Agua, Ganadería y Pesca, por la que se convocan las ayudas al emprendimiento en el sector primario de mujeres residente…

Título oficial: RESOLUCIÓN de la Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, por la que se convocan las ayudas al emprendimiento en el sector primario de mujeres residentes en municipios rurales de la Comunitat Valenciana

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca, Mujeres e igualdad. Su ámbito territorial es ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA. La gestiona SECRETARÍA AUTONÓMICA DE AGRICULTURA, AGUA, GANADERÍA Y PESCA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca, Mujeres e igualdad.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 200.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Acreditación, cuando proceda, de la identidad del representante legal. Cuando la representación sea ejercida por una persona jurídica, deberá aportarse en caso de no autorizar su consulta por el órgano gestor del procedimiento. Cuando la representación sea ejercida por una persona física, deberá aportarse en caso de oponerse a su consulta por el órgano gestor del procedimiento.
  • Plan de consolidación conforme al modelo normalizado disponible en la sede electrónica de la Generalitat, referido al periodo comprendido entre la fecha de establecimiento efectivo en la actividad agraria o acuícola y la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
  • Hoja de autobaremación conforme al modelo normalizado disponible en la sede electrónica de la Generalitat, acompañada de la documentación acreditativa de los criterios de valoración alegados.
  • Acreditación de la situación de alta en el régimen de Hacienda y, en su caso, de la Seguridad Social que corresponda, así como de la fecha de establecimiento efectivo en la actividad agraria o acuícola, mediante certificado de situación censal o, en su defecto, alta censal en el epígrafe correspondiente, y documento acreditativo del alta en el régimen de Seguridad Social aplicable, en caso de no autorizar u oponerse a su consulta. Cuando la fecha de establecimiento efectivo no resulte acreditada mediante dicha documentación o mediante las consultas realizadas por el órgano gestor, deberá aportarse alguno de los siguientes
  • Acreditación de la inscripción de la explotación en el registro oficial correspondiente: Registro de Explotaciones Agrarias de la Comunitat Valenciana, Registro de Explotaciones Ganaderas o Registro de Establecimientos de Acuicultura, según proceda, en caso de oponerse a su consulta por el órgano gestor del procedimiento. Cuando proceda, la información básica de la explotación deberá ser concordante con la existente en el Sistema de Información de Explotaciones Agrarias (SIEX), pudiendo el órgano gestor comprobar dicha circunstancia salvo oposición de la persona interesada.
  • Acreditación de la titularidad de la explotación agraria o acuícola, únicamente cuando dicha titularidad no resulte comprobable mediante la inscripción de la explotación en el registro oficial correspondiente. En tal caso, podrá acreditarse mediante docume ntación registral, título de propiedad, contrato de arrendamiento, cesión u otro título válido en Derecho.
  • Acreditación de que la actividad agraria o acuícola se desarrolla mayoritariamente en el Ámbito Rural Valenciano, mediante declaración responsable incluida en el modelo normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica de la Generalitat, en la que se haga constar que, al menos, el 60 % de la superficie de la explotación, o bien de sus ingresos en el caso de explotaciones ganaderas o CSV:3AE9LIJD:6GGGLTGP:CMJ35URM URL de validación:https://www.tramita.gva.es/csv-front/index.faces?cadena=3AE9LIJD:6GGGLTGP:CMJ35URM
  • 6 acuícolas, se sitúa o se genera en municipios incluidos en dicho ámbito. Sin perjuicio de lo anterior, cuando dicha circunstancia no pueda ser comprobada por el órgano gestor mediante la inscripción de la explotación en el registro oficial correspondiente o a través de los datos obrantes en el Sistema de Información de Explotaciones Agrarias (SIEX), podrá requerirse a la persona solicitante la documentación acreditativa que resulte necesaria, incluida documentación registral, gráfica, SIGPAC, catastral, técnico-económica, contable, fiscal o cualquier otra válida en Derecho.
  • Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, y con la Seguridad Social, en caso de no autorizar u oponerse a su consulta por el órgano gestor del procedimiento.
  • Acreditación del cumplimiento, a la fecha de presentación de la solicitud, de los requisitos de renta y dedicación para ser considerada empresaria agraria o acuícola no pluriactiva, conforme a lo previsto en el artículo 3 de la Orden 10/2026, mediante declaración responsable incluida en el modelo normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica de la Generalitat, acompañada
  • de: 1º Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) correspondiente al último ejercicio fiscal disponible, en caso de no autorizar su consulta por el órgano gestor del procedimiento. 2º Documentación fiscal, contable, registral o técnico -económica de la explotación que permita identificar los ingresos procedentes directamente de la actividad agraria o acuícola desarrollada en la explotación, cuando dicho extremo no resulte comprobable mediante consulta administrativa. En el caso de personas jurídicas, dicha documentación deberá referirse a la mujer o al conjunto de mujeres que ejerzan el control efectivo de la entidad.
  • Acreditación del compromiso de mantenimiento de la actividad agraria o acuícola, así como de las condiciones y requisitos, durante un plazo mínimo de 6 meses contado desde la fecha de presentación de la solicitud, mediante declaración responsable conforme al modelo normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica de la Generalitat.
  • Declaración responsable sobre todas las ayudas sujetas a un reglamento de minimis recibidas durante los 3 años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, conforme al modelo normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica de la Generalitat.
  • Declaración responsable relativa a otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos solicitados o concedidos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, conforme al modelo normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica de la Generalitat.
  • Declaración responsable de no estar incursa la persona solicitante en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; de no ser deudora de la Generalitat por CSV:3AE9LIJD:6GGGLTGP:CMJ35URM URL de validación:https://www.tramita.gva.es/csv-front/index.faces?cadena=3AE9LIJD:6GGGLTGP:CMJ35URM
  • 7 reintegro de subvenciones; de cumplir con los requisitos exigidos en la normativa reguladora; de disponer de la documentación que así lo acredita; y de comprometerse a mantener su cumplimiento durante el tiempo inherente al ejercicio del derecho de cobro de la subvención, conforme al modelo normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica de la Generalitat.
  • Acreditación de la identidad de la persona solicitante, en caso de oponerse a su consulta por el órgano gestor del procedimiento.
  • Acreditación de la residencia de la persona solicitante en un municipio incluido en el Ámbito Rural Valenciano, en caso de oponerse a su consulta por el órgano gestor del procedimiento.
  • En el supuesto de titularidad compartida, acreditación de la inscripción de la explotación en el Registro de Explotaciones Agrarias de Titularidad Compartida de la Comunitat Valenciana, en caso de oponerse a su consulta por el órgano gestor del procedimiento.
  • Acreditación de la identidad fiscal de la persona solicitante, en caso de no autorizar su consulta por el órgano gestor del procedimiento.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Agricultura, Pesca y Alimentación