20 de julio de 2026, relativo a la aprobación de las bases de las ayudas a la gente joven de 18 a 35 años para alquilar…

Título oficial: Acuerdo del Consejo Ejecutivo, de 20 de julio de 2026, relativo a la aprobación de las bases de las ayudas a la gente joven de 18 a 35 años para alquilar una vivienda y convocatoria correspondiente a 2026

su propio proyecto de vida y garantizarles la participación activa en igualdad de derechosydeberesenlavidasocial,cultural,políticayeconómica.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Jóvenes, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES533 - Menorca. La gestiona CONSELL INSULAR DE MENORCA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Jóvenes, Vivienda y alquiler.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 200.000,00 €. Inicio: 01/09/2026. Plazo: Fin: 30/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Sonobjetodesubvenciónlosgastosderivadosdelalquilerdeldomiciliohabitual.
  • Laviviendaobjetodelalquilerdebecumplirlossiguientesrequisitos: Identif. doc. elect.: ES-07CIM-2026-E9D3DA62-B7FA-436C-A06F-CF099C5A2B54 31/07/2026 9:39:07 Pag.:4/19 Consell Insular de Menorca-07999- Org.:L03070009 Validar: https://www.carpetaciutadana.org/cime/validardoc.aspx
  • Debeserhabitual,permanente yestarubicadaenMenorca.
  • La renta mensual máxima debe ser igual o inferior a 900 euros, independientemente delnúmerodecoarrendatarios delinmueble.
  • En el contrato de alquiler de la vivienda debe figurar el nombre de la persona que solicitalaayuda.
  • El contrato de alquiler debe haberse firmado antes o en la fecha en que se presenta lasolicitud.
  • Los gastos subvencionables deben ejecutarse en el plazo que consta en el punto 3 delabaseoctava.
  • Pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas que cumplan las
  • Habernacidoentreel1deenerode1991yel31dediciembrede2008.
  • Tener residencia legal en algún municipio de Menorca como mínimo los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud, y estar empadronado en la viviendaalquilada.
  • Ser titular de un contrato de arrendamiento, a título individual (tanto si vive solo como convive con su propia unidad familiar) o como coarrendatario (contrato con varias personas arrendatarias que no formen parte de la misma unidad familiar) Identif. doc. elect.: ES-07CIM-2026-E9D3DA62-B7FA-436C-A06F-CF099C5A2B54 31/07/2026 9:39:07 Pag.:5/19 Consell Insular de Menorca-07999- Org.:L03070009 Validar: https://www.carpetaciutadana.org/cime/validardoc.aspx
  • 6 de la vivienda situada en Menorca, que debe ser el domicilio habitual y permanente delapersonaquesolicitalaayudaodelaunidadfamiliar. En caso de que se trate de un contrato de subarrendamiento, también se debe presentar unjustificantedelconsentimiento escritodelarrendador.
  • Pagar el alquiler por transferencia, domiciliación o mediante ingreso a través de unaentidadbancaria.
  • Haber obtenido durante el ejercicio anterior unos ingresos brutos anuales que no superenlosumbralesestablecidosenlaconvocatoria delasayudas. Paracalcularlarenta sesumanlascasillas435y460delmodelo 100deladeclaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) del año 2025, que son las cuantías de la base imponible general y del gasto reguladas correspondiente a la declaración o declaraciones presentadas por la persona física solicitante y por cada uno de los miembros computables de la unidad familiar, de conformidad con la normativa reguladora del impuesto sobre la renta de las personas físicas. De este resultado,serestalacuotaresultantedelaautoliquidación (casilla595). Esdecir:(casilla435+casilla460)-casilla595 En caso de no estar obligados y no haber hecho la declaración del IRPF,se tienen en cuenta las imputaciones de la renta y los rendimientos que constan en la Agencia EstataldelaAdministraciónTributaria. Miembros de la unidad familiar
  • Son miembros computables: el solicitante, el cónyuge/pareja de hecho legalmente establecidaysushijos. En caso de divorcio o separación legal o de hecho de la persona solicitante, que tenga la custodia total o compartida de los hijos y percibe una pensión compensatoria o por manutención, esta se tendrá en cuenta a la hora de calcular la renta familiar, lo que deberá acreditar mediante sentencia judicial o declaración jurada. En estos casos, se considerarán miembroscomputables alsolicitanteyloshijoscomunes. En el caso de que la persona solicitante conviva con una pareja no legalmente establecida yconloshijoscomunes, sonmiembros computables loshijoscomunes yel progenitor solicitante.
  • Encualquiercaso,nopueden serbeneficiarias:
  • Las personas físicas enlas que concurre alguna de lasprohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Identif. doc. elect.: ES-07CIM-2026-E9D3DA62-B7FA-436C-A06F-CF099C5A2B54 31/07/2026 9:39:07 Pag.:6/19 Consell Insular de Menorca-07999- Org.:L03070009 Validar: https://www.carpetaciutadana.org/cime/validardoc.aspx
  • Las personas físicas que, en el momento en que el órgano instructor dicte la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria, no se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad SocialantelaAdministraciónGeneraldelEstado.
  • Las personas que ellas mismas o alguno de sus convivientes tienen primer grado de parentesco (progenitores, cónyuge, suegros, hijos del cónyuge o cónyuges de los progenitores), segundo grado de parentesco (hermanos, abuelos, y sus cónyuges), o tercer grado (tíos, sobrinos o bisabuelos), tanto por consanguinidad como por afinidad con el arrendador, ni que este tenga dicho parentesco con su unidadfamiliar,oqueseansociosopartícipesdelarrendador
  • Las personas que ellas mismas o sus cónyuges son titulares de pleno dominio o de un derecho de uso sobre alguna vivienda, salvo que se acredite debidamente la no disponibilidad de la vivienda por causas ajenas a la voluntad de las personasquesolicitanlaayuda.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Los gastos subvencionables deben efectuarse y pagarse entre el 1 de enero y el 10 dediciembredelañoencurso. · eligible
    El IVA no puede subvencionarse, salvo que no sea recuperable por el beneficiario (artículo31.8delaLeygeneraldesubvenciones).

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

su propio proyecto de vida y garantizarles la participación activa en igualdad de derechosydeberesenlavidasocial,cultural,políticayeconómica.