Personas jurídicasES213 - Bizkaia

APOYO ASOCIACIóN LA CRUZ DE ORO

nominativamente en el Presupuesto Municipal 2026 concedida directamente por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Villa de Bilbao de fecha 17 de junio , a la Asociación de personas adictas en rehabilitación “La Cruz de Oro” “La Cruz de Oro” de Bilbao para el desarrollo del Programa Grupos de Ayuda Mutua G.A.M. de las personas enfermas de las personas adictas y sus familiares , conforme a los contenidos incluidos en el citado Programa (Anexo I) y en el presupuesto de ejecución (Anexo II), disponiendo en consecuencia, los compromisos, condiciones, derechos y obligaciones de las partes suscriptoras del mismo.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES213 - Bizkaia. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BILBAO.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Esta memoria se entregará antes del 1 de febrero de 2027, el resto de la cuenta justificativa (puntos b y c) se entregará antes del 28 de febrero 2027.
  • El balance de gastos e ingresos correspondiente a la ejecución del programa, conforme al modelo facilitado por el Ayuntamiento.
  • La documentación original justificativa que acredite los gastos efectuados dentro del plazo previsto para la ejecución del programa, distinguiéndos e a estos
  • efectos:  Los costes directamente relacionados con la ejecución del programa, que deberán quedar justificados en su totalidad, mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente. En este convenio todos los gastos se considerarán directos por la propia esencia del programa, mirar documento explicativo de las partidas de gasto del anexo II.  Los documentos que soporten la justificación de gastos incluirán, en todo
  • caso, los siguientes datos: o La identificación de la persona beneficiaria. o La descripción del objeto del gasto, que deberá estar directamente relacionado con la ejecución del programa. o Asimismo, los documentos que soporten la justificación se circunscribirán únicamente al programa que justifican. Con carácter excepcional, en supuestos de actividades llevadas a cabo ocasionalmente por personas que no ostenten la condición de empresarias o profesionales, se podrá admitir la presentación de documentos en los que figure el recibí del importe de la prestación convenida, junto con copia del documento identificativo (DNI, NIE o pasaporte) de la persona perceptora, a los que se acompañará necesariamente, cuando su importe sea superior a 200€, el documento acreditativo de la realización del abono en la cuenta bancaria de la persona perceptora.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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nominativamente en el Presupuesto Municipal 2026 concedida directamente por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Villa de Bilbao de fecha 17 de junio , a la Asociación de personas adictas en rehabilitación “La Cruz de Oro” “La Cruz de Oro” de Bilbao para el desarrollo del Programa Grupos de Ayuda Mutua G.A.M. de las personas enfermas de las personas adictas y sus familiares , conforme a los contenidos incluidos en el citado Programa (Anexo I) y en el presupuesto de ejecución (Anexo II), disponiendo en consecuencia, los compromisos, condiciones, derechos y obligaciones de las partes suscriptoras del mismo.