FundacionesPersonas jurídicasES41 - CASTILLA Y LEON

Acuerdo 20.08.26 JCyL, autoriza concesión directa subvención fundaciones universidades públicas Salamanca, Valladolid…

Título oficial: Acuerdo 20.08.26 JCyL, autoriza concesión directa subvención fundaciones universidades públicas Salamanca, Valladolid, León, Burgos, apoyar financiación becas estudios posgrado para oriundos o procedentes CyL residentes en Hispanoamérica

1. La subvención concedida de forma directa a CEOE Castilla y León y al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León, tendrá como objeto financiar un programa de colaboración institucional constituido por actuaciones de promoción del emprendimiento y contratación por cuenta ajena de ciudadanos oriundos o procedentes de Castilla y León, que residan en el extranjero o en otras comunidades o ciudades autónomas.

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES41 - CASTILLA Y LEON. La gestiona CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Fundaciones, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 80.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • CEOE Castilla y León, doscientos mil euros (200.000 €).
  • Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León, doscientos mil euros (200.000 €). La imputación de este gasto se realiza de acuerdo con lo establecido en el apartad o 2 del
  • La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de la subvención revestirá la forma de cuenta justificativa de los gastos realizados,
  • Memoria de Actuación: 1º. Actividades realizadas. 2º. Recursos materiales utilizados. 3º. Colaboraciones externas. 4º. Declaración responsable de resultados obtenidos.
  • Se considerará gasto subvencionable el derivado de actuaciones realizadas desde el 2 de diciembre de 2025 hasta la finalización del periodo de justificación.
  • El importe de la subvención concedida se justificará como máximo hasta el 1 de diciembre de 2026.
  • Este plazo podrá ser prorrogado por el consejero de la Presidencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1. La subvención concedida de forma directa a CEOE Castilla y León y al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León, tendrá como objeto financiar un programa de colaboración institucional constituido por actuaciones de promoción del emprendimiento y contratación por cuenta ajena de ciudadanos oriundos o procedentes de Castilla y León, que residan en el extranjero o en otras comunidades o ciudades autónomas.