AGUA, GANADERÍA Y PESCA POR LA QUE SE CONCEDE UNA SUBVENCIÓN A FAVOR DE INTERCITRUS ACTIVIDADES TENDENTES A VERTEBRAR E · 2026

Título oficial: RESOLUCIÓN DEL CONSELLER DE AGRICULTURA, AGUA, GANADERÍA Y PESCA POR LA QUE SE CONCEDE UNA SUBVENCIÓN A FAVOR DE INTERCITRUS ACTIVIDADES TENDENTES A VERTEBRAR EL SECTOR DE LA NARANJA Y MANDARINA EN EL EJERCICIO 2026.

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA. La gestiona SECRETARÍA AUTONÓMICA DE AGRICULTURA, AGUA, GANADERÍA Y PESCA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 110.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1. Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, firmada electrónicamente.
  • 2. Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, firmada
  • Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago.
  • Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y la documentación acreditativa del pago. La acreditación de los gastos también podrá efectuarse mediante facturas electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario. Asimismo, deberá incorporarse una certificación de la persona responsable de la gestión de la entidad beneficiaria, que acredite que los gastos que reflejan las facturas han hecho posible la labor de difusión e información descrita, y que estas, no han sido utilizadas para justificar otras subvenciones.
  • Relación detallada de otras ayudas solicitadas u obtenidas para la misma actividad o proyecto, con expresión en su caso, de los compromisos asumidos por el solicitante, indicación del importe y procedencia, o en su caso declaración de no haber recibido ninguna. CSV:T3KLD1XP:M77I6JLH:JGY66U6S URL de validación:https://www.tramita.gva.es/csv-front/index.faces?cadena=T3KLD1XP:M77I6JLH:JGY66U6S
  • En su caso, los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba de haber solicitado la entidad beneficiaria.
  • En el caso de que Intercitrus no deduzca total o parcialmente las cuotas soportadas del Impuesto sobre el Valor Añadido (IV A), deberá presentar una declaración responsable, mediante la cual notificará no tener derecho a practicar deducciones, totales o parciales, por las referidas cuo tas de
  • Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 171.1, segundo párrafo, de la ley 1/2015 de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones y el artículo
  • 5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la entidad beneficiaria deberá presentar, en el supuesto que no se hubiera autorizado a la Conselleria para recabarlos, los siguientes
  • Certificados expedidos por los órganos competentes que acrediten el cumplimiento de las obligaciones fiscales y ante la seguridad social, por parte de la entidad beneficiaria.
  • Declaración responsable del cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones en caso, de que se le hubiesen exigido.
  • Las aportaciones documentales que Intercitrus deba efectuar a la Administración, se realizarán
  • El órgano gestor del procedimiento deberá estar autorizado por la persona interesada para poder consultar los datos de estar al corriente de los pagos con la Agencia Tributaria, estatal y autonómica, y los datos de identidad fiscal ante la Agencia Estat al de la Administración Tributaria. En caso contrario, la persona interesada deberá aportar los documentos acreditativos correspondientes. CSV:T3KLD1XP:M77I6JLH:JGY66U6S URL de validación:https://www.tramita.gva.es/csv-front/index.faces?cadena=T3KLD1XP:M77I6JLH:JGY66U6S
  • El órgano gestor del procedimiento tiene potestad para consultar los datos de estar al corriente con la Tesorería de la Seguridad Social. No obstante, si la persona interesada desea oponerse a ello, es imprescindible que indique la información concreta a cuya consulta se opone y los motivos que lo justifican. Si se opone queda obligada a aportar los documentos acreditativos correspondientes.
  • El órgano gestor podrá verificar la exactitud de los datos declarados por la persona interesada, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, en el artículo 4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Décimo. Minoración, anulación y reintegro de subvenciones
  • Se reducirá proporcionalmente el importe máximo de la subvención en caso de que la justificación de los gastos realizados no alcance la cuantía otorgada, así como cuando habiéndose subvencionado una parte del coste total de la actividad, no se justifiqu e el importe total del gasto que supone el desarrollo de la actividad.
