Acuerdo de 08/07/2026 de la Junta de Gobierno Local por el que se aprueban las bases y la convocatoria de las subvencio…

Título oficial: Acuerdo de 08/07/2026 de la Junta de Gobierno Local por el que se aprueban las bases y la convocatoria de las subvenciones de concurrencia competitiva del año 2026

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es XXXX - TODO EL MUNDO. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CABRILS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 70.100,00 €. Inicio: 07/09/2026. Plazo: Fin: 27/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Las personas beneficiarias deberán cumplir las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003, general de subvenciones, así como en la Ordenanza General de Subvenciones de este ayuntamiento.
  • CUANTIA DE LAS AYUDAS Las subvenciones se harán efectivas con cargo a las aplicaciones presupuestarias que se detallan
  • PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN El procedimiento de concesión de las subvenciones a las que se refieren estas bases será el de concurrencia competitiva. Se realizará una convocatoria pública a la que podrán presentarse las entidades que reúnan los requisitos previstos en el apartado 3 de estas bases reguladoras. La convocatoria se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB). El procedimiento para la concesión de las subvenciones se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en los artículos 22 a 27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como con lo dispuesto en la Sección Segunda de la Ordenanza General de Subvenciones de este Ayuntamiento.
  • PLAZO, LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES Los solicitantes deberán presentar sus solicitudes al Ayuntamiento de Cabrils exclusivamente por medios telemáticos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para la presentación será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de las bases específicas en el BOPB.
  • Los modelos normalizados de solicitud y el resto de documentos requeridos estarán disponibles en la página web del Ayuntamiento de Cabrils (www.cabrils.cat). La presentación de la solicitud implica el conocimiento y la aceptación de las normas que regulan el procedimiento. Asimismo, el hecho de presentar una solicitud no garantiza el otorgamiento de la subvención, que será resuelto una vez analizada la propuesta de actividad y valorada de acuerdo con los criterios establecidos en la normativa vigente.
  • La documentación que hay que presentar para solicitar la subvención es la siguiente:
  • Resumen del proyecto en el formato normalizado, que incluya una declaración responsable en la cual se ponga de manifiesto que la entidad cumple con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 18 de noviembre, general de subvenciones, para poder ser beneficiaria de estas ayudas.
  • Model de presupuesto normalizado con el detalle de los diferentes programas y actividades para las que se solicita subvención
  • Documento relativo a los datos bancarios de pago a terceros
  • Declaración responsable del representante legal de la entidad en la cual se ponga de manifiesto que las personas implicadas en el proyecto por el cual se solicita la subvención no han sido condenadas por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e identidad sexual.*
  • Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. *Esta declaración deberá aportarse en aquellas solicitudes en que el proyecto subvencionable comporte el ejercicio de profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores de edad. De acuerdo con lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 dias subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con la indicación que, si no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición.
  • Trayectoria y experiencia de la entidad (hasta 15 puntos) Valoración de la antigüedad, trayectoria y experiencia en proyectos similares
  • Nombre de socios y vinculación con Cabrils (hasta 10 puntos) Se valora especialmente la presencia de socios empadronados en Cabrils
  • Participación activa en eventos del pueblo (hasta 10 puntos) Valoración de la implicación de la entidad en actividades, fiestas o actos culturales organizados en Cabrils.
  • Déficit de actividades análogas (hasta 15 puntos) Se priorizan propuestas únicas o que cubran déficits en la oferta actual del municipio
  • Adecuación del proyecto a los objetivos de la convocatoria (hasta 20 puntos) Grado de encaje y alineación del proyecto con las finalidades establecidas en las bases de la subvención.
  • Viabilidad económica y necesidad del soporte público (hasta 15 puntos) Se valora si el proyecto se podría realizar parcialmente o no se podría realizar sin soporte económico.
  • Impacto e interés general del proyecto para Cabrils (hasta 15 puntos) Valoración de la contribución del proyecto al bienestar ciudadano y al tejido asociativo del municipio Total máximo: 100 puntos Criterio Descripción y baremo de puntuación Puntuación máxima Trayectoria y experiencia de la entidad
  • Más de 10 años de actividad: 15 puntos
  • Entre 5 y 10 años: 10 puntos

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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