Personas físicasES617 - Málaga

Aprobación bases reguladoras y convocatoria para la concesión de subvenciones para la obtención del carnet de conducir

Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de ayudas económicas destinadas a facilitar la obtención del permiso de conducir, de cualquier categoría, entre las personas empadronadas en el municipio de Humilladero, en cumplimiento de lo dispuesto en el Plan Estratégico de Subvenciones, incluido en las bases de ejecución del Presupuesto General del ejercicio 2025, prorrogado para el ejercicio 2026 , aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 31 de julio de 2025 y cuya aprobación definitiva fue publicada en el BOPMA nº 176, de fecha 16 de septiembre de 2025…

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES617 - Málaga. La gestiona AYUNTAMIENTO DE HUMILLADERO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 15.500,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar empadronadas y residir de forma efectiva en el municipio de Humilladero, con una antigüedad mínima de empadronamiento anterior al 1 de enero de 2025.
  • Tener entre 18 y 30 años de edad, a fecha de solicitud de la ayuda.
  • Haber obtenido el carnet de conducir en el ejercicio anterior o estar en curso de obtenerlo.
  • Haber efectuado gastos relacionados con la formación y obtención del permiso de conducir que sean susceptibles de ser subvencionados conforme a las presentes bases.
  • Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No haber sido beneficiaria con anterioridad de esta misma línea de ayudas, con independencia de que en una convocatoria anterior no hubiera superado el proceso de obtención del permiso de conducir. No podrán ser beneficiarias las personas jurídicas ni aquellas personas que no cumplan alguno de los requisitos establecidos en las presentes bases. La condición de beneficiario deberá mantenerse hasta el momento en que se dicte la correspondiente Hash: 45cb2abaf1868525362ca8cfd963147aba3e716707a6f00440eecb20317fc85829444a1086949bedafe1db5b4d0a77d595d0f7237d631ab77ac417e09f30d4b6 | PÁG. 2 DE 12
  • CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN Y GASTOS SUBVENCIONABLES La subvención tendrá una cuantía máxima individual de 400,00 euros por persona beneficiaria. Serán gastos subvencionables aquellos que estén directamente relacionados con la formación y obtención del permiso de conducir, siempre que hayan sido efectivamente realizados y abonados por la persona solicitante y queden debidamente acreditados.
  • Ayuntamiento de Humilladero Avda. Emigrante, 1, Humilladero. 29531 Málaga. Tfno. 952737023 sobrante en la aplicación presupuestaria 132-472, el remanente podrá distribuirse proporcionalmente entre las personas beneficiarias que dispongan de gastos subvencionables acreditados superiores a la cuantía inicialmente concedida, hasta agotar el crédito disponible, sin que la subvención total concedida a cada persona pueda superar el importe de los gastos subvencionables efectivamente acreditados.
  • PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y PLAZO Las solicitudes se presentarán conforme al modelo oficial disponible en el Anexo I y deberán ir acompañadas de la documentación requerida (ver base 6). El plazo para la presentación de solicitudes será de 30 días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la aprobación de las bases y convocatoria. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios electrónicos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  • Las solicitudes deberán ir acompañadas, como mínimo, de la siguiente documentación: Formulario de solicitud debidamente cumplimentado y firmado (Anexo I). V olante de empadronamiento actualizado. Copia del DNI, NIE o documento identificativo equivalente. Documentación acreditativa de estar al corriente de las obligaciones fiscales municipales, mediante certificado o autorización para su comprobación de oficio. Certificado del solicitante de estar al corriente con la Seguridad Social y certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias. Documentación acreditativa del solicitante de l os pagos realizados para la obtención del permiso de conducir en el ejercicio anterior o estar en curso de obtenerlo. Certificado de titularidad de cuenta bancaria, debiendo coincidir el titular de la cuenta con el solicitante de la subvención.
  • SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Ayuntamiento de Humilladero procederá a la Hash: 45cb2abaf1868525362ca8cfd963147aba3e716707a6f00440eecb20317fc85829444a1086949bedafe1db5b4d0a77d595d0f7237d631ab77ac417e09f30d4b6 | PÁG. 4 DE 12
  • PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE CONCESIÓN La concesión de las ayudas se realizará conforme al procedimiento de concurrencia no competitiva, atendiendo al cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases reguladoras. El único criterio objetivo para la concesión de la ayuda será que el solicitante cumpla con todos los requisitos personales, residenciales y administrativos adjuntos exigidos en la convocatoria, además de haber efectuado los pagos. No se valorarán méritos ni se establecerán baremos, ya que todas las personas solicitantes que cumplan con los requisitos establecidos tendrán derecho a la ayuda, hasta el límite del crédito disponible. En caso de que el número de solicitudes que cumplan los requisitos supere el crédito disponible, se procederá al reparto proporcional del importe total entre todas las personas beneficiarias, conforme a lo indicado en la base correspondiente a la cuantía.
  • INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN El procedimiento será instruido por el Ayuntamiento de Humilladero , a tales efectos se constituirá una comisión designada, que se encargará de la evaluación y comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases. Durante la instrucción, la Comisión compuesta por técnicos del Ayuntamiento, podrá recabar los informes que considere oportunos para resolver, así como realizar de oficio cuantas comprobaciones estime necesarias sobre los datos y documentación aportados por las personas solicitantes. Una vez instruido el procedimiento, dicha Comisión Técnica formulará una propuesta de resolución, que será Hash: 45cb2abaf1868525362ca8cfd963147aba3e716707a6f00440eecb20317fc85829444a1086949bedafe1db5b4d0a77d595d0f7237d631ab77ac417e09f30d4b6 | PÁG. 5 DE 12
  • PAGO Y JUSTIFICACIÓN El abono de las ayudas se realizará en un único pago por importe del 100% de la subvención concedida, tras la Resolución de la Alcaldía de concesión de la ayuda. Dado que los gastos subvencionables deberán haber sido previamente realizados y acreditados por la persona solicitante, la documentación aportada junto con la solicitud tendrá carácter justificativo de la aplicación de la ayuda a la finalidad prevista. El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta cuya titularidad haya sido acreditada por la persona beneficiaria. En ningún caso el importe abonado podrá superar los gastos efectivamente acreditados ni la cuantía máxima de 400,00 euros por beneficiario.
  • ALTERACIÓN DE CONDICIONES Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión. Las personas beneficiarias estarán obligadas a comunicar al Ayuntamiento cualquier circunstancia que pueda afectar al cumplimiento de las condiciones que dieron lugar a la concesión. Hash: 45cb2abaf1868525362ca8cfd963147aba3e716707a6f00440eecb20317fc85829444a1086949bedafe1db5b4d0a77d595d0f7237d631ab77ac417e09f30d4b6 | PÁG. 6 DE 12
  • COMPATIBILIDAD E INCOMPATIBILIDADES La percepción de esta subvención será compatible con otras ayudas, becas o subvenciones destinadas a la misma finalidad, siempre que no se produzca una situación de sobrefinanciación de los gastos subvencionables. A tal efecto, la persona solicitante deberá declarar responsablemente que no ha percibido otras ayudas destinadas a financiar los mismos gastos para los que solicita esta subvención, sin perjuicio de su obligación de comunicar al Ayuntamiento la obtención de cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso para dicha finalidad.
  • MEDIDAS DE GARANTÍA, PAGOS ANTICIPADOS Y REGISTROS CONTABLES Dado el carácter de esta ayuda, no se exigirán garantías a las personas beneficiarias para el cobro de la subvención. La ayuda se abonará mediante pago único, por lo que no se contemplan pagos anticipados ni abonos a cuenta. Las personas beneficiarias no estarán obligadas a llevar libros o registros contables específicos, sin perjuicio de la obligación general de conservar la documentación justificativa durante el plazo legalmente establecido, a efectos de posibles comprobaciones por parte del Ayuntamiento u otros órganos de control.
  • INSPECCIÓN Y CONTROL El Ayuntamiento de Humilladero, podrá realizar las inspecciones y comprobaciones que estime oportunas en relación a la ayuda, debiendo aportar el/la beneficiario/a cuanta información complementaria se le solicite. Las personas beneficiarias estarán obligadas a colaborar con el Ayuntamiento y a aportar cuanta información y documentación complementaria les sea requerida. La negativa a colaborar o la falta de aportación de la documentación requerida podrá dar lugar a las consecuencias previstas en la normativa de subvenciones. Hash: 45cb2abaf1868525362ca8cfd963147aba3e716707a6f00440eecb20317fc85829444a1086949bedafe1db5b4d0a77d595d0f7237d631ab77ac417e09f30d4b6 | PÁG. 7 DE 12
  • REINTEGRO Procederá el reintegro total o parcial de la ayuda percibida, junto con los intereses legales correspondientes,

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de ayudas económicas destinadas a facilitar la obtención del permiso de conducir, de cualquier categoría, entre las personas empadronadas en el municipio de Humilladero, en cumplimiento de lo dispuesto en el Plan Estratégico de Subvenciones, incluido en las bases de ejecución del Presupuesto General del ejercicio 2025, prorrogado para el ejercicio 2026 , aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 31 de julio de 2025 y cuya aprobación definitiva fue publicada en el BOPMA nº 176, de fecha 16 de septiembre de 2025. La finalidad de la subvención es colaborar económicamente para sufragar parcial o totalmente los gastos derivados de la formación y obtención del carn et de conducir, contribuyendo a mejorar la empleabilidad y movilidad de los beneficiarios. Esta ayuda tendrá carácter único y no podrá ser concedida más de una vez a la misma persona, aun cuando no se haya superado el proceso de obtención del carn et tras una convocatoria anterior.