Personas físicasES708 - Lanzarote

Acuerdo de Consejo de Gobierno, del Cabildo Insular de Lanzarote y La Graciosa, por el que se aprueba la Convocatoria de Subvenciones para la Mitigación del Cambio Climático y Transición Energética en las islas de Lanzarote y La Graciosa

Esta convocatoria tiene por objeto establecer las normas y criterios que regirán la concesión de subvenciones ofrecidas por esta institución insular para promover y llevar a cabo proyectos con el fin de contribuir a la eficiencia energética del sistema energético insular, reducir sus emisiones de CO2 y otros contaminantes y lograr una mayor autonomía energética, reduciendo la dependencia extrema de los hidrocarburos…

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES708 - Lanzarote. La gestiona CABILDO INSULAR DE LANZAROTE.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en estas bases, en los términos estable- cidos en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones las per- sonas físicas y/o jurídicas que planteen la actuación subvencionable en el territorio de la isla de
  • Lanzarote y la Graciosa, las cuales deberán respetar y atender a los siguientes criterios:
  • Que hayan realizado la actuación subvencionable a partir del 11 de octubre de 2025.
  • Quedarán excluidas las edificaciones objeto de expediente de disciplina urbanística. Cada participante solo podrá presentar un único proyecto por línea de subvención y ser perceptor de una única subvención por el importe señalado en la convocatoria, con independencia de que las solicitudes sean realizadas como persona física o jurídica. Cód. Validación: 4632ZR7M7QDPTXAE69RRQ9DMA Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 35
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    El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente de la publicación de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de las Palmas. Este plazo podrá ser prorrogado, excepcionalmente por el Consejo de Gobierno Insular. La presentación de las solic itudes fuera del plazo establecido dará lugar a la inadmisión de las mismas sin más trámite.
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    Las solicitudes se dirigirán al Sr./a. Presidente/a del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote
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    y La Graciosa y se podrán presentar tanto de manera presencial como electrónica:
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    Las solicitudes se formalizarán en el modelo que figura como Anexo I en esta Convocato- ria. Deberán presentarse correctamente cumplimentadas y acompañadas por la siguiente
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    documentación:  Anexo II: Declaración Jurada debidamente cumplimentada, firmada y/o sellada.  Anexo III: Declaración Responsable de cumplimiento de requisitos y de no incurrir en ninguna prohibición o exclusión.  Anexo IV: Memoria Explicativa del proyecto debidamente cumplimentada y firmada. En la memoria debe constar todos los datos necesarios para valorar el proyecto, desarro- llando cada uno de los criterios al objeto de poder ser valorado adecuadamente. Como mínimo, deberá constar los datos que se definen en el Anexo IV.  Anexo V: Documento de Presupuestos de Gastos debidamente cumplimentado.  Anexo VI: Documento de alta o modificaciones de terceros debidamente cumplimentado.
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    Documento acreditativo de la identidad del solicitante y en su caso del representante que actúe en su nombre. (Fotocopia de
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    Documento que acredite, en su caso, las facultades de represen- tación. (b) En el caso de que el solicitante sea una empresa pública o privada, enti- dad sin ánimo de lucro o comunidad de vecinos que disponga de perso-
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    Fotocopia del Código de Identificación Fiscal (CIF) de la entidad.
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    Fotocopias de los Estatutos, así como de sus modificaciones (en caso de haberlas).
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    Fotocopia del DNI de la persona que acredite ser el represen- tante acreditado para representar a la entidad y solicitar la sub- vención en su nombre.
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    Fotocopia del Acta, del Poder Notarial o Certificación firmada por el Secretario de la Entidad (asociación, sociedad, fundación etc.) en el que se acredite como representante legitimando a la per- sona que presenta la solicitud de subvención en nombre de la citada entidad. Cód. Validación: 4632ZR7M7QDPTXAE69RRQ9DMA Verificación: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 35
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    PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo dentro del que deben realizarse los gastos subvencionados será desde el 11 de octubre de 2025 hasta cuatro meses después de la publicación del listado de resolución definitivo.
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    PLAZO DE JUSTIFICACIÓN El plazo de justificación será de 1 mes una vez concluido el plazo de ejecución. La justificación se realizará por la modalidad de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, según lo dispuesto en el artículo 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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    La entidad beneficiaria deberá aportar la siguiente documentación:
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    Solicitud de Justificación de la Subvención (Anexo VIIb).
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    Relación clasificada de los gastos subvencionables, según modelo oficial (Anexo VIII).

Gastos y actuaciones

  • CONCEPTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN La concesión de dichas subvenciones se realizará siguiendo el procedimiento de concurrencia competitiva, tal y como se establece en el punto Duodécimo de las citadas Bases.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Esta convocatoria tiene por objeto establecer las normas y criterios que regirán la concesión de subvenciones ofrecidas por esta institución insular para promover y llevar a cabo proyectos con el fin de contribuir a la eficiencia energética del sistema energético insular, reducir sus emisiones de CO2 y otros contaminantes y lograr una mayor autonomía energética, reduciendo la dependencia extrema de los hidrocarburos. Serán objeto de subvención de esta Convocatoria, los proyectos presentados en la línea de ac- tuación número 2 (Actuaciones para la producción de energía fotovoltaica y eólica), de acuerdo con las Bases Reguladoras de las Subvenciones del Cabildo de Lanzarote pa ra la Miti- gación del Cambio Climático y Transición Energética en las islas de Lanzarote y La Graciosa, de