Junta de Gobierno Local, por el que se concede Subvención Nominativa a la ASOCIACIÓN DE PERSONAS SORDAS DE ZAMORA · 2026

Título oficial: Acuerdo de 30 de junio de 2026, de la Junta de Gobierno Local, por el que se concede Subvención Nominativa a la ASOCIACIÓN DE PERSONAS SORDAS DE ZAMORA

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES419 - Zamora. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ZAMORA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Personas con discapacidad.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 15.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • - Presentar, con carácter previo a la firma de este Convenio, la siguiente
  • Memoria explicativa de actividades
  • Presupuesto equilibrado de ingresos y gastos.
  • Destino de los fondos a percibir.
  • Certificado de estar al corriente de pagos con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
  • Certificado de estar al corriente de pagos con la Tesorería General de Seguridad Social.
  • Declaración jurada de reunir las condiciones exigidas para la obtención de subvenciones de las Administraciones Públicas y no hallarse en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 9 de la Ordenanza General de Subvenciones
  • AYUNTAMIENTO DE ZAMORA Plaza Mayor , 1 - 49001 - Zamora - T. 980 548 700 - zamora.es del Excmo. Ayuntamiento de Zamora que impida obtener la condición de beneficiario de las mismas, junto con el documento acreditativo del cargo del declarante.
  • - Realizar la actividad subvencionada y justificar su financiación, de acuerdo con la memoria presentada, conforme lo establecido en este Convenio y en la resolución o acuerdo de concesión.
  • - Presentar la documentación justificativa de la subvención concedida en tiempo y forma de acuerdo con los parámetros establecidos en la resolución de concesión y en el presente Convenio.
  • - Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de la actividad, así como el control financiero e inspección de la aplicación de la subvención concedida, efectuados por la Entidad concedente de la subvención.
  • - Comunicar al Excmo. Ayuntamiento de Zamora, tan pronto como sean conocidas y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación de los fondos percibidos, las alteraciones de las condiciones tenidas en cuenta para su otorgamiento, así c omo la aceptación de otras subvenciones, ayudas públicas o privadas, ingresos o recursos para la misma finalidad.
  • - No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones.
  • -Hacer constar expresamente la colaboración del Excmo. Ayuntamiento de Zamora en toda publicación, anuncios, dípticos o cualquier otro material publicitario relativo a las actividades subvencionadas. En el caso de programas informáticos, en el propio sof tware deberá figurar el carácter de actividad subvencionada por el Ayuntamiento de Zamora.
  • -Cualesquiera otras establecidas legal o reglamentariamente.
  • - Plazo de justificación: La justificación por el/la perceptor/a de la subvención deberá de realizarse en el plazo de un mes desde la finalización de la actividad, hasta el 30 de noviembre de 2026, de acuerdo con lo establecido en los parámetros del presente convenio y de la resolución o acuerdo de concesión.
  • - Totalidad del proyecto: La justificación se hará por la totalidad del proyecto presentado o de sus modificaciones, incluido el supuesto de financiación propia o subvenciones concurrentes. Para que se realice el pago íntegro de la subvención otorgada será preciso justificar gastos definidos como subvencionables por, como mínimo, el importe del presupuesto presentado en el expediente de la subvención otorgada. El importe final de la subvención vendrá limitado por el importe final justificado, de acuerdo con la resolución o acuerdo de concesión, sin que en ningún caso pueda existir exceso de financiación sobre el coste de la actividad o proyecto, en
  • - Documentación justificativa: La documentación justificativa a presentar por
  • .-Memoria de las actividades desarrolladas y de los resultados obtenidos respecto del proyecto presentado para la obtención de la subvención.
  • .-Relación detallada de la totalidad de los ingresos , subvenciones, ayudas, o recursos para la misma finalidad que constituye el objeto del presente Convenio, con independencia de su procedencia.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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