Personas físicasES617 - Málaga

Aprobación bases reguladoras y convocatoria de ayudas a matriculados en la etapa de educación infantil (3-5 años)

El objeto de estas bases es establecer el procedimiento para la concesión de ayudas económicas directas por parte del Ayuntamiento de Humilladero, dirigidas a familias con hijos e hijas matriculados en el segundo ciclo de Educación Infantil (3 a 5 años) en el centro educativo del municipio, CEIP Nuestra Sra…

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES617 - Málaga. La gestiona AYUNTAMIENTO DE HUMILLADERO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 5.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los representantes legales de los alumnos y alumnas matriculados en
  • Tanto la persona representante legal solicitante como el menor deberán encontrarse empadronados y residir efectivamente en el municipio de Humilladero con anterioridad al 1 de enero de 2025, debiendo mantenerse dicha situación durante el periodo que resulte exigible conforme a las presentes bases.
  • El menor deberá estar matriculado durante el curso académico 2026 -2027 en el CEIP Nuestra Sra. del Rosario de Humilladero, cursando el segundo ciclo de Educación Infantil correspondiente a las edades de 3 a 5 años.
  • La persona solicitante deberá hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Hash: e1984bce854009213fa8134d15bf133d5a7e0d649adf6c7b3c4f25b886d8660c739605520849288f64d1530575047329f5b4f4794078f395fb3f1d56a1b6c15f | PÁG. 3 DE 13
  • La persona solicitante deberá hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El cumplimiento de las obligaciones municipales, tributarias y frente a la Seguridad Social podrá acreditarse mediante la aportación de los correspondientes certificados o mediante autorización expresa para que el Ayuntamiento pueda realizar las comprobaciones de oficio que resulten procedentes. Los requisitos exigidos deberán cumplirse en el momento de presentación de la solicitud y mantenerse, cuando por su naturaleza resulte exigible, hasta el momento de dictarse la resolución de concesión.
  • Modelo normalizado de solicitud (Anexo I).
  • Copia del DNI/NIE de la persona representante legal solicitante.
  • Copia del DNI/NIE del menor, cuando disponga del mismo.
  • Copia del Libro de Familia o documento oficial equivalente que permita acreditar la relación de parentesco o representación legal.
  • Documento acreditativo de la matrícula del menor en el CEIP Nuestra Sra. del Rosario de Humilladero durante el curso académico 2026-2027.
  • V olante de empadronamiento de convivencia.
  • Facturas, tickets o documentos de valor probatorio equivalente que acrediten los gastos realizados en material escolar y de uso educativo, toallitas y otros productos necesarios para la asistencia al centro, actividades extraescolares, terapias o servicios de apoyo educativo, pedagógico o al desarrollo infantil, incluida la adquisición de materiales necesarios para la realización de dichas terapias, cuando se aporten junto con la solicitud.
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Humilladero, o autorización expresa para su comprobación de oficio.
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Hash: e1984bce854009213fa8134d15bf133d5a7e0d649adf6c7b3c4f25b886d8660c739605520849288f64d1530575047329f5b4f4794078f395fb3f1d56a1b6c15f | PÁG. 4 DE 13
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
  • Certificado de titularidad de cuenta bancaria a nombre de la persona solicitante.
  • PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y PLAZOS Las solicitudes de ayuda serán formuladas conforme a los modelos que figuran en el Anexo 1 de la presente Convocatoria y se presentarán por Registro físico del Ayuntamiento, o bien a través de la Sede electrónica. Las solicitudes deberán acompañarse de la documentación que se indica en el apartado 5 de la s presentes bases. El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días naturales a partir del día siguiente de la publicación de la aprobación de las bases y la convocatoria en el BOP de Málaga y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento físico y electrónico.
  • SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Ayuntamiento de Humilladero procederá a la revisión de la documentación aportada por las personas solicitantes. Si la solicitud no se acompañase de la documentación requerida, o la presentada adoleciera de algún defecto, el Ayuntamiento de Humilladero requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.
  • CRITERIOS DE CONCESIÓN DE LAS AYUDAS La concesión de las ayudas se realizará conforme al procedimiento de concurrencia no competitiva, atendiendo exclusivamente al cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases reguladoras y en la correspondiente convocatoria. El único criterio objetivo para la concesión de la ayuda será que el solicitante cumpla con todos los requisitos personales, académicos, residenciales y administrativos exigidos en la convocatoria. No se valorarán méritos ni se establecerán baremos, ya que todas las personas solicitantes que cumplan con Hash: e1984bce854009213fa8134d15bf133d5a7e0d649adf6c7b3c4f25b886d8660c739605520849288f64d1530575047329f5b4f4794078f395fb3f1d56a1b6c15f | PÁG. 5 DE 13
  • Ayuntamiento de Humilladero Avda. Emigrante, 1, Humilladero. 29531 Málaga. Tfno. 952737023 los requisitos establecidos tendrán derecho a la ayuda, hasta el límite del crédito disponible. En caso de que el crédito disponible no resulte suficiente para atender íntegramente todas las solicitudes que cumplan los requisitos, se procederá al prorrateo proporcional del crédito disponible entre todas las personas beneficiarias, conforme a lo establecido en la base tercera. Asimismo, si, una vez atendidas todas las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en ambas convocatorias, existiera crédito sobrante, dicho remanente podrá distribuirse proporcionalmente entre las personas beneficiarias, pudiendo superarse excepcionalmente el importe máximo individual inicialmente previsto, de conformidad con lo establecido en la base tercera y siempre que no se supere el importe de los gastos subvencionables efectivamente acreditados ni el crédito total disponible.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de estas bases es establecer el procedimiento para la concesión de ayudas económicas directas por parte del Ayuntamiento de Humilladero, dirigidas a familias con hijos e hijas matriculados en el segundo ciclo de Educación Infantil (3 a 5 años) en el centro educativo del municipio, CEIP Nuestra Sra. del Rosario, durante el curso académico 2026 -2027, en cumplimiento de lo dispuesto en el Plan Estratégico de Subvenciones, incluido en las bases de ejecución del Presupuesto General del ejercicio 2025, prorrogado para el ejercicio 2026, aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 31 de julio de 2025 y cuya aprobación definitiva fue publicada en el BOPMA nº 176, de fecha 16 de septiembre de 2025. Estas ayudas buscan favorecer la escolarización temprana, apoyar a las familias en el esfuerzo económico que supone esta etapa no obligatoria, fomentar la conciliación de la vida familiar y laboral, y reforzar el compromiso del Ayuntamiento con la igualdad de oportunidades, el arraigo local y el bienestar de la infancia. Asimismo, tienen por finalidad contribuir a sufragar determinados gastos vinculados a la escolarización y atención educativa de los menores, incluyendo material escolar y de uso educativo, productos necesarios para su asistencia al centro, clases extraescolares y servicios o terapias de carácter educativo, pedagógico o de apoyo al desarrollo infantil.