Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • - Los/las perceptores/as de subvenciones concedidas por el Ayuntamiento, se obligan a ejecutar las actividades subvencionadas de conformidad con los principios de buena administración, buena fe y presunción de legalidad, así como su justificación.
  • - El/la beneficiario/a de una subvención está obligado a someterse a las actuaciones de comprobación y de control financiero que realice la Intervención General del Ayuntamiento, y a aportar toda la información que les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores y en relación a la subvención concedida.
  • - Los documentos, de cualquier tipo, justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, se deberán conservar por un periodo no inferior a 6 años, a contar desde la finalización del plazo de presentación de las justificaciones.
  • - Los/las beneficiarios/as deberán hacer constar la colaboración del Ayuntamiento en la ejecución del proyecto o de la actividad, en toda la documentación impresa y en carteles o medios electrónicos y audiovisuales.
  • - Los/las beneficiarios/as han de dar publicidad de las subvenciones y ayudas recibidas por medios electrónicos, en base a lo establecido en la Llei 19/2014, del 29 de desembre, de transparència, accés a la informació pública i bon govern y la Ley 9/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • - El incumplimiento de estas obligaciones originará las responsabilidades que en cada caso correspondan y podrá suponer la revocación, reducción o reintegro de la subvención concedida.
  • - Los/las beneficiarios/as deberán comunicar la petición y/o obtención de cualquier subvención pública concurrente que no se haya declarado en la solicitud.
  • - La subvención otorgada será compatible con cualquier otra concedida por otras administraciones o entes públicos o privados. Sin embargo, el importe total de las subvenciones recibidas para la misma finalidad no podrá superar el coste total del proyecto/actividad a desarrollar. Codi Validació: NLZF3X5RGTQ7J6QAH46FCHDL6 Verificació: https://canovelles.eadministracio.cat/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 6 de 8

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cultura