Aprobación del convenio de colaboración entre la Agrupación de Defensa Forestal de Roquetes (ADF) y el Ayuntamiento de · 2026

Título oficial: Aprobación del convenio de colaboración entre la Agrupación de Defensa Forestal de Roquetes (ADF) y el Ayuntamiento de Roquetes, para el ejercicio 2026

Defensa

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES514 - Tarragona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ROQUETES.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 2.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Justificar, ante el Ayuntamiento de Roquetes, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de las actividades y el cumplimiento de la finalidad que determinan la concesión de la subvención, en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del período establecido para la realización de la actividad, en los términos previstos en el artículo 30 de la Ley 38/2003, general de subvenciones, y Capítulo II, del Título II, del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley. La documentación que tendrán que presentar, para justificar la aplicación de la
  • Memoria detallada de la actividad concedida.
  • Liquidación económica de la actividad. Los gastos, por importe igual o superior al subvencionado, se acreditarán mediante facturas y otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Las facturas que
  • justifiquen el importe subvencionado deberán reunir los siguientes requisitos:
  • Ser originales o copia auténtica.
  • Con fecha del año en que se otorgue la subvención.
  • Ir obligatoriamente a nombre del beneficiario de la subvención.
  • Hacer referencia a gastos generados por la actividad objeto de la subvención.
  • Reunir los requisitos técnicos exigidos por las leyes y reglamentos que regulan las características de las facturas y su contenido (número, nombre Aquest document és una còpia autèntica del document electrònic original custodiat per Ajuntament de Roquetes. Podeu verificar la seva autenticitat a través del servei de validació de la Seu Electrònica de l'Ens amb el CVE ADF73531074847F8A41A455FB277CF8A i data d'emissió 06/11/2026 a les 12:10:39
  • Un ejemplar de la documentación y propaganda escrita y gráfica relativa a la actividad subvencionada, que contenga el anagrama del Ayuntamiento. Cuando la difusión se haya realizado a través de medios audiovisuales deberá hacerse constar en la memoria de la actividad. En las facturas y otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa se adjuntará la documentación acreditativa de su pago.
  • Si el importe del gasto subvencionable supera las cuantías establecidas en la Ley de contratos del sector público, deberá solicitar al menos tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la subvención. La elección entre las ofertas, que deberán aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de subvención, deberán realizarse de conformidad con criterios de eficiencia y economía, y deberán justificar expresamente la elección en una memoria cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. Las tres ofertas deberán provenir de empresas que no estén vinculadas a la persona beneficiaria y que no formen parte del mismo grupo de sociedades, de acuerdo con los supuestos que establece el artículo 42 del Código de comercio.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el Ayuntamiento, así como cualquier otro de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos competentes, aportando toda la información que le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores, de acuerdo con lo previsto en el Capítulo IV, del Título II, del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003.
  • Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, en los términos previstos en el
  • Acreditar encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Hacienda Municipal y la Seguridad Social, en el sentido de que se encuentra al corriente de pago, o que no está obligada a declarar. Aquest document és una còpia autèntica del document electrònic original custodiat per Ajuntament de Roquetes. Podeu verificar la seva autenticitat a través del servei de validació de la Seu Electrònica de l'Ens amb el CVE ADF73531074847F8A41A455FB277CF8A i data d'emissió 06/11/2026 a les 12:10:39
  • Disponer de los libros contables y otros documentos debidamente auditados, en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, mientras puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Reintegrar las cantidades percibidas y el interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención, hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro en los supuestos previstos por el artículo 37 de la Ley 38/2003, general de subvenciones y el Título III del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley antes citada.
  • Para aquellas actividades que puedan implicar el contacto habitual con menores de edad, deberán disponer de las certificaciones legalmente establecidas para acreditar que, las personas que se adscriban a la realización de las actividades subvencionadas, no han sido condenadas por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
  • Las demás establecidas en la normativa vigente en materia de subvenciones y, en especial, las contempladas en las Bases generales reguladoras para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Roquetes y en las Bases de ejecución del presupuesto municipal vigente. QUINTO. Obligaciones del Ayuntamiento de Roquetes
  • Hacer efectivo el pago del total de la subvención otorgada a la Agrupación de Defensa Forestal de Roquetes, en el momento en que el beneficiario acredite el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de las actividades y el cumplimiento de las finalidades objeto de la subvención otorgada, de acuerdo con el artículo 88.1 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 y 34.3 de esta ley.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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