Personas físicasES523 - Valencia / València

Resolución Nº1773 de 13/10/2026: Aprobación de la convocatoria 8/2026 ayudas económicas para estudios postobligatorios…

Título oficial: Resolución Nº1773 de 13/10/2026: Aprobación de la convocatoria 8/2026 ayudas económicas para estudios postobligatorios curso 26/27

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALGINET.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 15.000,00 €. Inicio: 02/11/2026. Plazo: Fin: 30/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 7 LGS, no requiere justificación adicional al cumplimiento de los requisitos que establece la propia convocatoria para obtener la condición de beneficiario.
  • Pago. Resolución Nº 1773 de 13/10/2026 "Aprobación de la convocatoria 8/2026 ayudas económicas para estudios postobligatorios curso 26/27"
  • 5 Con independencia de la modalidad de pago que se efectúe, deberá acreditarse en el expediente el cumplimiento de los requisitos establecidos en los arts. 34 y 35 de la LGS , es decir, que el beneficiario se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no sea deudor por resolución de procedencia de reintegro. Asimismo, el art. 9.4.b) LGS establece, entre los requisitos para el otorgamiento de las subvenciones, la “ existencia de crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión de la subvención”.
  • QUINTO.- CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA Considerando que la convocatoria debe incluir necesariamente el contenido establecido en el
  • Los requisitos que deben cumplir las personas beneficiarias son los siguientes:
  • Estar empadronado en el municipio de Alginet. El requisito de estar empadronado en Alginet deberá cumplirse en la fecha de presentación de solicitudes y tener una antigüedad mínima de 1 año a contar desde la fecha de publicación en el BOP de la presente convocatoria. La concejalía de Educación como órgano instructor, comprobará de oficio el empadronamiento a través del Padrón Municipal de Habitantes.
  • No tener más de 30 años en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
  • Estar matriculado en las enseñanzas indicadas en apartado III de esta convocatoria para las que no exista oferta formativa en la localidad y en régimen presencial.
  • No debe estar incursa en ninguna de las circunstancias que prohíben tener la condición de beneficiario, previstas en el párrafo 2º del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La forma de acreditar los requisitos de no hallarse incursas en cualquiera de las causas de prohibición de contratar con la Administración y de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, se podr á realizar mediante declaración responsable del solicitante, sin perjuicio de las facultades de comprobación de cumplimiento de los requisitos por los Servicios Municipales correspondientes.
  • Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con el Ayuntamiento de Alginet.
  • Estar al corriente en sus obligaciones frente a la Hacienda del Ayuntamiento de Alginet. Resolución Nº 1773 de 13/10/2026 "Aprobación de la convocatoria 8/2026 ayudas económicas para estudios postobligatorios curso 26/27"
  • Plazo y forma de presentación de la solicitud El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. La solicitud deberá ser presentada por el beneficiario (estudiante) a través. En el caso de ser menor de edad en el momento de presentar la solicitud, podrá presentarse por los progenitores, representantes o tutores legales, debiendo acreditar tal circunstancia.
  • Las solicitudes se presentarán:
  • Telemáticamente, mediante el trámite habilitado al efecto en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alginet (https://alginet.sede.dival.es/catalogoservicios.aspx) .
  • Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De acuerdo con el art. 66.6 de la LPACAP, la solicitud se ajustará obligatoriamente al modelo que se adjunta como Anexo I a las bases de la convocatoria. En el caso de optar por presentar la solicitud de manera telemática, el Anexo será sustituido por el documento generado al realizar el trámite especificado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alginet.
  • En el momento de realizar la solicitud, el solicitante deberá aportar:
  • La solicitud deberá ser cumplimentada en su totalidad, debiendo figurar el estudiante como interesado y firmante de la solicitud. No obstante, en caso de que el estudiante sea menor de edad, este figurará como interesado, pero la solicitud será firmada por la madre, padre o tutor, actuando como representante del menor.
  • Fotocopia del DNI/NIE del estudiante.
  • En el caso de ser el estudiante menor de edad:
  • fotocopia del DNI/NIE de la madre, padre o tutor

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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