluntariado, la consolidación de la Fiesta Mayor como espacio de convivencia y participación ciudadana, y la promoción de las tradiciones locales, generando un impacto positivo en la vida social y cultural del municipio.
  • - Plazo de ejecución Las actividades objeto de subvención tendrán que ser realizadas antes de que finalice el año de este acorde de concesión.
  • -Plazo y forma de justificación La entidad tendrá que justificar la realización de la actividad subvencionada antes del 31 de marzo del año siguiente al de la concesión de la misma. La justificación se realizará mediante la presentación de la cuenta justificativa con el trámite de justificación de subvenciones según el modelo que conste en la sede electrónica. Cuenta justificativa simplificada, en caso de subvenciones de importe inferior a 5.000€. En todo caso, con la presentación de la cuenta justificativa, se declara que los justificantes presentados por ala justificación de la presente subvención solo han sido presentadas como gasto subvencionable al Ayuntamiento de Sant Sadurní d'Anoia, y no a jefa otra Administración Pública.
  • -Forma de pago. Se prevé el pago anticipado en concepto de anticipo 100,00% en el momento del otorgamiento de la subvención cuando la entidad no disponga de recursos suficientes para financiar transitoriamente la ejecución de la actividad subvencionada, quedando acreditado este extremo en la solicitud presentada.
  • 1.-Se consideran gastos subvencionables aquellas que, de manera indudable, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, sean estrictamente necesarias, y se efectúen en el plazo establecido en las presentes bases. En ningún caso su coste podrá ser superior al valor de mercado. En cualquier caso, es de aplicación para los gastos subvencionables el artículo 34 de la Ordenanza. Ajuntament de Sant Sadurní d'Anoia
  • 2.-La totalidad de las facturas tendrán que reunir los requisitos del artículo 6 y 7 del Real Decret 1619/2012, de 30 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento por qué se regulan las obligaciones de facturación. La factura contendrá los requisitos del artículo 6 del citado reglamento, los cuales se citan de forma
  • Nombre y apellidos, o denominación social completa, tanto del obligado a expedir factura como de los destinatarios de las obligaciones.
  • Número de identificación fiscal
  • Domicilio, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones.
  • Descripción de las operaciones, consignándose los datos necesarios para la determinación de la base imponible.
  • El tipo impositivo aplicado.
  • La fecha en que se ha efectuado las operaciones que se documentan. Será suficiente en la presentación de una factura simplificada en importes inferiores a los 400,00 € (IVA incluido), las cuales contendrán los requisitos del artículo 7 del Reglamento, que se citan de
  • La fecha que se han efectuado las operaciones si es diferente a la fecha de expedición
  • Número de identificación fiscal, así como el nombre y apellidos, razón o denominación social completa del obligado a su expedición.
  • La identificación del tipo de bienes entregados o servicios prestados

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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