Acuerdo nº 114/26 de la Junta de Gº de 26/06/26 por el que se aprueba convocatoria de ayudas a mujeres provincia Valladolid menos 20.000 hb.para obtención permiso conducir, 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Mujeres e igualdad. Su ámbito territorial es ES418 - Valladolid. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Tener una edad comprendida entre 37 y los 63 años.
  • Estar empadronadas y con residencia efectiva en un municipio de la provinci a de Valladolid con menos de 20.000 habitantes con anterioridad al 1 de enero 2026.
  • Que, los ingresos anuales de la unidad familiar o de convivencia no superen la cantidad de 16.800 euros (cuantía equivalente a 2 veces el IPREM anual de 2023). Este umbral se incrementará de la siguiente manera por cada miembro adicional, con el
  • 20% por el primer miembro: 20.160 euros.
  • 10% por el segundo: 22.680 euros.
  • 5% por el tercero y siguientes: 23.940 euros. Para la determinación de los ingresos anuales se tendrán en cuenta tanto las declaraciones sobre los mismos aportadas por la solicitante como los certificados de los Organismos competentes que obtenga el Servicio de Familia e Igualdad de la Diputación de Valladolid, previa autorización de la solicitante.
  • Estar matriculada en una Autoescuela en el momento de presentar la solicitud de esta ayuda.
  • Cumplir los siguientes requisitos, según el tipo de permiso de conducir: a. Tipo B TAXI: permiso de conducir de clase B y más de 18 años. b. Tipo C: permiso de conducir de clase B y 21 años. c. Tipo D: permiso de conducir de clase B y 24 años. No podrán solicitar la ayuda más de una mujer de la misma unidad familiar. A estos efectos se entiende por unidad familiar la formada por la solicitante y su cónyuge o pareja de hecho y/o los familiares por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive que convivan en el mismo domicilio.
  • Situación laboral: o Mujeres que necesiten el coche para el desempeño de puestos de trabajo por cuenta ajena: 8 puntos. o Mujeres trabajadoras por cuenta propia que precisen vehículo para tareas relacionadas con su trabajo: 8 puntos. o Mujeres que presenten un informe emitido por los servicios sociales y/o entidades reconocidas por la Administración en el que se dé cuenta de la trayectoria, actividades, tutorías vinculadas a la mejora de su empleabilidad y búsqueda activa de empleo, así como ser receptoras de servicios relacionados con la orientación laboral y para los cuales se precise desplazamiento y necesidad de autonomía en el transporte: 5 puntos. o Mujeres que necesiten carné de conducir para la realización de actividades formativas, actualización y reciclaje formativo orientado a un empleo: 3 puntos.
  • Situación familiar: o Hogar monoparental con hijos/as menores de edad a su cargo: 3 puntos. o Unidad familiar con algún miembro con grado de discapacidad igual o superior al 33% o tener reconocida situación de dependencia con un baremo de valoración de dependencia (BVD) superior a 50 puntos, o padecer enfermedad crónica reconocida, siempre y cuando esas personas tengan la necesidad de ser trasladadas: 3 puntos.
  • Situación personal: o Mujeres que, cumpliendo los requisitos establecidos en la Base 4ª de la convocatoria, acrediten ser víctimas de violencia de género a través de alguno de los medios indicados en la Base 10ª de la convocatoria: 5 puntos.
  • Mujeres cuyo tramo de edad esté comprendido entre los 37 años y los 50 años: 6 puntos.
  • Mujeres cuyo tramo de edad esté comprendido entre los 51 años y los 63 años: 4 puntos.
  • Renta per cápita menor de 0.5 veces el IPREM: 6 puntos.
  • Renta per cápita entre 0.5 y 1 veces IPREM: 5 puntos.
  • Renta per cápita entre más de 1 y 1.5 veces IPREM: 4 puntos.
  • Renta per cápita entre más de 1.5 y 2 veces IPREM: 3 puntos.
  • Renta per cápita entre más de 2 y 3 veces IPREM: 2 puntos.
  • DÉCIMA. - SOLICITUDES. Las solicitudes se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Valladolid, Servicio de Familia e Igualdad, DIR3 LA0037199 conforme al modelo que se incluye como Anexo I, y se presentarán preferentemente a través del Registro Ele ctrónico de la Diputación Provincial o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC). Los modelos de solicitud podrán recogerse en el Área de Servicios Sociales e Igualdad de Oportunidades de la Diputación Provincial de Valladolid (Avenida Ramón y Cajal nº 5). También podrán obtenerse en la página web de la Diputación (https://subvenciones.diputaciondevalladolid.es/convocatorias-subvenciones).
  • A las solicitudes (Anexo I) deberá acompañarse la siguiente documentación:

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Servicios Sociales y Promoción Social