OCIO Y TIEMPO LIBRE CON PERSONAS CON AUTISMO Y DEL MANTENIMIENTO DE RESIDENCIA..." · 2026

Título oficial: ACUERDO DE JGL DEL 02/07/2026 CONCESIÓN SUBVENCIÓN NOMINATIVA CON LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE PERSONAS CON AUTISMO DE CASTELLÓN (APNAC) EJECUCIÓN PROYECTO “RESPIRO FAMILIAR,OCIO Y TIEMPO LIBRE CON PERSONAS CON AUTISMO Y DEL MANTENIMIENTO DE RESIDENCIA..."

Ayuntamiento de Castelló de la Plana y la Asociación de Padres de Personas con Autismo de Castellón (APNAC) para financiar la ejecución del proyecto “Respiro familiar, ocio y tiempo libre con personas con autismo y del mantenimiento de Residencia y Centro de Día 2026” durante el periodo comprendido entre 02 de Enero hasta el 31 de Diciembre del año 2026, que organiza la citada entidad en el inmueble sito en la Avda. Gran Vía Tárrega Monteblanco, 72 de Castelló de la Plana.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓN DE LA PLANA/CASTELLÓ DE LA PLANA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Familias e infancia.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 85.439,00 €. Inicio: 02/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • subvención, se realizará mediante presentación vía telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Castelló de la Plana ( https://sede.castello.es) en el trámite “Justificación subvenciones nominativas en materia de proyectos sociales” , de la documentación que integra la cuenta justificativa a la que alude el artículo 17.3 de la OGS. La justificación económica de la realización del proyecto deberá realizarse con estricto
  • cumplimiento a las siguientes condiciones: El pago a los proveedores se realizará preferentemente mediante transferencia bancaria, o en su caso talón nominativo, para justificar los gastos realizados, quedando el pago en metálico como residual para aquellos gastos de pequeña cuantía. El pago de los gastos se acreditará a
  • representan respecto de la subvención justificada y que contiene una declaración responsable, que debe ser suscrita electrónicamente por el representante legal de la entidad, de que los documentos presentados en la relación secuencial y, por el importe imputado a la subvención, son copia fiel y exacta de los originales y que el importe imputado a la subvención municipal de las facturas justificativas no se va a utilizar para la justificación de ninguna otra subvención, y que dicha documentación se pondrá a disposición del Ayuntamiento de Castelló de la Plana en caso de que le sea requerida. Se adjuntarán a dicho Anexo 3 las facturas justificativas del gasto, que deberán estar estampilladas con la siguiente información: que la subvención ha sido concedida por el Ayuntamiento de Castelló de la Plana, año de la subvención, importe imputado y porcentaje de financiación imputable a la subvención municipal, tal como figura en el Anexo 4. Complementará la justificación económica de la ejecución del proyecto financiado la siguiente documentación, que deberá presentarse debidamente suscrita por la persona representante de
  • declaración acreditativa del cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención y de la aplicación de los fondos a la finalidad destinada. Asimismo, constará que de conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los gastos realizados han sido los estrictamente necesarios y
  • de la subvención concedida, el Ayuntamiento de Castelló de la Plana podrá realizar cuantas actuaciones materiales y formales estime convenientes para la comprobación de la adecuada justificación de las subvenciones, la realización de su objeto y el cumplimiento de las condiciones a que quedan sujetas las mismas. Dichas actuaciones de comprobación serán realizadas mediante el control financiero ejercido por la Intervención, de conformidad con el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas 7 / 16
  • Locales, la Ley General de Subvenciones, su Reglamento de desarrollo y la Ordenanza General de Subvenciones. Undécima. Otras obligaciones.- La entidad subvencionada asume, además de establecer y mantener las medidas de coordinación necesaria s con el personal municipal y atender a las personas que -en su caso- se deriven desde los Servicios Sociales municipales, las obligaciones establecidas en el artículo 6 de la OGS. La entidad subvencionada, j unto con la justificación de la realización del proyecto financiado presentará una memoria descriptiva de la ejecución del proyecto subvencionado que incluirá la cumplimentación de los siguientes indicadores cualitativos y cuantitati vos incluidos en el
  • proyecto: Indicadores cualitativos: Se tendrá en cuenta la disminución de las conductas no adaptadas de las personas usuarias y el aumento de la calidad de vida en las familias que se podrá contabilizar por su nivel de satisfacción ante el programa.
