Personas físicasES611 - Almería

ACUERDO DE JGL DE 29/05/2026 DE APROBACIÓN DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA DIRECTA A A.G.S. PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO "FASCINADAS, I SHOW DE NEUROCIENCIA EN ESPAÑA"

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES611 - Almería. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Descripción del proyecto “FASCINADAS, I Show de Neurociencia en España”.
  • Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, la Agencia Tributaria de Andalucía, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y con el Órgano de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Almería.
  • Documento contable de Retención de Crédito de fecha 05/05/2026 y número de operación 220260015558, emitido por la Unidad de Contabilidad.
  • Denominación del Proyecto: “FASCINADAS, I Show de Neurociencia en España”.
  • Importe del proyecto: DIECIOCHO MIL CIENTO SESENTA Y DOS EUROS CON DOCE
  • Importe de la subvención: OCHO MIL EUROS (8.000,00€).
  • Importe que financian resto del proyecto: DIEZ MIL CIENTO SESENTA Y DOS EUROS
  • Importe a justificar: DIECIOCHO MIL CIENTO SESENTA Y DOS EUROS CON DOCE
  • Aplicación presupuestaria: A100 231.01 489.00 ENCUENTRO “FASCINADAS”. NIF. ***8198**, del Presupuesto Municipal 2026.
  • Plazo de ejecución: 11 de abril de 2026, y se tendrán en cuenta los gastos para justificar la subvención emitidos en el año natural de la concesión, con independencia de la fecha concreta en la que se realice la actividad.
  • Subcontratación: No se contempla la subcontratación.
  • El porcentaje máximo de los costes indirectos subvencionables se valorará en relación al proyecto presentado, entendiéndose por costes indirectos aquellos gastos estructurales de la entidad que, sin ser imputables directamente a una actividad definida en el proyecto, son necesarios para que la actividad subvencionada se realice (energía eléctrica, teléfono, internet, agua, alquileres, limpieza, mantenimiento, seguros, etc.).
  • Los importes máximos para los gastos de manutención y alojamiento son los correspondientes a Grupo A, establecido en el RD 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, es decir, 53,34 €/día en el caso de la manutención y 102,56 € en el caso del alojamiento.
  • Se recomienda al beneficiario llevar una contabilidad separada del programa o actividad subvencionada, bien mediante cuentas específicas dentro de su contabilidad oficial, bien mediante libros registro abiertos al efecto.
  • La subvención concedida será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados, nacionales o de la Unión Europea o de Organismos Internacionales. Es obligación del beneficiario comunicar la obtención de estos ingresos. No obstante, y en todo caso, el importe de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Almería o sus Organismos autónomos más otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos no podrá ser superior al coste del presupuesto de la actividad aprobado por la Administración.
  • Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos, puede suponer la modificación de la resolución de
  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:
  • Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.
  • Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago. La acreditación de los gastos también podrá efectuarse mediante facturas electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario. Las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente que se aporten a la justificación deberán ser originales y contar con el sello o estampillado de la entidad beneficiaria en el que se indique la subvención para cuya justificación han sido presentados y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la subvención. En este último caso se indicará además la cuantía exacta que resulte afectada por la subvención. En los casos en los que el proyecto/actividad se encuentre cofinanciado a través de subvenciones de otras Administraciones u Organismos Públicos deberá constar en el estampillado de los justificantes de gasto el importe que se imputa a cada una de las fuentes de financiación.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social