FundacionesPersonas físicasES41 - CASTILLA Y LEON

Acuerdo de 04 de junio de la JCyL por el que se autoriza la concesión de una subvención directa a la Fundación de Investigación del Cáncer de la Universidad de Salamanca para impulsar la investigación en medicina regenerativa y terapia celular

Investigación, desarrollo e innovación

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Personas físicas. Su ámbito territorial es ES41 - CASTILLA Y LEON. La gestiona CONSEJERÍA DE SANIDAD Y BIENESTAR SOCIAL.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Una memoria de actuación comprensiva de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que
  • Relación firmada por el representante legal de los documentos de justificación presentados, debidamente agrupados y ordenados por el tipo de gasto e inversión, con
  • Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil que acrediten la realización del gasto, reflejándose en ellos, mediante el correspondiente estampillado, que ha sido subvencionado por la Consejería de Sanidad, y, en su caso, la documentación acreditativa del pago. En particular, para justificar los gastos de personal, deberá presentarse contratos del personal, nóminas y boletines de cotización a la Seguridad Social, documentos de retención del IRPF, mensual o trimestral, y el modelo 190 del ejercicio correspondiente cuando se presente.
  • Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba haber solicitado el beneficiario.
  • • Si el proyecto ha sido financiado, además de con esta subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, declaración responsable del representante legal del importe, procedencia y aplicación de tales fondos al objeto subvencionado, debiendo reflejar expresamente, en su caso, el coste total de las actividades desarrolladas.
  • De conformidad con lo previsto en el artículo 47.1 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, los incumplimientos por el beneficiario de las condiciones a que esté sujeta la subvención darán lugar, según los casos, a que no proceda el abono de la subvención o se reduzca en la parte correspondiente cuando no se justifiquen gastos por la totalidad de la subvención concedida, o se proceda al reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente.
  • CUARTA.- Plazo de justificación. La justificación deberá presentarse en la forma prevista en el apartado anterior, y tendrá como fecha límite el 7 de octubre de 202 6. Este plazo podrá ser prorrogado por el Consejero de Sanidad, de conformidad con lo previsto en el artículo 42.3 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.
  • QUINTA.- Aceptación. La concesión de la subvención se notificará al beneficiario que deberá aceptarla en el plazo de treinta días desde su notificación . Transcurrido dicho plazo sin que se haya aceptado se entenderá que renuncia a ella.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Investigación, desarrollo e innovación