  • Valoración media del servicio por parte de las familias
  • Número de respiros familiares realizados
  • Número de familias nuevas atendidas
  • Número de talleres anuales realizados
  • por los destinatarios/as, etc) . La entidad subvencionada obtendrá, en su caso, y aportará la autorización del autor del material para su utilización por el Ayuntamiento para fines propios, en cualquier tipo de soporte, y siempre con fines no lucrativos. Servirá como material expositivo para la visibilización de los proyectos financiados y formará parte del fondo documental municipal. Además, no será susceptible de recuperación por parte de la entidad perceptora de la subvención y se entenderá cedido al Ayuntamiento para el uso que estime conveniente. Duodécima. Normativa aplicable.- Para lo no previsto expresamente en este convenio, se estará a lo dispuesto en la Ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Castelló de la Plana, publicada en el B.O.P. nº 61 de fecha 19 de mayo de
  • Asimismo resultará de aplicación supletoria la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y demás normativa de pertinente aplicación. Decimotercera. Vigencia.- El presente convenio surtirá sus efectos a partir de la fecha de su aprobación, sin perjuicio de que los gastos subvencionables se puedan referir al periodo comprendido entre el 02 de Enero y el 31 de Diciembre de 2026, por desarrollarse el proyecto subvencionado en dicho periodo, según comunicación de la fecha de inicio del proyecto. Decimocuarta. Protección de datos.- De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (RGPD), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), las partes se comprometen a cumplir con la normativa vigente en el tratamiento de los datos personales que se deriven de la ejecución del presente convenio.
  • Tratamiento de datos para la gestión del convenio: Los datos de carácter personal de los firmantes y del personal de contacto, incluidos en este documento, serán tratados por ambas partes con la finalidad de gestionar la relación subvencional, siendo la base de legitimación la ejecución de la relación jurídica existente entre ellas. Dichos datos se conservarán durante la vigencia del convenio y los plazos legales aplicables.
  • Tratamiento de datos de los beneficiarios del proyecto: Respecto a los datos de los beneficiarios del proyecto subvencionado, se establecen los siguientes regímenes de
  • Datos recabados directamente por la entidad: La Asociación de Padres de Personas con Autismo de Castellón (APNAC) será la Responsable del Tratamiento de los datos personales que recabe por sus propios medios para la ejecución del proyecto. Deberá garantizar que dispone de una base de legitimación válida (ej. consentimiento de los interesados) e informar a los mismos en los términos exigidos por los artículos 13 y 14 del RGPD.
  • Derechos de los interesados y colaboración: Los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición dirigiéndose al responsable
  • del tratamiento correspondiente. Para ello, deberán contactar con: Asociación de Padres de Personas con Autismo de Castellón (APNAC): a través del correo electrónico de su Delegada de Protección de Datos: gracebenalcazar8@gmail.com Ayuntamiento de Castelló de la Plana: a través del correo electrónico de su Delegado de Protección de Datos: dpd@castello.es Ambas partes se comprometen a colaborar en caso de reclamación o inspección por parte de la Agencia Española de Protección de Datos, obligándose a mantener indemne a la otra parte de cualquier responsabilidad derivada del incumplimiento de las obligaciones que, en esta materia, les correspondan. Decimoquinta.- Jurisdicción competente.- Las partes, para cualquier cuestión derivada del presente convenio, renuncian a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, y se someten expresamente a la Jurisdicción competente en Castelló de la Plana. Y para que así conste y en prueba de conformidad por ambas partes, se firma electrónicamente el presente convenio, dando fe de ello la Secretaria General del Pleno. (Firma 1 de 3) (Firma 2 de 3)

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Ayuntamiento de Castelló de la Plana y la Asociación de Padres de Personas con Autismo de Castellón (APNAC) para financiar la ejecución del proyecto “Respiro familiar, ocio y tiempo libre con personas con autismo y del mantenimiento de Residencia y Centro de Día 2026” durante el periodo comprendido entre 02 de Enero hasta el 31 de Diciembre del año 2026, que organiza la citada entidad en el inmueble sito en la Avda. Gran Vía Tárrega Monteblanco, 72 de Castelló de la Plana.