que aprueba la concesión de subvención nominativa a la Asociación Donantes de Vida 2026 para la ejecución del proyecto…

Título oficial: Acuerdo de 28 de agosto de 2026 de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Almería, que aprueba la concesión de subvención nominativa a la Asociación Donantes de Vida 2026 para la ejecución del proyecto "VI Asamblea de Donantes de Sangre de Almería"

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES611 - Almería. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 0,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Descripción del proyecto “VI ASAMBLEA DE DONANTES DE SANGRE DE ALMERÍA”.
  • Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Agencia Tributaria de Andalucía y con el Órgano de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Almería.
  • Documento contable de Retención de Crédito de fecha 20/07/2026 y número de operación 220260029047, emitido por la Unidad de Contabilidad.
  • Certificado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Excmo. Ayuntamiento de Almería, de fecha 28/07/2026. QUINTO.- La subvención se encuentra incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Almería 2025-2027, actualizado y aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno Local en fecha 15/05/2026. SEXTO.- Teniendo en cuenta lo anterior, se considera que el beneficiario cumple con los requisitos necesarios para acceder a la subvención solicitada y que no se encuentra en ninguna de las prohibiciones señaladas en los números 2 y 3 del artículo 13 de la LGS y demás normativa de aplicación, según los datos que obran actualmente en el expediente.
  • Denominación del Proyecto: “VI ASAMBLEA DE DONANTES DE SANGRE DE
  • Importe del proyecto: SIETE MIL EUROS (7.000,00 €).
  • Importe de la subvención: CUATRO MIL EUROS (4.000,00 €).
  • Importe que financian resto del proyecto: TRES MIL EUROS (3.000,00 €)
  • Importe a justificar: SIETE MIL EUROS (7.000,000 €).
  • Aplicación presupuestaria: A100 311.01 489.00 ASOC. DONANTES DE VIDA CIF. G04877007, del Presupuesto Municipal 2026.
  • Plazo de ejecución: del 1 de julio al 30 de diciembre de 2026.
  • Subcontratación: No se contempla la subcontratación.
  • El porcentaje máximo de los costes indirectos subvencionables se valorará en relación al proyecto presentado, entendiéndose por costes indirectos aquellos gastos estructurales de la entidad que, sin ser imputables directamente a una actividad definida en el proyecto, son necesarios para que la actividad subvencionada se realice (energía eléctrica, teléfono, internet, agua, alquileres, limpieza, mantenimiento, seguros, etc.).
  • Los importes máximos para los gastos de manutención y alojamiento son los correspondientes a Grupo A, establecido en el RD 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, es decir, 53,34 €/día en el caso de la manutención y 102,56 € en el caso del alojamiento.
  • Se recomienda al beneficiario llevar una contabilidad separada del programa o actividad subvencionada, bien mediante cuentas específicas dentro de su contabilidad oficial, bien mediante libros registro abiertos al efecto.
  • La subvención concedida será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas,
  • AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA Delegación de Área de Presidencia, Innovación y Fondos Europeos Presidencia . La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16341403560046665345 en https://sede.aytoalmeria.es ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados, nacionales o de la Unión Europea o de Organismos Internacionales. Es obligación del beneficiario comunicar la obtención de estos ingresos. No obstante, y en todo caso, el importe de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Almería o sus Organismos autónomos más otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos no podrá ser superior al coste del presupuesto de la actividad aprobado por la Administración.
  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:
  • Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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