Acuerdo de 25 de junio de 2026 de la JCYL, por el que se autoriza la concesión directa de una subvención Fundación Obra Social de Castilla y León (FUNDOS) para la restauración interior y recuperación arquitectónica de la planta noble casa Botines en León

1. La subvención a la Fundación Obra Social de Castilla y León (FUNDOS) tiene por objeto financiar la restauración interior y recuperación arquitectónica de la planta noble del edificio Casa Botines en León.

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES413 - León. La gestiona CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • El beneficiario deberá justificar el cumplimiento de la finalidad de la subvención y la aplicación de los fondos concedidos mediante la presentación de una cuenta justificativa
  • Memoria de Actuación con el siguiente contenido: 1º. Objetivos previstos. 2º. Actividades realizadas. 3º. Resultados obtenidos, con indicación expresa de la efectiva consecución, con carácter total o parcial, del objeto y la finalidad para los cuales fue concedida la subvención. 4º. Reportaje fotográfico que acredite la correcta ejecución material de las actividades subvencionadas, así como la publicidad y difusión de la Identidad Corporativa de la Junta de Castilla y León.
  • Memoria Económica con el siguiente contenido: 1º. Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, ordenadas y numeradas. 2º. Documentos acreditativos de los pagos realizados, ordenados y numerados de manera coincidente con los correspondientes gastos. 3º. Relación clasificada y numerada de los gastos y pagos realizados, conforme al modelo que se determine por el órgano gestor.
  • Documentación técnica: 1º. Proyecto de obra firmado por el proyectista. 2º. Copia de la Licencia municipal emitida por el Ayuntamiento competente o Declaración Responsable, según proceda. 3º. Memoria justificativa de las obras efectivamente ejecutadas conforme al proyecto autorizado. 4º. Presupuesto final realmente ejecutado. 5º. Certificado Final de Obra (CFO) firmado por el Director de Obra. 6º. Autorizaciones sectoriales, en su caso, en función del tipo de obra.
  • El plazo de ejecución transcurre desde el 1 de junio de 2025 hasta el 1 de octubre de 2026, ambos inclusive.
  • El plazo para presentar la documentació n justificativa comprende hasta el día 5 de octubre de 2026, inclusive.

Gastos y actuaciones

  • Segunda. Gastos subvencionables. · eligible
    Son subvencionables todos aquellos gastos que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y estén directamente relacionados con ella, resultando estrictamente necesarios e indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma y hayan sido generados por las actividades efectivamente real izadas y pagadas con anterioridad a la finalización del período de justificación, incluidas sus prórrogas.
  • Segunda. Gastos subvencionables. · eligible
    Son subvencionables, entre otros, los siguientes gastos:
  • Segunda. Gastos subvencionables. · eligible
    Ejecución de las obras, trabajos y actuaciones de conservación, consolidación, restauración, acondicionamiento, adecuación y rehabilitación realizados en los bienes objeto de subvención; proyectos, planes, estudios, informes técnicos; honorarios facultativos para el desarrollo de los trabajos; adquisición e instalación de mobiliario.
  • Segunda. Gastos subvencionables. · eligible
    Gastos g enerados por el c umplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales; medidas de seguridad y coordinación de seguridad y salud; equipos de protección individual.
  • Segunda. Gastos subvencionables. · eligible
    Gastos que se deriven por la difusión de la identidad corporativa de la Administración de la Comunidad de Castilla y León mediante vallas y placas informativas.
  • Segunda. Gastos subvencionables. · ineligible
    No son subvencionables:
  • Segunda. Gastos subvencionables. · eligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • Segunda. Gastos subvencionables. · eligible
    Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, ni los gastos de procedimientos judiciales.
  • Segunda. Gastos subvencionables. · eligible
    Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
  • Segunda. Gastos subvencionables. · eligible
    Los gastos protocolarios y de representación.
  • Segunda. Gastos subvencionables. · eligible
    Los gastos de promoción, comunicación y valorización de las actuaciones realizadas.
  • Segunda. Gastos subvencionables. · eligible
    De conformidad con el artículo 32.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el importe de la subvención concedida constituye un importe cierto sin referencia a un porcentaje o fracción del coste total de las actividades, siendo por cuenta del beneficiario, en su caso, la diferencia de financiación que pudiera resultar necesaria para la total consecución de la finalidad.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1. La subvención a la Fundación Obra Social de Castilla y León (FUNDOS) tiene por objeto financiar la restauración interior y recuperación arquitectónica de la planta noble del edificio Casa Botines en León.