Personas físicasEstudiantes y educaciónES523 - Valencia / València

Resolución Nº1830 de 22/10/2026: Aprobación convocatoria 7_2026_ayudas económicas comedor escolar curso 26/27

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALGINET.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 85.000,00 €. Inicio: 05/11/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Pago. Los beneficiarios de las ayudas reguladas en esta convocatoria recibirán las mismas mediante su deducción del coste mensual del servicio del comedor, abonándose estas por el Ayuntamiento directamente a los centros donde se hallen matriculado el alumnado. La diferencia entre esta cantidad y el importe total fijado por el centro escolar para el coste del servicio de comedor, deberá ser abonado por la familia. La propuesta de pago tendrá carácter a cuenta. Dichos abonos a cuenta supondrán la realización de pagos fraccionados que responderán al ritmo de ejecución de la acción subvencionada, abonándose por cuantía equivalente a la justificación presentada por los centro educativos, esto es, los listados mensuales de asistencia de los beneficiarios al comedor escolar, de acuerdo con lo establecido en el art. 34.4 LGS.
  • QUINTO.- CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA Considerando que la convocatoria debe incluir necesariamente el contenido establecido en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y deberá publicarse en la BDNS y un extracto de la misma en el diario oficial correspond iente, conforme al procedimiento establecido en el artículo 20.8 de la Ley mencionada.
  • Indicación de la disposición que establezca, en su caso, las bases reguladoras y del diario oficial en que está publicada, salvo que en atención a su especificidad éstas se incluyan en la propia convocatoria.
  • Créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y cuantía total máxima de las subvenciones convocadas dentro de los créditos disponibles o, en su defecto, cuantía estimada de las subvenciones.
  • Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención.
  • Expresión de que la concesión se efectúa mediante un régimen de concurrencia competitiva.
  • Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos.
  • Indicación de los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.
  • Plazo de presentación de solicitudes.
  • Plazo de resolución y notificación.
  • Documentos e informaciones que deben acompañarse a la petición.
  • En su caso, posibilidad de reformulación de solicitudes.
  • Indicación de si la resolución pone fin a la vía administrativa y, en caso contrario, órgano ante el que ha de interponerse recurso de alzada.
  • Criterios de valoración de las solicitudes.
  • Medio de notificación o publicación. Por todo ello, y exam inada la documentación que acompaña al expediente y de conformidad con lo establecido en el articulo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones, en ejer cicio de las atribuciones que me confiere el articulo 21 de la ley 7/1985 de 2 de abril de Bases de Régimen Local, y
  • Beneficiarios. A.1. Para poder solicitar ayudas de comedor, el alumnado tendrá que reunir al finalizar el plazo de presentación
  • Estar matriculado en un centro educativo debidamente autorizado de entre los indicados en el apartado anterior: centros educativos no universitarios situados en el término municipal de Alginet, públicos o concertados, con niveles de educación infantil y primaria, que dispongan del servicio de comedor escolar durante el curso 2026-2027.
  • Haber presentado la solicitud (anexo I) y la documentación requerida en la presente convocatoria, en los plazos establecidos.
  • No estar incurso en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. A.2. Estos requisitos tendrán que mantenerse a lo largo de todo el curso para el cual se solicita la ayuda. A.3. Las personas beneficiarias tendrán que comunicar, en su caso, la renuncia de manera permanente a la ayuda concedida, sin que puedan volver a beneficiarse de la misma durante el resto del curso 2026-2027. Resolución Nº 1830 de 22/10/2026 "Aprobación convocatoria 7_2026_ayudas económicas comedor escolar curso 26/27"
  • 7 A.4. Las personas beneficiarias tendrán que comunicar a la entidad concedente la obtención de subvenciones o becas para la misma finalidad, procedente de cualquier otra administración pública. A.5. La acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, del cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones y de no hallarse incurso en ninguna otra causa de prohibición para obtener la condición de beneficiario de las establecidas en el art. 13 LGS, podrá realizarse mediante declaración responsable del solicitante, sin perjuicio de las facultades de comprobación de cumplimiento de los requisitos por los Servicios Municipales correspondientes

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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