Acuerdo Junta Gobierno Local del Ayuntamiento de Almería, de 19 de junio de 2026 de concesión de subvención a la Asociación Latino Almeriense para ejecución del proyecto X Foro Municipal por la Paz y los Derechos Humanos. Vínculo Humano Animal.

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES611 - Almería. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    Anexo I y Memoria del Proyecto “X FORO MUNICIPAL POR LA PAZ Y LOS DERECHOS
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    Anexo III, Declaración responsable, en la que declara, entre otros extremos, que la entidad cumple los requisitos necesarios para acceder a la subvención, y no se encuentra en ninguna de las prohibiciones señaladas en los números 2 y 3 del art. 13 de la Ley General de Subvenciones y demás normativa de aplicación.
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    Certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria; la Seguridad Social y la Agencia Tributaria de Andalucía.
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    Documento contable de Retención de Crédito de fecha 10/06/2026 y número de operación 220260023165, emitido por la Unidad de Contabilidad.
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    Certificado de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con el Excmo. Ayuntamiento de Almería, de fecha 10/06/2026.
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    Informe de estar inscrito en el Registro de Entidades Ciudadanas del Excmo Ayuntamiento de Almería, de fecha 10/06/2026.
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    Certificado del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 06/04/2026, donde se aprueba la cuenta justificativa correspondiente a la subvención concedida en 2025 a dicha entidad. QUINTO.- La subvención se encuentra incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Almería 2025-2027, que fue aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno Local el 24/01/2025 y actualizado por acuerdo de JGL en fecha 15/05/2026. SEXTO.- El beneficiario cumple con los requisitos necesarios para acceder a la subvención solicitada, y no se encuentra en ninguna de las prohibiciones señaladas en los números 2 y 3 del artículo 13 de la LGS y demás normativa de aplicación, según los datos que obran en el expediente. Por todo ello, visto el informe favorable emitido por el Director de Alcaldía, Planificación y Proyectos Europeos y previa fiscalización por la Intervención Municipal, se eleva a La Junta
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    Denominación del Proyecto: “X FORO MUNICIPAL POR LA PAZ Y LOS DERECHOS
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    Importe del proyecto: OCHO MIL TRESCIENTOS EUROS (8.300,00€).
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    Importe de la subvención: OCHO MIL EUROS (8.000,00€).
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    Importe a justificar: OCHO MIL TRESCIENTOS EUROS (8.300,00€).
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    Aplicación presupuestaria: A100 924.01 489.00 ASOC. LATINO ALMERIENSE FORO POR LA PAZ. CIF.G04809232. del Presupuesto Municipal para 2026.
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    Plazo de ejecución: De marzo a noviembre de 2026. Se tendrán en cuenta los gastos para justificar la subvención emitidos en el año natural de la concesión, con independencia de la fecha concreta en la que se realice la actividad.
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    Subcontratación: No se contempla la subcontratación.
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    El porcentaje de los gastos de inversión de carácter no inventariable queda fijado en un 10% del importe del proyecto, hasta un máximo de 300,00 €.
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    Los importes máximos para los gastos de manutención y alojamiento son los correspondientes a Grupo A, establecido en el RD 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, es decir, 53,34 €/día en el caso de la manutención y 102,56 € en el caso del alojamiento.
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    Se recomienda al beneficiario llevar una contabilidad separada del programa o actividad subvencionada, bien mediante cuentas específicas dentro de su contabilidad oficial, bien mediante libros registro abiertos al efecto.
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    La subvención concedida será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados, nacionales o de la Unión Europea o de Organismos Internacionales. Es obligación del beneficiario comunicar la obtención de estos ingresos. No obstante, y en todo caso, el importe de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Almería o sus Organismos autónomos más otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos no podrá ser superior al coste del presupuesto de la actividad aprobado por la Administración.
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    Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos, puede suponer la modificación de la resolución de concesión. SEGUNDO.- Autorizar y disponer el gasto a favor de la ASOCIACIÓN LATINOALMERIENSE, con NIF G04809232, por importe de OCHO MIL EUROS (8.000 €), con cargo a la aplicación presupuestaria A100 924.01 489.00 ASOC. LATINO ALMERIENSE FORO POR LA PAZ. CIF.G04809232, del Presupuesto Municipal para 2026, una vez practicada la retención
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    TERCERO.- Una vez aprobadas las fases de Autorización y Disposición del gasto, proceder al Reconocimiento de la obligación por la Concejal Delegada del Área de Economía, Innovación y Contratación, en virtud del Decreto de la Alcaldesa nº 2023002266, de 19/06/2023, a favor de la ASOCIACIÓN LATINOALMERIENSE, con NIF G04809232, por importe de OCHO MIL EUROS (8.000 €), con cargo a la aplicación presupuestaria A100 924.01 489.00 ASOC. LATINO ALMERIENSE FORO POR LA PAZ. CIF.G04809232, del Presupuesto Municipal para 2026. Del pago anticipado del 100% de la concesión, 8.000,00 euros, se retendrá un importe del 10% en concepto de garantía, 800,00 €, que serán abonados una vez se apruebe la justificación de la subvención, resultando un pago anticipado por importe de 7.200,00 euros. CUARTO.- La presente subvención se concede en el ejercicio de la competencia propia que ostenta el Ayuntamiento de Almería, de conformidad con lo establecido en los apartados 1 y 2 del

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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