Aportación a la Fundación Centro de investigación en agrotecnologia-*Agrotecnio, para la financiación del proyecto Construcción y puesta en marcha del centro de edición genómica de cereales" para el periodo 2026-2028

Investigación, desarrollo e innovación

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona DEPARTAMENT DE RECERCA I UNIVERSITATS.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • justification
    Que un auditor, registrado como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC) dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), realice la revisión de la cuenta justificativa, sujeto a las normas de acción del Contralor General de la Generalitat de Catalunya.
  • justification
    El informe del auditor debe ir acompañado de una cuenta de apoyo que contenga: b.1. Un informe explicativo sobre el cumplimiento del propósito de la acción, actividad o proyecto subvencionado, indicando las actividades realizadas y los resultados obtenidos. b.2. Un informe económico abreviado que, al menos, debe contener una declaración detallada de los gastos de las actividades subvencionadas, debidamente agrupada por conceptos y de acuerdo con el presupuesto aceptado. b.3. Debe presentarse un acuerdo del presupuesto aceptado, detallando los ingresos y gastos del proyecto subvencionado, indicando y, cuando corresponda, motivando desviaciones respecto al presupuesto inicial.
  • justification
    6/8 b.4. Cuando corresponda, una lista detallada de los demás ingresos o subvenciones que financian la actividad subvencionada, indicando la cantidad y su origen. Cuando los ingresos de gastos se atribúen parcialmente a otras subvenciones, debe indicarse la cantidad exacta o porcentaje atribuido a cada una, identificando los organismos correspondientes. b.5. El informe del auditor también indicará las comprobaciones realizadas, destacando todos aquellos hechos que puedan implicar un incumplimiento por parte del beneficiario, con un nivel de detalle que permite al organismo gestor sacar conclusiones. b.6. El informe del auditor también detallará los procedimientos de revisión y su alcance.
  • justification
    Documentación que demuestra que se ha dado una adecuada publicidad al carácter público de la financiación en toda esa inversión o material escrito resultante de la acción subvencionada, que consta del apoyo de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con el
  • justification
    En los casos en que el beneficiario esté obligado a auditar sus cuentas anuales, la revisión de la cuenta de apoyo debe ser realizada por el propio auditor.
  • justification
    El beneficiario está obligado a conservar y poner a disposición del auditor de cuentas todos los libros, registros y documentos necesarios para justificar las subvenciones. Esta misma obligación se aplica a las acciones de verificación y control previstas en las normativas aplicables. A petición de la Administración, debe estar disponible la documentación original que justifique la concesión de la subvención (facturas y/o otra documentación de respaldo), así como la prueba de pago de los gastos imputados.
  • justification
    Dado que el importe supera los 10.000,00 euros y el beneficiario es una persona jurídica, se tiene la obligación de comunicar responsablemente la información relativa a la remuneración de los órganos de gestión o administrativos, con el fin de hacerla públ ica, conforme al artículo 15.2 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, sobre transparencia, acceso a la información pública y buena gobernanza.
  • justification
    La aprobación de esta ley implica la autorización de las unidades administrativas para la contabilidad de la retirada de crédito a favor de la entidad en el sistema contable corporativo GECAT y la autorización para el reconocimiento del reconocimiento de l as obligaciones económicas derivadas. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación de la resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien, recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la ley 29/1998, de 13 de julio, regu ladora de la jurisdicción contencioso - administrativa. La consejera de Investigación y Universidades
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, llevar a cabo la actividad o adoptar el comportamiento en el que se concede la subvención, y acreditarla al Departamento de Investigación y Universidades en la forma y dentro del plazo establecidos en los puntos 6 y 8 de la Resolución de la resolución de adjudicación directa que regula la justificación de las subvenciones.
  • Justificar ante el órgano otorgante el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión o el disfrute de la subvención, mediante la modalidad de la cuenta justificativa mediante la presentación de un informe auditor, conforme a la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones, y el resto de las normativas legales vigentes en el momento de la justificación. Si la subvención consiste en un porcentaje del coste de la actividad o inversión, el coste total correspondiente debe ser acreditado, sin perjuicio de otros medios de verificación establecidos por la resolución de adjudicación directa. En cualquier caso, es necesario justificar todo el gasto incurrido en relación con el propósito general o parc ial, en este último caso, siempre que pueda realizarse en fases o sea susceptible a un uso o tratamiento diferenciado.
  • Conserva los recibos originales y electrónicos, así como el resto de la documentación relacionada con la subvención otorgada, por un periodo mínimo de cinco años.
  • Auditar debidamente los libros contables, los registros completados y otros documentos en los términos exigidos por la legislación comercial y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como aquellos estados contables y documentos específicos re queridos por la resolución de concesión directa de las subvenciones, con el fin de garantizar el adecuado ejercicio de los poderes de verificación y control.
  • Proponer al órgano competente cualquier cambio que, conforme a la normativa vigente, pueda producirse en el destino de la subvención, sin modificar su propósito. Cualquier cambio debe ser notificado previamente y por escrito al organismo investigador, ante s de finalizar el periodo de ejecución, que debe evaluar la modificación propuesta y puede aceptarla, siempre que no conlleve cambios sustanciales ni constituya una violación de los requisitos y condiciones establecidos en esta resolución de adjudicación directa. Los cambios que no se hayan comunicado o que no hayan sido aceptados pueden resultar en el reembolso total o parcial de la subvención.
  • Someterse a las acciones de verificación que corresponden al Departamento de Investigación y Universidades, y a las de control de la actividad económica y financiera que correspondan al Contralor General de la Generalitat de Catalunya, a la Cámara u otros órganos competentes, tanto nacionales como comunitarios, y proporcionar toda la información que se les requiera en el ejercicio de dichas acciones.
  • Notificar al organismo que concede la subvención de otras subvenciones solicitadas o concedidas para el mismo fin, ayuda, ingresos o recursos que pertenezcan a la misma actividad que es objeto de la subvención, y cualquier otra alteración producida en las ya comunicadas, para que se pueda evaluar su compatibilidad. Esta comunicación debe realizarse tan pronto como se conozca y, en cualquier caso, antes de que se justifique la solicitud para los fondos recibidos.
  • Proceder al reembolso de los fondos recibidos en caso de revocación de la subvención según los términos indicados en la resolución correspondiente.
  • Dar una adecuada publicidad sobre la naturaleza pública de la financiación en toda esa inversión o material escrito resultante de la acción subvencionada, y manifestar el apoyo de la Generalitat de
  • Cumple con cualquier otra obligación legal o regulatoria que pueda afectarles.
  • SUBVENCIONES O AYUDAS DEBEN ADAPTAR SU ACTIVIDAD, Y LOS EFECTOS DE CUALQUIER
  • Los beneficiarios de ayudas públicas deben adoptar una conducta éticamente ejemplar, abstenerse de llevar, promover, proponer o promover cualquier tipo de práctica corrupta e informar a los órganos competentes de cualquier manifestación de dichas prácticas que, en su opinión, esté presente o pueda afectar al procedimiento. En particular, se abstendrán de llevar a cabo cualquier acción que pueda violar los principios de igualdad de oportunidades y libre competencia.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Investigación, desarrollo e innovación