Ajudas individuales de desplazamiento para el curso 2026/2027

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES514 - Tarragona. La gestiona CONSELL COMARCAL DE PRIORAT.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Alumnos con municipio de origen La Bisbal de Montsant, y destino escuela Montsant de Margalef, importe máximo de la ayuda 1.000,00 euros/curso.
  • 1. Denegación: Podrán ser denegadas aquellas solicitudes en las que, pueda concurrir
  • La falta de todos o algunos de los requisitos necesarios para su concesión.
  • Dificultar la labor técnica de valoración de la solicitud recibida.
  • Que no exista crédito suficiente por la atención de la solicitud.
  • El falseamiento u ocultación de cualquiera de los datos declarados por los solicitantes podrá dar lugar a la denegación de la ayuda solicitada, incluido cuando la persona solicitante reúna los requisitos para la concesión. La resolución de la denegación deberá ser motivada y será resuelta por la Junta de Gobierno del Consejo.
  • 2. Modificación. Cuando varíen las circunstancias que motivaron la solicitud de la ayuda, desde el Consejo Comarcal, se podrá modificar la ayuda a propuesta del propio interesado o de oficio, dentro de los límites establecidos en las presentes bases. En las modificaciones de oficio se dará, en todo caso, audiencia a la persona interesada
  • 3. Suspensión cautelar de las ayudas: Previa a la revocación de la ayuda concedida, con independencia de que se haya iniciado o no un procedimiento de revocación o reintegro, bien de oficio oa instancia de parte se podrá proceder, a la suspensión cautelar del pago de la prestación cuando se hubiesen detectado en una unidad de convivencia indicios de una situación la misma. La suspensión de la prestación podrá ser motivada por la pérdida temporal o por el incumplimiento de algunos de los requisitos de la misma o de las obligaciones de la persona beneficiaria recogidas en estas bases. La suspensión se mantendrá mientras persistan las circunstancias que hubieran dado lugar a la misma y por un período continuado máximo de 3 meses transcurrido el cual se procederá a la revocación de la ayuda.
  • 4 Revocación: Procederá la revocación de las prestaciones por el órgano competente y previa audiencia a la persona interesada, por alguna de las siguientes causas:
  • Cuando la persona beneficiaria incumpla, todas o algunas, de las obligaciones adquiridas con la aceptación de la ayuda.
  • Falsear, ocultar o mostrar obstrucción a las actuaciones de comprobación emprendidas por parte del personal del Consejo Comarcal, aun reuniendo a la persona solicitante los requisitos para la concesión.
  • Desaparición de todas o algunas de las circunstancias que dieron lugar a la suya
  • Por ser beneficiario simultáneamente de otra prestación con la misma finalidad, es decir, que tenga la misma naturaleza y atienda a las mismas necesidades, sin que tal circunstancia haya sido comunicada al Consejo Comarcal.
  • La reiteración de las causas que motivaron la suspensión temporal de la prestación, de conformidad con lo que se establece en el apartado correspondiente de estas bases.
  • Otras causas de carácter grave imputables al beneficiario no contempladas en los apartados anteriores.
  • Podrà sol·licitar l’ajut individual de desplaçament escolar l’alumnat que reuneixi els requisits següents:
  • 1. Denegació: Podran ser denegades aquelles sol·licituds en els que, pugui concórrer
  • alguna de les circumstàncies següents: La falta de tots o alguns dels requisits necessaris per a la seva concessió. Dificultar la labor tècnica de valoració de la sol·licitud rebuda. Que no existeixi crèdit suficient per l’atenció de la sol·licitud. El falsejament o ocultació de qualsevol de les dades declarades per les persones sol·licitants podrà donar lloc a la denegació de l’ajuda sol·licitada, inclòs quan la persona sol·licitant reuneixi els requisits per la concessió. La resolució de la denegació haurà de ser motivada i serà resolta per la Junta de Govern del Consell.
  • 2. Modificació. Quan variïn les circumstàncies que motivaren la sol·licitud de l’ajut, des del Consell Comarcal, es podrà modificar l’ajut a proposta del propi interessat o d’ofici, dins els límits establerts en les presents bases. En les modificacions d’ofici es donarà, en tot cas, audiència a la persona interessada
  • 3. Suspensió cautelar dels ajuts: Prèvia a la revocació de l’ajuda concedida, amb independència que s’hagi iniciat o no un procediment de revocació o reintegrament, bé d’ofici o a instància de part es podrà procedir, a la suspensió cautelar del pagament de la prestació quan s’haguessin detectat en una unitat de convivència indicis d’una situació que impliqui la pèrdua d’algun dels requisits exigits per al reconeixement o manteniment de la mateixa. La suspensió de la prestació podrà ser motivada per la pèrdua temporal o per l’incompliment d’alguns dels requisits de la mateixa o de les obligacions de la persona beneficiària recollides en aquestes bases. La suspensió es mantindrà mentre persisteixin les circumstàncies que haguessin donat lloc a la mateixa i per un període continuat màxim de 3 mesos transcorregut el qual es procedirà a la revocació de l’ajut.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Educación