Aprobación de la convocatoria para la concesión de las ayudas individuales de transporte para personas con discapacidad y personas mayoras que queden fuera de las rutas de transporte adaptado organizadas por el CCS. Resarcimiento de gastos año 2025.

La subvención tiene por finalidad garantizar y favorecer la integración en el entorno de las personas que no puedan ser atendidas por las rutas de Transporte Adaptado del Consell Comarcal de la Selva para que puedan acceder a los servicios de atención especializada para personas con discapacidad y/o personas mayores con situación de dependencia con problemas de movilidad.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES512 - Girona. La gestiona CONSELL COMARCAL DE SELVA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Persona física mayor de 18 años empadronada y residente en una población de la comarca de la Selva.
  • Estar fuera de las rutas de transporte adaptado que tiene establecidas el Consell Comarcal de la Selva o de las rutas de los centros de asistencia. Excepcionalmente se considerará subvencionable en caso de que el solicitante haya hecho un gasto por este concepto, en el período que hubiera estado en lista de espera por una plaza a una de las rutas del transporte adaptado del Consell Comarcal de la Selva o bien del centro al que asiste y que dispone de este recurso. Si el centro de asistencia dispone del servicio de transporte adaptado no se considerará subvencionable el costo de este servicio.
  • Tener reconocida la condición de persona con discapacidad mediante el certificado que emite el InstitutCatalàd’AssistènciaiServeisSocials (ICASS). En caso de personas mayores si no disponen de esta certificación tendrán que acreditar que tienen el diagnóstico de demencia mediante un informe médico.
  • Tener reconocido el baremo de movilidad reducida o el baremo de acompañante. En el caso de personas mayores si no disponen de estos baremos tendrán que acreditar que tienen el diagnóstico de demencia mediante un informe médico.
  • Asistir de forma regular (fija) a un servicio social especializado de atención diurna de la red pública, de la Cartera de Servicios Sociales del Departament de Dretssocials. Estos requisitos deberán ser acreditados por los solicitantes en la siguiente forma: Presentación de la documentación que configura los ANEXOS de las bases de la convocatoria y que se adjuntan a la presente convocatoria.
  • ÓRGANO COMPETENTE PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO El órgano competente para la instrucción del expediente es el jefe del Departamento de Atención a las Personas. Éste solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, así como evaluar las solicitudes que se presenten dentro del plazo y en la forma adecuada, todo ello de conformidad con el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 14 de noviembre, General de Subvenciones. El órgano competente para resolver será la Presidencia del Consell Comarcal de la Selva.
  • PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo a esta convocatoria. Se dirigirán a la Presidencia del Consell Comarcal de la Selva, y se presentarán en el Registro de entrada presencial o telemático del Consell Comarcal de la Selva o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 30 días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
  • Deberán acompañarse a la solicitud los siguientes documentos:
  • Fotocopia del DNI de la persona beneficiaria y de todos los miembros de la unidad familiar de convivencia hasta 1º grado (padres, cónyuge e hijos).
  • Certificado de discapacidad de la Generalitat donde especifique el grado de disminución y el baremo de movilidad reducida o de acompañante.
  • Certificado médico en el que conste el diagnóstico de demencia, en caso de personas mayores.
  • Declaración de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar de convivencia hasta 1er grado (padres, cónyuge e hijos): declaración de la renta del último ejercicio. En caso de no tener la obligación de presentarla deberá adjuntarse: Certificado, justificante o declaración jurada de los ingresos y prestaciones económicas públicas o privadas y de retribuciones en dinero del ejercicio fiscal anterior a la convocatoria (certificado de pensiones, nóminas, prestaciones de dependencia, PUAD, por hijo a cargo, orfandad, etc, prestaciones por desempleo), etc
  • Certificado de rendimientos netos de las cuantías ingresadas (intereses bancarios) en entidades financieras del año correspondiente a la convocatoria.
  • Declaración jurada y/o justificante de gastos: coste de la vivienda (alquiler o hipoteca), IBI anual, gastos del recurso utilizado (coste del centro, comedor, transporte, servicios extraescolares, etc), gasto de recursos terapéuticos y de atención personal para atender a la discapacidad (fisioterapia o terapias ocupacionales, canguros y/o cuidadores, etc.).
  • Certificado de asistencia en el centro (modelo 2).
  • Declaración jurada de los gastos atribuibles en concepto de desplazamientos para llegar al centro (carburantes, desgaste vehículo, contratación de chóferes, etc.)
  • Tickets o abono de bus, tren, etc. Sólo para la opción A (Solicitudes individuales utilizando transportes públicos existentes) del modelo 1 de impreso de solicitud.
  • Declaración jurada del conductor/a del vehículo. Para la opción C, vehículos contratados o privados compartidos (modelo normalizado 3).
  • Modelo de domiciliación bancaria rellenado y sellado por la entidad bancaria.
  • REFORMULACIÓN DE LAS SOLICITUDES Cuando la subvención tenga por objeto el resarcimiento de gastos efectuados por el solicitante y el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior al que figura en la solicitud presentada, se podrá instar del beneficiario la reformulación de su solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable. Si la solicitud merece la conformidad del órgano colegiado, se remitirá con todo lo actuado al órgano competente para que dicte la resolución. Debe respetar, en cualquier caso, el objeto, condiciones y la finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos respecto de las solicitudes o peticiones.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La subvención tiene por finalidad garantizar y favorecer la integración en el entorno de las personas que no puedan ser atendidas por las rutas de Transporte Adaptado del Consell Comarcal de la Selva para que puedan acceder a los servicios de atención especializada para personas con discapacidad y/o personas mayores con situación de dependencia con problemas de movilidad.