Acuerdo JGL de 10/07/26. Aprobación de la convocatoria de subvenciones a Asociaciones de Consumidores y Usuarios, para el desarrollo y defensa de los consumidores y usuarios en el marco de la actuación municipal en materia de consumo, para el año 2026.

1. La presente Ordenanza tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Almería y sus Organismos Autónomos y demás Entidades de Derecho Público dependientes.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES611 - Almería. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • documentation
    Desglose detallado de los gastos que se prevén imputar a la subvención para cada una de las actividades relacionadas en la tabla anterior y que se cotejará con la relación de gastos de la actividad (Anexo V – Justificación de la subvención) que se presente en el período de justificación.
  • documentation
    Aportación del emprendedor solicitante:
  • documentation
    Subvención solicitada al Excmo. Ayuntamiento de Almería:
  • documentation
    Posible Cofinanciación (Se indicarán OTRAS SUBVENCIONES RECIBIDAS PARA ESTE MISMO PROYECTO, aportando en su caso la documentación correspondiente al estado de tramitación en
  • documentation
    Destinatarios (Previsión desglosada por sexo y grupos de edad. En caso de que el
  • documentation
    Humanos: (Indicar si las actividades las van a desarrollar voluntarios o personal remunerado, y
  • documentation
    Relación de las medidas de difusión que va a adoptar la asociación o entidad para dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación del proyecto. □ Carteles □ Folletos □ Medios electrónicos o audiovisuales (Redes Sociales). Placas conmemorativas □ Otros. Especificar
  • documentation
    (DEBE APORTARSE ACREDITACIÓN GRÁFICA, EN FASE DE JUSTIFICACIÓN CON LA
  • documentation
    - Anexo I Solicitud de Subvención, descripción del proyecto y acreditando de los criterios y subcriterios que serán objeto de evaluación. Acreditando todos los criterios que serán objeto de evaluación, escrituras públicas de constitución, estatutos de la asociación, inscripciones registrales y demás certificados, así como, la documentación descriptiva y gráfica, incluyendo fotografías, acreditativa de la calidad de los proyectos que presenten.
  • documentation
    - Documento Memoria de Actividades del año anterior, en lo que resulte procedente.
  • documentation
    - Anexo III Declaración Responsable.
  • documentation
    - Acompañando los Anexos de solicitud, presentará la siguiente documentación:
  • documentation
    Ficha de Terceros de la Delegación de Área de Economía, Innovación y Contratación (Tesorería y Contabilidad). Documento que encontrará a su disposición, tanto en cualquiera de las Oficinas de Registro, como a través de la Página Web y en la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Almería.
  • documentation
    Certificado de la Entidad Bancaria que acredite la titularidad de la cuenta.
  • documentation
    Copia Compulsada del N.I.F. /C.I.F.
  • documentation
    Copia Compulsada de los Estatutos de la Asociación. Almería, a ……...... de ……….… de 2026 Firma…………………………………..
  • documentation
    1.a) de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación en el art. 17.2 de la Ley General de Subvenciones, apruebe la presente Ordenanza. Título I. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
  • Tendrá la consideración de beneficiario de subvenciones la persona que haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión.
  • Cuando el beneficiario sea una persona jurídica, y siempre que así se prevea en la convocatoria de subvención, resolución de concesión o convenio, los miembros asociados que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta de la primera, tendrán también la consideración de beneficiarios.
  • Podrán acceder a la condición de beneficiario las personas y entidades a que se refiere el artículo 8 de la presente Ordenanza que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en esta Ordenanza y demás exigidas en la convocatoria, resolución de concesión o convenio, siempre que no incurran en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo aquellas que pudieran exceptuarse de aplicación a través de la convocatoria, resolución de concesión o convenio, de entre las relacionadas en el apartado 2 del artículo 13 de la referida Ley, en atención a la naturaleza de la subvención.

