Personas jurídicasES612 - Cádiz

ACTIVIDADES CULTURALES Y GASTOS CORRIENTES

El presente convenio tiene por objetivo establecer un marco de colaboración entre Diputación Provincial de Cádiz y la Asociación de Prensa de Cádiz, en el desarrollo de las actividades que le son propias y la financiación de las mismas. En concreto, el objeto del presente convenio es la realización del proyecto denominado “Actividades culturales y gastos corrientes”. En concreto, la actuación a desarrollar consistirá la realización de actividades culturales durante el ejercicio 2026 que por su contenido y naturaleza son susceptibles de contribuir al desarrollo económico y social de la provincia, particularmente por su dimensión cultural e informativa…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES612 - Cádiz. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Diputación Provincial de Cádiz, así como no hallarse incurso en procedimiento de reintegro con ésta por subvenciones anteriormente concedidas.
  • Presentar declaración jurada por su representante legal de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Acreditar mediante certificación original o copia cotejada de estar al corriente en los pagos con la Seguridad Social, o en su defecto, acuerdo de aplazamiento (conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones) así como de estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Estado y la Comunidad Autónoma.
  • Aportar la documentación que la Diputación Provincial le requiera y que guarde relación con la subvención objeto del presente convenio.
  • Asumir toda la responsabilidad que pudiera derivarse de la organización y desarrollo del proyecto, de tal forma que la Excma. Diputación Provincial de Cádiz quede exonerada de cualquier clase de responsabilidad.
  • Por otra parte, la Asociación de Prensa de Cádiz deberá hacer constar en la actuación objeto de este Convenio, la colaboración de la Diputación Provincial mediante la inserción de la imagen corporativa en todos los soportes que sean utilizados.
  • Asimismo, el beneficiario se compromete a justificar el desarrollo de la actividad subvencionada y el empleo de los fondos públicos concedidos. En su caso deberá comunicar cualquier eventualidad que altere, dificulte o impida la aplicación de la ayuda a la finalidad para la que se le otorgó.
  • Por último, la Asociación de Prensa de Cádiz autoriza a la Diputación Provincial de Cádiz a consultar o recabar los certificado s tributarios que sean pertinentes para proceder a la tramitación correcta de la presente subvención. Oficina Técnica de la Presidencia. - Edif. Roma - Avda. 4 de diciembre de 1977, 11-12. 11006 Cádiz T 956/240720 W www.dipucadiz.es 3 de 16 Convenio inscrito en el registro con número D/CG/00054/2026 de fecha 21/04/2026 Firmado por SECRETARÍA GENERAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.
  • mensual. Las cantidades retenidas en nómina a cuenta de IRPF y seguros sociales del trabajador, no se considerarán gastos justificables, ya que no se trata de un gasto de la asociación propiamente dicho, sino del empleado, aunque sea ésta quien lo retenga a efectos de su posterior ingreso en la Hacienda Pública o en la Seguridad Social. En caso de justificación mediante nóminas, y en resumen, sólo habrá que aportarse: contrato de trabajo y posibles prórrogas, nóminas imputadas, y en caso de que en las mismas no se refleje el importe de los seguros sociales a cuenta de la empresa, un certificado donde detalle dicha cantidad. No será necesario aportar copia de los modelos RLC y RNT de la Seguridad Social, ni declaración trimestral modelo 111 de la Agencia Tributaria. Si durante la ejecución de la actividad se organizasen premios consistentes
  • en pagos en metálico, se deberá aportar:
  • Acta del jurado que otorga el premio, con indicación de los nombres de los ganadores, su prelación, y el importe a recibir.
  • Recibí firmado por el/los ganador/es del premio en metálico, donde se reflejará, en caso de tratarse de persona física, el porcentaje e importe a retener en concepto de IRPF. En caso de que el premio se otorgue me- diante transferencia bancaria, justificante del pago. Se imputará el líqui - do que se le abona. No se contempla como gasto subvencionable el im - porte correspondiente a IRPF. En caso de que se realicen ponencias por persona físicas, se admitirán recibís y, únicamente, cuando su prestación no sea habitual ni continuada en el tiempo. Deberá reunir unos mínimos requisitos formales: identificación de emisor y receptor, y al menos, NIF del receptor; firma del receptor; fecha; y concepto detallado de la prestación. No se contempla como gasto subvencio - nable el importe correspondiente a IRPF. En el caso de facturas generadas por profesionales, las cantidades retenidas a cuenta de IRPF no se imputarán como gastos subvencionables. Si imputará el importe líquido de la factura, que coincidirá con el justificante de pago rea - lizado.
  • Otros documentos a presentar.
  • Cuenta justificativa. Contenido (Anexo de Justificación) La acreditación de la realización del proyecto o actividad subvencionada, así como la justificación de que los fondos recibidos han sido aplicados a la finalidad para la cual fueron concedidos, se efectuará mediante la entrega de
  • Memoria final de actuación detallada, suscrita por quien ostente la re - Oficina Técnica de la Presidencia. - Edif. Roma - Avda. 4 de diciembre de 1977, 11-12. 11006 Cádiz T 956/240720 W www.dipucadiz.es 6 de 16 Convenio inscrito en el registro con número D/CG/00054/2026 de fecha 21/04/2026 Firmado por SECRETARÍA GENERAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.
  • Una memoria económica justificativa, conforme al Anexo de Justifica -
  • Gastos realizados con anterioridad a la firma del Convenio. Los gastos realizados con anterioridad a la suscripción del Convenio, que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la subvención, serán imputables a la cuantía prevista en el mismo, siempre que estén debidamente justificados y se hayan realizado a partir del 1 de enero de
  • Es decir, no se admitirán facturas y/o justificantes emitidos con fecha anterior al citado 1 de enero, aunque la actividad a la que se refiere tenga lugar en el ejercicio en curso.
  • Otros gastos subvencionables Los gastos de asesoría jurídica o fiscal/contable, los gastos notariales y regis - trales y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos serán subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma, con excepción de lo estipula - do en el art. 31.7 de la Ley 38/2003). Serán imputables al Convenio aquellos gastos realizados en el plazo de su vigencia que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y cuyo pago se realice en el año 2026 con a nterioridad a la presentación de la cuenta justificativa.
  • DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD Nombre o razón social

