por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para implementar medidas del Plan Mujer en materia de conciliació · 2026

Título oficial: Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 118/26, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para implementar medidas del Plan Mujer en materia de conciliación y formación, año 2026.

Se convocan para el año 2026, en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de subvención:

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas, Mujeres e igualdad, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES418 - Valladolid. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Personas jurídicas, Mujeres e igualdad, Familias e infancia.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica, Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 60.000,00 €. Plazo: Fin: 30/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:
  • Empresas y entidades sin ánimo de lucro con menos de 50 trabajadores , siempre que la sede/centro productivo o de trabajo se ubique en municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes.
  • Autónomos con trabajadores a cargo, siempre que la sede/centro productivo o de trabajo se ubique en municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes.
  • Autónomos, siempre que la sede/centro productivo o de trabajo se ubique en municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes.
  • Las personas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
  • Ser mujer y estar empadronada en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes.
  • Estar desempleada, ser trabajadora autónoma o trabajadora por cuenta ajena. No podrán ser beneficiarias las trabajadoras de la Administración o entidades dependientes con contrato fijo o indefinido, sea la relación funcionarial, estatutaria o laboral.
  • Haber realizado o pretender realizar uno o dos cursos de formación on line impartidos por centro especializado , orientado/s al acceso al mercado de trabajo , al perfeccionamiento profesional y/o la formación en competencias digitales. Será imprescindible que el curso o cursos en cuestión se desarrollen entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de agosto de 202 7, y que su realización se acredite mediante título o certificado sellado emitido por el centro donde se impartan los estudios, donde conste el curso/s realizados y el número de horas cursadas. Solo serán subvencionables cursos “completos superados con éxito” y realizados dentro del periodo subvencionable . No serán subvencionables los cursos y/o asignatura s que se
  • Área de Empleo, Desarrollo Económico y Reto Demográfico Oficina del Emprendedor 4 encuentren incluidos en planes formativos de estudios reglados o no reglados cuya duración exceda del periodo subvencionable. En todo caso, la no obtención del título o certificado acreditativo de superación conllevará la obligación de reintegrar la cantidad percibida. El curso en cuestión debe ser online, aunque se admite que tenga hasta un 25% de parte presencial.
  • La solicitud para la obtención de la subvención se formalizará por el autónomo o representante de la microempresa en el enlace https://www.sede.diputaciondevalladolid.es/tramites-disponibles/02S229/, de acuerdo con las instrucciones que se indican en el Anexo I de estas bases. Para ello, las personas solicitantes deberán disponer de certificado digital o cl@ve, compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas. El formulario de solicitud se dirige al Presidente de la Diputación provincial, Oficina del Emprendedor, DIR3 LA0036922; e incluye la manifestación del solicitante de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la base cuarta de la convocatoria.
  • Área de Empleo, Desarrollo Económico y Reto Demográfico Oficina del Emprendedor 7 En la solicitud se incluye la declaración de cumplimiento de los requisitos necesarios para ser beneficiario de estas ayudas, previstos en la base cuarta, que no está incurso en prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, incluida la inexistencia de deudas con la AEAT, con la Seguridad Social y con la Diputación de Valladolid , sobre ayudas solicitadas o concedidas para el mismo fin por instituciones públicas o privadas, y sobre cumplimiento del régimen sobre “minimis”. El cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y la Diputación de Valladolid será verificado tanto en el momento de la concesión como en el momento de los pagos.
  • Todas la comunicaciones y notificaciones derivadas del presente proceso de concesión de subvenciones se efectuarán a los solicitantes directamente a través del Registro electrónico. A tal efecto se considerará que la fecha de puesta a disposición de las mismas es la fecha de envío a través del sistema de interconexión de registros (SIR) y que la fecha de aceptación es la fecha de confirmación del asiento. Una vez presentada la solicitud, los interesados pueden consultar en su “área personal” de la Sede electrónica, accediendo con su certificado o DNI electrónico https://www.sede.diputaciondevalladolid.es/tgauth/login?redirect=%2Fov%2Fcarpeta-ciudadana el expediente de su solicitud que estará indicado en el resguardo de presentación. Desde el expediente de la solicitud es posible presentar alegaciones desde el primer momento, si considera que debe aclarar o añadir cualquier documento. Si se diera la circunstancia de haber omitido o haber presentado alguna información o documentación qu e después necesite aclarar o corregir no presente una nueva solicitud de participación, utilice el trámite “alegaciones” que está disponible en el expediente electrónico de la Sede.
  • La presentación de solicitudes para optar a estas subvenciones supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en la presente convocatoria, así como el consentimiento inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a su publicación, todo ello de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
  • Sólo se admitirá una solicitud por persona/entidad. En el caso de que varios autónomos constituyan empresa o sociedad, la solicitud deberá presentarla la entidad.
  • A la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:
  • En el caso de trabajadores autónomos, a la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:
  • Informe de Vida Laboral actualizado a fecha de solicitud o documento acreditativo de su alta en la Mutualidad correspondiente al colegio profesional al que estén adscritos en su caso .
  • Copia del certificado de situación censal.
  • Si tiene trabajadores a cargo, informe de vida laboral de las cuentas de cotización.
  • Original de la f icha de datos bancarios firmada por el solicitante y conformada por la entidad

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Se convocan para el año 2026, en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de subvención: