Personas jurídicasES418 - Valladolid

Acuerdo nº 97/26 de 29 de mayo de 2026 por el que se aprueba definitivamente el Plan Bienal de Cooperación 2026-2027, (Subvenciones Diputación-Ayuntamientos)

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES418 - Valladolid. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    Aceptación de la obra definitivamente aprobada y asignada a la entidad beneficiaria.
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    Compromiso de consignación en sus presupuestos de la aportación económica que les corresponda.
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    La concreta forma de su ejecución con las siguientes posibilidades: contratación por la entidad beneficiaria, realización de las obras por administración o contratación por la Diputación de Valladolid.
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    Aprobación definitiva del proyecto de obras acreditando la realización y el resultado del trámite de exposición pública previsto en la cláusula 11.2.
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    La clasificación urbanística del suelo.
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    La plena disponibilidad de los terrenos necesarios para la ejecución de la obra, bien por ser las entidades beneficiarias titulares de estos, o bien por contar con la cesión de los mismos por tiempo suficiente para acreditar la amortización de la obra.
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    Disposición de todos los informes previos, permisos, licencias o autorizaciones exigidos por la normativa aplicable o, en su caso, innecesaridad de los mismos. 3º. Proyecto técnico de obras que se presentará en todo caso por medios electrónicos a través del trámite que a tal efecto estará disponible en la Sede electrónica de la Diputación de Valladolid https://www.sede.diputaciondevalladolid.es/tramites-disponibles
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    2 CONTENIDO, APROBACIÓN Y FINANCIACIÓN DE LOS PROYECTOS. Corresponde en todo caso a las entidades beneficiarias la redacción y aprobación de los proyectos de obras, cualquiera que sea la forma de gestión, con arreglo a las siguientes
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    Cumplimiento del artículo 99 de la LCSP en cuanto a la división del objeto del contrato en lotes, de forma que, si procediera la división en lotes, el proyecto deberá contener las previsiones mínimas necesarias para la realización independiente de cada una de sus partes; de igual forma, si existen motivos válidos que justifiquen la no división en lot es del objeto del contrato, deberán establecerse en documento independiente formando parte del propio proyecto.
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    Deberá especificarse en todo caso la propuesta de clasificación del contratista (tanto en los proyectos en los que resulte obligatoria como en los que no lo sea, en cuyo caso, servirá como alternativa para la acreditación de la solvencia técnica).
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    Deberá especificarse el código CPV conforme al Reglamento 213/2008 relativo al Vocabulario Común de contratos públicos.
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    De conformidad con lo establecido en el artículo 4 del RD 1000/2010, de 5 de agosto, sobre las excepciones al visado colegial obligatorio, se exime del visado colegial, siempre que el proyecto venga acompañado de declaración responsable del redactor acreditativa de su identidad y habilitación profesional, acompañada de copia del seguro de responsabilidad civil profesional en vigor.
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    A los efectos de dar cumplimiento al artículo 100.2 de la LCSP, el presupuesto de ejecución material deberá desglosar los costes directos e indirectos (con justificación de los porcentajes aplicados). Igualmente se exigirá el desglose de los costes salariales estimados a partir del convenio laboral de referencia.
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    De conformidad con lo establecido en el artículo 131 del RCSP , el presupuesto de ejecución material deberá incrementarse un 13% en concepto de gastos generales y un 6% en concepto de beneficio industrial, añadiendo el tipo de IVA vigente.
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    El proyecto incluirá una partida independiente de honorarios de dirección de obra y de coordinación en materia de seguridad y salud durante la ejecución de esta que, con carácter general, será del 6% del presupuesto de ejecución material (aplicándose el tipo de IVA vigente)
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    APROBACIÓN Corresponde a las entidades beneficiarias aprobar definitivamente los proyectos de obras, previo trámite de exposición pública por un plazo no inferior a VEINTE (20) DÍAS HÁBILES, mediante la inserción de anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Va lladolid y en el Tablón de Edictos de la Corporación, debiendo acreditar ante la Diputación el resultado de dicho trámite, con ocasión de la remisión del correspondiente acuerdo de aprobación del proyecto.
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    FINANCIACIÓN DE LOS HONORARIOS DE REDACCION DE PROYECTOS Las entidades beneficiarias podrán solicitar a la Diputación de Valladolid una ayuda económica para hacer frente a los honorarios de redacción de los proyectos que hayan satisfecho al
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    La entidad beneficiaria, una vez aprobado definitivamente el proyecto, podrá solicitar esta ayuda económica presentando la factura de los honorarios de redacción y acreditando el reconocimiento de la correspondiente obligación, si bien el abono de esta ayuda económica no se producirá hasta que la Diputación haya asumido la aprobación del proyecto. A estos efectos, el plazo máximo para solicitar la ayuda y presentar la factura debidamente aprobada será de TRES (3) meses a contar desde la constancia por la entidad beneficiaria de esta asunción de la aprobación del proyecto por la Diputación.
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    El importe de la ayuda será del 50% de dichos honorarios para los municipios de población superior a 500 habitantes y del 65% en los de población igual o inferior a 500 habitantes, elevándose al 70% en ambos casos para los proyectos de vertido y depuración de aguas residuales.
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    Si en el momento de solicitar la ayuda económica no se hubiera justificado el abono de la factura presentada, las entidades beneficiarias disponen de un plazo máximo de DOS (2) meses a contar desde el pago de la subvención por parte de la Diputación para justificar el abono de la totalidad de la minuta de honorarios al redactor del proyecto, mediante la presentación de cuenta justificativa simplificada o justificante de transferencia bancaria.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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