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El presente convenio tiene por objetivo establecer un marco de colaboración entre Diputación Provincial de Cádiz y la Asociación de Prensa de Cádiz, en el desarrollo de las actividades que le son propias y la financiación de las mismas. En concreto, el objeto del presente convenio es la realización del proyecto denominado “Actividades culturales y gastos corrientes”. En concreto, la actuación a desarrollar consistirá la realización de actividades culturales durante el ejercicio 2026 que por su contenido y naturaleza son susceptibles de contribuir al desarrollo económico y social de la provincia, particularmente por su dimensión cultural e informativa. Entre las actividades a realizar destaca la Velada de la Prensa, que es un acto social de profunda raigambre en la ciudad de Cádiz, en la que se dan cita periodistas, escritores, políticos y miembros de la cultura y las artes de nuestra ciudad. En dicho acto la Asociación de Prensa de Cádiz distingue anualmente la labor periodística a través de la entrega de premios como Paco Navarro de Carnaval, Cádiz de Periodismo y el premio Agustín Merello de la Comunicación. Por otro lado, organizará cursos, seminarios y jornadas que sirven para la formación de los periodistas de la provincia. Oficina Técnica de la Presidencia. - Edif. Roma - Avda. 4 de diciembre de 1977, 11-12. 11006 Cádiz T 956/240720 W www.dipucadiz.es 2 de 16 Convenio inscrito en el registro con número D/CG/00054/2026 de fecha 21/04/2026 Firmado por SECRETARÍA GENERAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.