Personas jurídicasES418 - Valladolid

Acuerdo de Pleno nº 116/26 de 26 de junio de 2026 del Pleno por el que se convocan ayudas Fondo de Cohesión Territorial mediante Convenio entre la Comunidad de Castilla y León y la Diputación Provincial de Valladolid, ejercicio 2026

Infraestructuras

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES418 - Valladolid. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Certificado del órgano competente del Municipio por el que se acuerda solicitar la ayuda económica y su cuantía.
  • Certificación acreditativa de la existencia de consignación presupuestaria para los fines que se persiguen o compromiso de consignación, teniendo en cuenta que las Entidades Locales deberán aportar como mínimo el 25 % del importe incluido en Plan.
  • Relación ordenada y preferente de inversiones que propone la entidad local, con expresión de los importes y porcentajes individualizados, así como los totales. En esta relación deberán indicar el nombre del proyecto y la ubicación detallada de las inversiones.
  • Declaración responsable, según modelo que se adjunta a la convocatoria (Anexo III)
  • Certificado de rendición de cuentas, según modelo que se adjunta a la convocatoria (Anexo IV) No podrá prestarse la conformidad a la petición formulada por ningún Ayuntamiento que no haya rendido las cuentas o la liquidación correspondiente.
  • BASE DECIMOQUINTA. ADJUDICACIÓN Y PAGO DE LA SUBVENCIÓN Las inversiones que obtengan ayuda económica, por aplicación de estas Bases, serán ejecutadas por el Municipio, quienes podrán contratarlas con un tercero o ejecutarlas por Administración. Las entidades locales beneficiarias deberán acreditar en Diputación, antes del 30 de abril de 2027 la contratación o la ejecución por administración de dichas inversiones, aportando a tal efecto certificado de la resolución por la que se adjudica el contrato indicando importe y nombre del adjudicatario, o resolución de realización de la inversión por Administración, según modelo que se acompaña como Modelo I (Anexo V). Presentada la justificación de la adjudicación y una vez se reciba la subvención de la Junta de Castilla y León, la Diputación Provincial procederá al pago anticipado del importe de la subvención.
  • BASE DECIMOSEXTA. EJECUCIÓN DE LAS INVERSIONES La ejecución de las inversiones deberá de haber finalizado antes del día 30 de noviembre de 2027. Podrán considerarse canceladas aquellas ayudas que no se hayan justificado documentalmente ante la Diputación antes del 30 de diciembre de 2027, haciendo imposible la acreditación ante la Junta de Castilla y León del reconocimiento y pago de la subvención otorgada en el plazo establecido en la Adenda al Convenio a suscribir con la Consejería de la presidencia
  • BASE DECIMOCTAVA. JUSTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS Para la justificación de estas inversiones no será necesario presentar, en esta Diputación, proyecto técnico de obras, sin perjuicio de que los municipios deban contar con dicho documento antes de iniciar su contratación, cuando sea exigible conforme a lo establecido en la legislación vigente. Estas inversiones deberán estar justificadas en Diputación, antes del día 30 de diciembre de 2027 ,
  • Memoria descriptiva de la inversión realizada.
  • Cuenta justificativa a la que alude el art. 75 del Reglamento General de Subvenciones, según modelo que se acompaña como Modelo II (Anexo VI).
  • Certificación de obras o facturas desglosadas sus conceptos por unidades de obra con precios unitarios.
  • Documentación gráfica imprescindible para la ubicación y descripción de la obra que permita de forma indubitada comprobar su ejecución por técnicos de Diputación, si así se considerase conveniente, de acuerdo con el artículo 75 del Reglamento de Subvenciones.
  • Fotografía del cartel indicador de las obras. El incumplimiento del plazo para presentar la justificación de estas inversiones, podrá dar lugar a la anulación de oficio de las subvenciones no justificadas. La Diputación se reserva el derecho a realizar una inspección técnica de las obras. Si del resultado de la misma se dedujera que las obras no se encuentran correctamente ejecutadas y el Ayuntamiento no atendiera el requerimiento de subsanación en el plazo que se determine, se exigirá el reintegro de la subvención abonada. Transcurrido el plazo máximo de justificación sin haberse presentado la misma, se requerirá a los beneficiarios para que en el plazo improrrogable de 10 días hábiles la presenten, con apercibimiento de que de no hacerlo se cancelará la subvención. La no justificación dentro de plazo dará lugar a la cancelación de la subvención.
  • BASE VIGÉSIMOPRIMERA. CARTELES INDICADORES DE LAS INVERSIONES En todas las inversiones deberá colocarse rotulación/soporte informativo, de acuerdo con el manual de estilo (manual de uso de la marca de difusión del carácter público de la financiación otorgada por parte
  • Seguidamente se le cargará el formulario de la Solicitud: En el apartado DATOS DEL INTERESADO no hay que indicar nada, la aplicación carga los datos de su certificado electrónico. En el apartado MEDIO PARA RECIBIR LAS COMUNICACIONES debe indicar en los campos correspondientes el “teléfono de contacto” y “correo electrónico” un teléfono de contacto y una dirección de correo electrónico para recibir el aviso de las notificaciones electrónicas. En caso de que lo hubiera cargado en el formulario de registro, le aparecerán los datos pregrabados, pero puede modificarlos en este momento si desea indicar otros específicos para este expediente.
  • 9 En el apartado DATOS DE LA CONVOCATORIA le aparecen los datos precargados, no hay que indicar nada. En el apartado DECLARACION SOBRE OTRAS SUBVENCIONES, deberá indicar SI ha solicitado o le ha sido concedida subvención para la actividad para la que se solicita la subvención por parte de Instituciones Públicas o Privadas, (En el caso de que se haya solicitado u obtenido subvención deberá indicarse la entidad concedente y el importe), o que NO ha solicitado o le ha sido concedida subvención alguna para la actividad para la que se solicita la subvención por parte de Instituciones Públicas o Privadas. En el apartado DOCUMENTACIÓN EN PODER DE LA ADMINISTRACIÓN debe indicar, alternativamente
  • Adjuntar documentos anexos Después de completar la solicitud, le aparecerá un nuevo formulario para adjuntar los Anexos requeridos en las Bases. Adjunte en formato PDF todos los documentos anexos que resulten necesarios a tenor de lo previsto en las Bases de la convocatoria.
  • A las solicitudes deberá acompañarse la siguiente documentación:
  • Certificado de rendición de cuentas, según modelo que se adjunta a la convocatoria (Anexo IV) Firma y registro de la solicitud Tras completar la anterior tarea se carga una visualización de la solicitud a presentar. Tiene la opción de firmar y registrar de entrada la misma en el registro electrónico de la Diputación, o rechazar la firma si entiende que alguno de los datos debe cor regirse. Si rechaza la firma, volverá a la tarea de identificación para volver a cargar los datos de la solicitud, tendiendo la opción de corregir todo aquello que se hubiera consignado de forma incorrecta.
  • Recibo de presentación Cuando la aplicación finalice la tarea de firma y registro, se le cargará una pantalla que le muestra el recibo de la solicitud registrada. Puede descargarse el recibo mediante las opciones que se le muestran. Tras completar esta tarea, el proceso ha finalizado con éxito.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Infraestructuras