  • En virtud de lo dispuesto en el artículo 89 del Reglamento de la LGS, la presentación extemporánea de la justificación dará lugar a la incoación de un procedimiento para declarar la procedencia de la pérdida del derecho de cobro de la subvención, establecido en el artículo 42 de la LGS. En todo caso se garantizará el derecho de la audiencia de la entidad interesada.
  • Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera Servicio de Estructuras Agrarias y Cooperativismo C/ Democracia, 77· 46018 València CA9O – Edificio B Planta 2 dcha seac_agriculturab@gva.es www.gva.es 10 así como un aumento de su eficacia, mejorando todos los procesos que intervienen en la cadena agroalimentaria. Decimosegundo. Transparencia, suministro de información y datos abiertos. En cumplimiento de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana y del artículo 18 de la Ley General de Subvenciones, Intercitrus deberá cumplir
  • Intercitrus deberá cumplir las obligaciones de publicidad activa recogidas en el capítulo II del título
  • Perciba durante el periodo de un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Son actuaciones subvencionables las siguientes: · eligible
    La realización de campañas de promoción y publicidad por INTERCITRUS, cuyos objetivos
  • Son actuaciones subvencionables las siguientes: · eligible
    Incrementar el consumo de zumo de naranja natural o 100% exprimido.
  • Son actuaciones subvencionables las siguientes: · eligible
    Recordar al consumidor que el zumo 100% exprimido es una opción saludable y diferenciada frente a otras bebidas sustitutivas.
  • Son actuaciones subvencionables las siguientes: · eligible
    Poner en valor los beneficios nutricionales del zumo (vitaminas, minerales y otros micronutrientes).
  • Son actuaciones subvencionables las siguientes: · eligible
    Desmentir algunos de los mitos más extendidos sobre el producto.
  • Son actuaciones subvencionables las siguientes: · eligible
    Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera Servicio de Estructuras Agrarias y Cooperativismo C/ Democracia, 77· 46018 València CA9O – Edificio B Planta 2 dcha seac_agriculturab@gva.es www.gva.es 4 recuerdo y afinidad hacia el zumo de naranja mediante una canción pegadiza y fácil de recordar. La campaña estará dirigida al conjunto de la población, con especial atención al segmento de edad comprendido entre los 18 y los 45 años, que están especialmente expuestos a la desinformación en entornos digitales, representan el público que marcará el consumo futuro de la categorí a y conectan especialmente bien con códigos creativos basados en música, humor y contenidos viralizables. Cuarto. Gastos subvencionables.
  • Serán gastos subvencionables los gastos realizados entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de noviembre de 2026 siempre que · eligible
    Material, comunicaciones, trabajos realizados por otras empresas, vinculados directamente al
  • Serán gastos subvencionables los gastos realizados entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de noviembre de 2026 siempre que · eligible
    Material de oficina: gastos ordinarios de material de oficina no inventariable.
  • Serán gastos subvencionables los gastos realizados entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de noviembre de 2026 siempre que · eligible
    Comunicaciones: gastos por servicios telefónicos.
  • Serán gastos subvencionables los gastos realizados entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de noviembre de 2026 siempre que · eligible
    Trabajos realizados por otras empresas: gastos de asesoramiento a INTERCITRUS relacionados con el objeto subvencionable.
  • Serán gastos subvencionables los gastos realizados entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de noviembre de 2026 siempre que · eligible
    Gastos de suministros y servicios exteriores vinculados directamente a las acciones de promoción y publicidad, incluyendo los derivados de la elaboración del Plan de Medios (elección de medios, de soportes y de formatos para optimizar la inversión publicitaria), planificación de campaña (cobertura y presión), contratación de medios, adaptación creativa, diseño, ejecución, coordinación y seguimiento de la campaña. Con respecto a los gastos de subcontratación, se entiende que existe subcontratación cuando la entidad beneficiaria de la subvención concierta con terceras personas la ejecución total o parcial de las actividades que constituyen objeto de la subvención. La entidad beneficiaria podrá subcontratar en su totalidad la actividad objeto de subvención, con los requisitos y prohibiciones establecidos en el

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Agricultura, Pesca y Alimentación