Acuerdo 178/26 de 25/09/26 por el que se aprueba convocatoria de subvenciones a ayuntamientos de menos de 20.000 habita · 2026

Título oficial: Acuerdo 178/26 de 25/09/26 por el que se aprueba convocatoria de subvenciones a ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes y entidades locales menores para la mejora de la accesibilidad en edificios de titularidad municipal, año 2026.

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES418 - Valladolid. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 325.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • A la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación: Proyecto técnico o memoria valorada suscrita por técnico competente descriptiva de la actuación para la que solicita la subvención, justificando la necesidad de dicha actuación para mejorar la accesibilidad, así como el destino del edificio objeto de la misma, si se trata de obras, y/o Presupuesto, si se trata de adquisiciones.
  • Número de habitantes del municipio o entidad local menor:
  • Municipios o Entidades Locales Menores de hasta 150 habitantes: 5 puntos.
  • Municipios o Entidades Locales Menores de 151 a 500 habitantes: 4 puntos.
  • Municipios o Entidades Locales Menores de 501 a 1.000 habitantes: 3 puntos.
  • Municipios o Entidades Locales Menores de 1.001 a 5.000 habitantes: 2 puntos.
  • Personas empadronadas que tengan más de 65 años:
  • Municipios o Entidades Locales Menores con más del 30% de personas de más de 65 años: 5 puntos.
  • Municipios o Entidades Locales Menores que tengan entre un 25% y un 29,99% de personas de más de 65 años: 4 puntos.
  • Municipios o Entidades Locales Menores que tengan entre un 20% y un 24,99% de personas con más de 65 años: 3 puntos.
  • Municipios o Entidades Locales Menores que tengan entre un 15% y un 19,99% de personas con más de 65 años: 2 puntos.
  • Municipios o Entidades Locales Menores que tengan menos de un 14,99% de personas con más de 65 años: 1 punto. En el caso de que por la aplicación de los criterios señalados se produjera un empate, tendrán prioridad los municipios o entidades locales menores con población menor. Si efectuada la asignación de subvenciones entre las solicitudes que reúnan la condición de preferentes, no se agotase el crédito total disponible, el resto del crédito se repartirá entre los solicitantes admitidos no preferentes, aplicando los mismos puntos del baremo anterior. Para aplicar estos criterios se tendrá en cuenta los últimos datos publicados sobre la población por el Instituto Nacional de Estadística.
  • Realizar el gasto que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que efectúe la Diputación de Valladolid.
  • Comunicar por escrito a la Diputación de Valladolid, con una antelación de al menos diez días a la fecha de realización, cualquier cambio en la actuación subvencionada. Si el cambio comunicado supusiera una modificación sustancial que no reúne las condiciones exigibles para considerarse un gasto subvencionable, será desestimado motivadamente mediante resolución.
  • Comunicar a la Diputación de Valladolid la obtención de otras subvenciones o ayudas que financien el gasto realizado.
  • Justificar ante la Diputación de Valladolid la aplicación de los fondos percibidos y proceder a su reintegro en los supuestos previstos en el art. 37 de la LGS.
  • La identificación del solicitante; 2) Completar el propio formulario de la solicitud; 3) Adjuntar los documentos anexos que exige la convocatoria; 4) Firmar elec trónicamente la solicitud y 5) Obtener el recibo de la solicitud presentada. Si, por cualquier circunstancia no pudiese completar todas las tareas en la misma sesión y abandona la aplicación sin finalizar o completar todo el proceso puede recuperar las mismas y reanudar el proceso accediendo a través del menú tareas de la carpeta ciudadana de la Sede. NO es necesario que reinicie el trámite una y otra vez, sino que puede completar el mismo proceso en sesiones diferentes, desde la última tarea completada. https://www.sede.diputaciondevalladolid.es/tgauth/login?redirect=%2Fov%2Fcarpeta- ciudadana
  • Datos identificativos del solicitante: Es obligatorio acceder con el certificado electrónico de representante de la Entidad Local correspondiente. Al acceder al trámite, la aplicación le pedirá en primer lugar registrarse como usuario de la aplicación o confirmar los datos de registro, si ya lo estuviera. Una vez registrado en la Plataforma, se cargarán en la aplicación los datos identificativos requeridos para el trámite.
  • Formulario de la solicitud:

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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