Acuerdo de Consejo Ejecutivo, de 27 de julio de 2026, relativo a la aprobación de las bases y convocatoria de las ayudas de minimis de «Bonos producto local» y «Bonos Menorca»

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES533 - Menorca. La gestiona CONSELL INSULAR DE MENORCA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • La aplicación de los bonos de descuento será responsabilidad de los establecimientos adheridos, en el momento de la compra, previa identificación de la persona beneficiaria y verificación de la disponibilidad del bono a través de la plataforma web habilitada por la entidad colaboradora. En este sentido, la entidad colaboradora tendrá que habilitar los mecanismos necesarios para garantizar y comprobar la aplicación correcta de los bonos de acuerdo con estas bases.
  • El uso de los bonos está condicionado a la disponibilidad existente en cada establecimiento o productor adherido y al crédito global de la convocatoria correspondiente.
  • Los bonos de descuento se tendrán que aplicar necesariamente en el mismo momento en que se genere el derecho a utilizarlos; es decir, en la misma operación de compra. No será posible reservarlos para compras posteriores.
  • Los establecimientos o productores adheridos tienen que registrar cada bono intercambiado en la plataforma web habilitada para la gestión y ejecución del programa adjuntando una copia del ticket de la compra.
  • Los establecimientos adheridos no pueden reservar ni retener bonos para sus clientes.
  • Solo son subvencionables las operaciones llevadas a cabo durante el periodo de vigencia de la campaña.
  • Las ayudas que se concedan en el marco de las convocatorias correspondientes tienen la consideración de subvención a fondo perdido no reintegrables.
  • En ningún caso la utilización de los bonos genera derecho a compensación económica en favor de las personas beneficiarias más allá del importe efectivamente aplicado en las operaciones de compra.
  • L1. Bonos producto local A.1. El ámbito de la actividad subvencionable comprende la adquisición, mediante la aplicación de los bonos descuento en los establecimientos o productores adheridos al programa, de cualquier producto que cumpla con la definición de «producto local» que consta en el artículo 5.1 s de la Ley 3/2019, agraria de las Illes Balears, y que son los siguientes (a los efectos de esta convocatoria, dado su ámbito local, las referencias
  • Productos agrícolas cultivados en Menorca. Identif. doc. elect.: ES-07CIM-2026-2CC2266A-0900-42EC-B978-20ED6D1944BD 31/07/2026 13:51:22 Pag.:9/24 Consell Insular de Menorca-07999- Org.:L03070009 Validar: https://www.carpetaciutadana.org/cime/validardoc.aspx
  • Productos de la ganadería producidos en Menorca. La carne de las especies de porcino, ovino, cabruno y aviar tiene que ser proveniente de animales criados y sacrificados en Menorca de acuerdo con lo que establezca en cada caso el
  • Pueden ser beneficiarias de estas ayudas de minimis las personas físicas y jurídicas privadas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas y las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aunque no tengan personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las acciones que se pretenden fomentar. Además, tienen que ser establecimientos con sede o razón social ubicada en Menorca y tienen que estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias con el Estado, así como no tener deudas pendientes con el Consejo Insular de Menorca. Igualmente, se entienden como beneficiarias indirectas las personas físicas, que tengan dieciséis años o más y accedan a los bonos a través de los establecimientos adheridos a la campaña.
  • Además cada línea tiene que cumplir los siguientes requisitos:
  • L1. Bonos de producto local
  • Los beneficiarios tienen que ser titulares de explotaciones agrarias; puntos que formen parte de la red de venta directa de las Illes Balears con establecimiento ubicado en Menorca; puntos de primera venta, lonjas o centros de expedición de productos de pesca, el marisqueo o la acuicultura; cooperativas agrarias y agroalimentarias; asociaciones o agrupaciones de productores; otros puntos de venta, itinerantes o permanentes en que los productores o elaboradores comercialicen sus productos, e instalaciones de la industria alimentaria ubicadas en Menorca.
  • Los beneficiarios tienen que ser titulares de microempresas o de pequeñas empresas del sector del comercio o de determinadas empresas de servicios. Se considera pequeña empresa la que tiene, en el ejercicio anterior a la presentación de la solicitud de subvención, menos de 50 trabajadores y un volumen de negocio anual o un balance general que no supere los 10 millones de euros. Se considera microempresa la que tiene menos de diez trabajadores y un volumen de negocio o un balance general que no supere los dos millones de euros. Identif. doc. elect.: ES-07CIM-2026-2CC2266A-0900-42EC-B978-20ED6D1944BD 31/07/2026 13:51:22 Pag.:12/24 Consell Insular de Menorca-07999- Org.:L03070009 Validar: https://www.carpetaciutadana.org/cime/validardoc.aspx
  • Tienen que ejercer, en el momento de la publicación de la convocatoria correspondiente, alguna de las actividades incluidas en los epígrafes del impuesto sobre actividades económicas (IAE) (impuesto regulado por los Reales decretos legislativos 1175/1990, de 28 de septiembre, y 1259/1991, de 2 de agosto), que se detallan en el anexo III de estas bases.
  • Proceso de adhesión a la campaña
  • Los titulares de establecimientos y productores que cumplan los requisitos establecidos en estas bases podrán solicitar la adhesión a cada una de las campañas mediante el formulario habilitado a la plataforma web.
  • Las solicitudes solo se podrán presentar por vía telemática, mediante el portal indicado y con la documentación adjunta. No se tendrán en consideración ni se admitirán las solicitudes presentadas por entidades que no cumplan con los requisitos establecidos en la base 7 de estas bases. Si procede, los establecimientos que se adhieran a la línea 1 también podrán adherirse a la línea 2, siempre que cumplan los requisitos específicos establecidos para esta línea.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación