Personas jurídicasES23 - LA RIOJA

Acuerdo Junta de Gobierno Local de 28 de octubre de 2026 que aprueba el convenio entre el Excmo. Ayuntamiento de Logroñ…

Título oficial: Acuerdo Junta de Gobierno Local de 28 de octubre de 2026 que aprueba el convenio entre el Excmo. Ayuntamiento de Logroño y el obispado de la diócesis de Calahorra-Lacalzada-Logroño. Restauración de la iglesia parroquial de Santa Margarita en el Cortijo

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES23 - LA RIOJA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE LOGROÑO.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 40.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Justificación de la actuación proyectada.
  • Estado actual del edificio, con enumeraci ón detallada de los da ños y sus posibles causas, con ubicación clara en el edificio.
  • Soluciones propuestas y t écnica a emplear en todos y cada uno de los da ños descritos, con expresión, si es preciso, del proceso de actuación a seguir.
  • Anexo fotográfico en color del edificio en general, y muy especialmente de todos y cada uno de los daños, de modo que se localice su emplazamiento y detalle de estos, para que pueda comprobarse su alcance y corrección de la solución propuesta.
  • Presupuesto de actuación, en el que se detallen: o Estado de mediciones detallado. No se admitir án partidas alzadas, salvo casos debidamente justificados. O Presupuesto obtenido por aplicaci ón de los diferentes precios a las mediciones de todas y cada una de sus partidas. O Solicitud de licencia municipal o Documento acreditativo de la Aprobaci ón de las actuaciones en la Iglesia de Santa Margarita en el Cortijo por el Consejo Superior del Patrimonio Cultural, Hist órico y Artístico de La Rioja.
  • TERCERA.­ FINANCIACIÓN El Excmo. Ayuntamiento de Logroño aporta a la financiación del convenio la cantidad de cuarenta mil euros (40.000,00 €), con destino a las actuaciones referidas en la cl áusula segunda de este convenio. La ayuda económica tiene carácter discrecional, y su otorgamiento queda condicionado al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la cl áusula cuarta por parte de la Di ócesis de Calahorra­La Calzada­Logroño, como entidad beneficiaria. La Diócesis de Calahorra­La Calzada­Logroño, como entidad beneficiaria del convenio, será quien ejecute las inversiones contenidas en el mismo, aportando la cantidad restante. Las actuaciones previstas en el convenio podr án ser financiadas, adem ás de con la presente aportación, con otras subvenciones o recursos, siempre que, en su conjunto, no superen el 100% de la actividad subvencionada, debiendo en este último caso acreditarse el importe, procedencia y 28­10­2026/O/029 ­ pag.6
  • CUARTA.­ COMPROMISOS DE LAS PARTES Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. En virtud del presente convenio, según cantidad consignada en la aplicación presupuestaria
  • 20 789.99 del Presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Logroño para el año 2026, la Diócesis de Calahorra­La Calzada­Logro ño se compromete al cumplimiento de las siguientes
  • Realización de las inversiones previstas y cumplimiento de la finalidad de la concesi ón, acometiendo las actuaciones relativas a las obras de restauraci ón y conservaci ón de la Iglesia Parroquial de Santa Margarita de El Cortijo, seg ún Memoria Valorada. La Di ócesis podrá subcontratar la ejecuci ón de la actividad subvencionada, en los t érminos previstos en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • La Di ócesis deber á acreditar, con car ácter previo a la contrataci ón, la solicitud de, al menos, tres presupuestos para la realizaci ón de las obras, debiendo quedar justificada la elección de aquella oferta que no recaiga en la propuesta más ventajosa económicamente.
  • Asimismo, deberá aportar fotografías del estado previo al inicio de las obras.
  • Las obras se realizar án con suficiente entidad para ser denominadas completas en los elementos sobre los que se interviene, y se ajustarán a lo previsto en las Normas Urbanísticas del Plan General Municipal de Logro ño y dem ás normativa sectorial que resulte de aplicaci ón. El Ayuntamiento de Logro ño, a trav és de sus unidades t écnicas, establecerá, en caso necesario, los criterios a respetar durante su ejecución.
  • La Di ócesis deber á de obtener la licencia municipal de obras para la ejecuci ón de las mismas, as í como el resto de los permisos y autorizaciones pertinentes, incluido el del Consejo Superior de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja.
  • El plazo m áximo para la ejecuci ón de las obras ser á de dos a ños desde la firma del convenio. La presentaci ón de la justificaci ón y pago de las actuaciones realizadas deber á realizarse durante el plazo de vigencia del convenio.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y organización que los órganos competentes del Excmo. Ayuntamiento de Logroño establezcan.
  • Notificar al Excmo. Ayuntamiento de Logroño cualquier modificación que se pretenda realizar en los proyectos inicialmente presentados, que deber á ser autorizada previamente.
  • La Di ócesis deber á estar al corriente de pagos de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y acreditar del mismo modo no tener deuda pendiente con el Excmo. Ayuntamiento de Logroño, para poder obtener la subvención objeto del presente convenio.
  • Presentar dentro del plazo de vigencia del convenio la siguiente documentación 28­10­2026/O/029 ­ pag.7
  • El Excmo. Ayuntamiento de Logroño subvencionará los costes de las actuaciones seleccionadas de obras y trabajos de restauraci ón, conservaci ón y mantenimiento, as í como los gastos de honorarios profesionales necesarios para ejecutar las actuaciones en la Iglesia hasta la cantidad máxima de cuarenta mil euros (40.000,00 €).
  • El Excmo. Ayuntamiento de Logro ño hará efectiva la subvención acordada con la Di ócesis de Calahorra­La Calzada­Logroño, tras la presentación de la justificación del gasto efectuado, deducido el I.V.A., y tras la aprobación de la justificación y pago de la subvención por parte de la Junta de Gobierno Local. Para su tramitaci ón deberá adjuntar la documentación detallada en ésta cláusula cuarta. 28­10­2026/O/029 ­ pag.8

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Otras actuaciones de carácter económico