Gastos y actuaciones

  • Serán gastos subvencionables los expresamente previstos en la convocatoria, resolución de concesión o convenio, que resp · eligible
    En defecto de previsión en la convocatoria, resolución de concesión o convenio, o para todo lo no previsto en los mismos,
  • Serán gastos subvencionables los expresamente previstos en la convocatoria, resolución de concesión o convenio, que resp · eligible
    Se consideran subvencionables los gastos que cumplan los siguientes requisitos:
  • Serán gastos subvencionables los expresamente previstos en la convocatoria, resolución de concesión o convenio, que resp · eligible
    Que indubitadamente respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.
  • Serán gastos subvencionables los expresamente previstos en la convocatoria, resolución de concesión o convenio, que resp · eligible
    Que su coste de adquisición no supere el valor de mercado.
  • Serán gastos subvencionables los expresamente previstos en la convocatoria, resolución de concesión o convenio, que resp · eligible
    Que sean realizados dentro del plazo previsto para la ejecución del proyecto o actividad subvencionada, entendiendo por tales aquellos en los que la fecha del documento acreditativo del gasto se encuentre dentro del plazo previsto para la ejecución del proyecto o actividad subvencionada y hayan sido efectivamente abonados por el beneficiario. Se consideran válidos los gastos que, habiendo sido realizados dentro del plazo previsto para la ejecución del proyecto o actividad subvencionada, sean abonados fuera de dicho plazo, siempre que el abono se realice dentro del plazo establecido para la justificación de la subvención.
  • Serán gastos subvencionables los expresamente previstos en la convocatoria, resolución de concesión o convenio, que resp · eligible
    Cuando el importe del gasto subvencionable, supere las cuantías establecidas en la legislación de contratos del sector público para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria, la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
  • Serán gastos subvencionables los expresamente previstos en la convocatoria, resolución de concesión o convenio, que resp · eligible
    Los contratos subvencionados sujetos a una regulación armonizada que se realicen con cargo a la subvención concedida quedan sujetos al régimen previsto en la legislación de contratos del sector público respecto de los contratos subvencionados.
  • Serán gastos subvencionables los expresamente previstos en la convocatoria, resolución de concesión o convenio, que resp · eligible
    Los gastos correspondientes a la adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inventariables, únicamente serán subvencionables cuando así lo prevea expresamente la convocatoria de subvención, resolución de concesión o convenio. En tales supuestos, el periodo durante el cual el beneficiario deberá destinar los bienes al fin concreto para el que se concedió la subvención será de cinco años en caso de bienes inscribibles en un registro público, y de dos años para el resto de bienes.
  • Serán gastos subvencionables los expresamente previstos en la convocatoria, resolución de concesión o convenio, que resp · eligible
    No se admitirán como gastos subvencionables los destinados a la amortización de bienes inventariables, salvo que la convocatoria de subvención, resolución de concesión o convenio establezcan lo contrario. En caso de admitirse, quedan sujetos a las condiciones establecidas en el apartado 6 del art. 31 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • Serán gastos subvencionables los expresamente previstos en la convocatoria, resolución de concesión o convenio, que resp · eligible
    Salvo disposición expresa en contrario en la convocatoria, resolución de concesión o convenio, tendrán el carácter de subvencionables los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos siempre que estén directamente relacionados con la actividad subvencionada y sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma. Con carácte r excepcional, los gastos de garantía bancaria podrán ser subvencionados cuando así lo prevea la convocatoria, resolución de concesión o convenio.
  • Serán gastos subvencionables los expresamente previstos en la convocatoria, resolución de concesión o convenio, que resp · eligible
    En ningún caso se considerarán gastos subvencionables: a. Los intereses deudores de las cuentas bancarias b. Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales. c. Los gastos de procedimientos judiciales. B.O.P. de Almería - Número 142 Miércoles, 24 de julio de 2024 Pág. 28_______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009). Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Documento firmado electrónicamente. Verificable en https://ov.dipalme.org/csv?id=9P6NFcMuJPG1XzgI6IhRxSTvHip51ymX .
  • Serán gastos subvencionables los expresamente previstos en la convocatoria, resolución de concesión o convenio, que resp · eligible
    Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario los abone efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
  • Serán gastos subvencionables los expresamente previstos en la convocatoria, resolución de concesión o convenio, que resp · eligible
    Si así se establece en la convocatoria, resolución de concesión o convenio tendrán carácter subvencionables los costes indirectos. En ningún caso el porcentaje imputable a dichos costes podrá ser superior al 15 por 100 de la subvención concedida.
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. · eligible
    Los siguientes gastos se encuentran además sujetos a las siguientes limitaciones:
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. · eligible
    El importe de los gastos en concepto de dietas y locomoción será imputado, a efectos de la justificación, por referencia a las cuantías máximas establecidas en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, y demás normativa que lo desarrolle, no resultando subvencionable las diferencias que superen esas cuantías máximas.
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. · eligible
    Los gastos protocolarios y de representación están supeditados a su inexcusabl e relación con el funcionamiento y actividades objeto de subvención, y en ningún caso podrán superar el 5% del importe de la subvención concedida.
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. · eligible
    No se podrá incluir como gasto subvencionable el importe del IVA deducible cuando la persona o entidad beneficiaria esté obligada a realizar declaración del mencionado impuesto. En estos casos, la cantidad que podrá imputarse como gasto es la correspondiente a la base imponible de los justificantes.
  • Gastos subvencionables, y en su caso porcentaje de costes indirectos que podrán ser objeto de imputación. · eligible
    Referencia, en su caso, a la inclusión en la resolución de una relación ordenada de solicitudes no estimadas para los supuestos de renuncia a que se refiere el apartado 4 del art. 26 de esta Ordenanza.
  • Gastos subvencionables, y en su caso porcentaje de costes indirectos que podrán ser objeto de imputación. · eligible
    Plazo de resolución y notificación del procedimiento.
  • Gastos subvencionables, y en su caso porcentaje de costes indirectos que podrán ser objeto de imputación. · eligible
    Indicación de que la resolución pone fin a la vía administrativa

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

document_text · grant_document_contents[12092].extracted_segments[1]

1. La presente Ordenanza tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Almería y sus Organismos Autónomos y demás Entidades de Derecho Público dependientes.