Acuerdo de Pleno nº 179/26 de 25/9/26 por el que se aprueba convocatoria de subvenciones a ayuntamientos de menos de 20 · 2026

Título oficial: Acuerdo de Pleno nº 179/26 de 25/9/26 por el que se aprueba convocatoria de subvenciones a ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes y eellmm de la provincia de Valladolid para la adquisición de desfibriladores externos semiautomático, 2026

Se convoca una subvención para la adquisición necesaria para el uso por personal no sanitario de desfibriladores externos semiautomáticos (DESA) para el año 202 6 por Ayuntamientos con menos de 20.000 habitantes y Entidades Locales Menores de la provincia de Valladolid, a instalar de forma permanente, visible y accesible en lugares públicos de máxima afluencia.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES418 - Valladolid. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 30.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán obtener las ayudas que se gestionan a través de la presente convocatoria los Ayuntamientos con menos de 20.000 habitantes y Entidades Locales Menores de la provincia de Valladolid.
  • De conformidad con lo previsto en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, quienes deseen participar en esta convocatoria deberán cumplimentar y presentar electrónicamente el modelo oficial de
  • Área de Servicios Sociales e Igualdad de Oportunidades 4 Una vez presentada la solicitud, los interesados pueden consultar en su “área personal” de la Sede electrónica, accediendo con su certificado o DNI electrónico https://www.sede.diputaciondevalladolid.es/tgauth/login?redirect=%2Fov%2Fcarpeta-ciudadana el expediente de su solicitud que estará indicado en el resguardo de presentación. Desde el expediente de la solicitud es posible presentar alegaciones desde el primer momento, si considera que debe aclarar o añadir cualquier documento. Si se diera la circunstancia de haber omitido o haber presentado alguna información o documentación qu e después necesite aclarar o corregir no presente una nueva solicitud de participación, utilice el trámite “ alegaciones” que está disponible en el expediente electrónico de la Sede.
  • Realizar la adquisición que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Realizar la formación necesaria para su uso por parte de personal no sanitario.
  • Para su instalación, los DESA han de estar registrados en la Junta de Castilla y León señalando su ubicación y el personal no sanitario que cuente con la formación necesaria para hacer uso del bien.
  • Los DESA han de contar con marcado CE conforme a las normas europeas y se deben ubicar en establecimientos públicos de máxima afluencia, visibles, accesibles, bien indicados mediante señalización y protegidos de los elementos, incorporando el logotipo de la Diputación.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que efectúe la Diputación Provincial.
  • Comunicar a la Diputación Provincial la obtención de otras subvenciones o ayudas que financien la adquisición y formación subvencionada.
  • Justificar ante la Diputación de Valladolid la aplicación de los fondos percibidos y proceder a su reintegro en los supuestos previstos en el art. 37 de la LGS. Además, los beneficiarios de subvenciones para la adquisición de los DESA deberán cumplir con lo dispuesto en la normativa vigente sobre la materia, tanto estatal como autonómica (Decreto 9/2008, de 31 de enero, de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, que regula el uso de los desfibriladores externos semiautomáticos por personal no sanitario y Real Decreto 365/2009, de 20 de marzo, del Ministerio de Sanidad y Consumo, por el que se establecen las condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de desfibriladores semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario).
  • Deberá presentarse la siguiente documentación:
  • Declaración responsable suscrita por la persona que ostente la Alcaldía (o Alcaldía Pedánea) de la Entidad, a través de la cual manifieste el compromiso de cumplir con los requisitos establecidos en la normativa reguladora del uso de los DESA por personal no sanitario, conforme al modelo previsto en el Anexo II. Undécima. - Plazo de presentación El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el B.O.P. de Valladolid. Duodécima. - Subsanación de solicitudes De acuerdo con lo previsto en el art. 23.5 de la LGS, en relación con el art. 68 de la LPACAP, el personal técnico competente del Área de Servicios Sociales e Igualdad de Oportunidades comprobará las solicitudes, datos y documentación presentada, requirien do a las Entidades interesadas, en su caso, para que en el plazo de 10 días hábiles se subsanen los defectos o se acompañen los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos en su solicitud, previa resolución dictada a tal efecto. Decimotercera. - Criterios de valoración
  • - Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de las ayudas, se
  • No disponer de ningún dispositivo registrado en el Registro relativo al uso de DESA por personal no sanitario de Castilla y León: 30 puntos.
  • Criterio población de la Entidad Local . H asta un máximo de 10 puntos de acuerdo a la
  • Hasta 150 habitantes: 2,5 puntos.
  • De 151 a 500 habitantes: 5 puntos.
  • De 501 a 1.000 habitantes: 6 puntos.
  • De 1.001 a 2.000 habitantes: 7 puntos
  • De 2.001 a 5000 habitantes: 8 puntos

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Se convoca una subvención para la adquisición necesaria para el uso por personal no sanitario de desfibriladores externos semiautomáticos (DESA) para el año 202 6 por Ayuntamientos con menos de 20.000 habitantes y Entidades Locales Menores de la provincia de Valladolid, a instalar de forma permanente, visible y accesible en lugares públicos de máxima afluencia.