Personas jurídicasES612 - Cádiz

Actividades Conmemorativas del Cincuentenario de su constitución

El objeto del presente convenio es establecer un marco de colaboración entre Diputación Provincial de Cádiz y el Consejo Local de Hermandades y Cofradías de Arcos, en el desarrollo de las actividades que le son propias y la financiación de las mismas. En concreto, el objeto del presente convenio consiste en la realización del proyecto denominado “ Actividades conmemorativas del cincuentenario de su constitución”…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES612 - Cádiz. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 50.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Diputación Provincial de Cádiz, así como no hallarse incurso en procedimiento de reintegro con ésta por subvenciones anteriormente concedidas.
  • Presentar declaración jurada por su representante legal de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Acreditar mediante certificación original o copia cotejada de estar al corriente en los pagos con la Seguridad Social, o en su defecto, acuerdo de aplazamiento conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, así como de estar al corriente de las obligaciones fiscales con Oficina Técnica de la Presidencia. - Edif. Roma - Avda. 4 de diciembre de 1977, 11-12. 11006 Cádiz T 956/240720 W www.dipucadiz.es 3 de 16 Convenio inscrito en el registro de Diputación de Cádiz con el número D/CG/00510/2026 con fecha 19/08/2026, CSV: DPC-8bw8-ztcr-riv0-pdxl-cx4r-n003-ulsvl Firmantes: SECRETARÍA GENERAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ., Verificable en: https://sede.dipucadiz.es/verificacion-firma?csv=DPC-8bw8-ztcr-riv0-pdxl-cx4r-n003-ulsvl
  • Aportar la documentación que la Diputación Provincial le requiera y que guarde relación con la subvención objeto del presente convenio.
  • Asumir toda la responsabilidad que pudiera derivarse de la organización y desarrollo del proyecto, de tal forma que la Excma. Diputación Provincial de Cádiz quede exonerada de cualquier clase de responsabilidad.
  • Hacer constar en la actuación objeto est e Convenio, la colaboración de la Diputación Provincial mediante la inserción de la imagen corporativa en todos los soportes que sean utilizados.
  • Justificar en los términos establecidos en la Estipulación Octava del presente Convenio, el desarrollo y ejecución de la actuación subvencionada, así como el empleo de los fondos públicos concedidos, comunicando en su caso, cualquier eventualidad que altere, dificulte o impida la aplicación de la ayuda a la finalidad para la que se le otorgó.
  • Por último, el Consejo Local de Hermandades y Cofradías de Arcos autoriza a la Diputación Provincial de Cádiz a consultar o recabar los certificados tributarios que sean pertinentes para proceder a la tramitación correcta de la presente subvención.
  • beneficiario sin la factura acreditativa de los mismos. Es decir, son válidas las facturas de desplazamiento (como vuelos, trenes, gasolina siempre que dicha factura sea acreditación efectiva de la realización del desplazamiento acorde con la fecha en que tiene lugar el desarrollo de la actividad, lo cual debe quedar debidamente acreditado). Como regla general, no se admitirán como justificantes tickets o recibos que no tengan la condición de factura (por ejemplo de parkings o peajes). En caso de los mencionados tickets o recibos tengan la condición de facturas simplificadas , éstas deberán llevar el nombre de la asociación o entidad beneficiaria de la subvención. Sin este requisito, no serán admitidas. En cualquier caso, las facturas simplificadas contendrán, al menos, los datos o requisitos enumerados en el artículo 7 del Real Decreto 1619/2012. Si durante la ejecución de la actividad se organizasen premios consistentes en
  • pagos en metálico, se deberá aportar:
  • Acta del jurado que otorga el premio, con indicación de los nombres de los ganadores, su prelación, y el importe a recibir.
  • Recibí firmado por el/los ganador/es del premio en metálico, donde se reflejará, en caso de tratarse de persona física, el porcentaje e importe a retener en concepto de IRPF. En caso de que el premio se otorgue me - diante transferencia bancaria, justificante del pago. Se imputará el líqui - do que se le abona. No se contempla como gasto subvencionable el im - porte correspondiente a IRPF. En caso de que se realicen ponencias por persona físicas, se admitirán recibís y, únicamente, cuando su prestación no sea habitual ni continuada en el tiem- po. Deberá reunir unos mínimos requisitos formales: identificación de emisor y receptor, y al menos, NIF del receptor; firma del receptor; fecha; y concep - to detallado de la prestación. No se contempla como gasto subvencionable el importe correspondiente a IRPF. En el caso de facturas generadas por profesionales, las cantidades retenidas a cuenta de IRPF no se imputarán como gastos subvencionables. Si impu- tará el importe líquido de la factura, que coincidirá con el justificante de pago realizado.
  • Otros documentos a presentar.
  • Cuenta justificativa. Contenido (Anexo de Justificación) La acreditación de la realización del proyecto o actividad subvencionada, así como la justificación de que los fondos recibidos han sido aplicados a la finalidad para la cual fueron concedidos, se efectuará mediante la entrega de
  • Memoria final de actuación detallada, suscrita por quien ostente la re - presentación legal, que describirá los objetivos y resultados consegui - Oficina Técnica de la Presidencia. - Edif. Roma - Avda. 4 de diciembre de 1977, 11-12. 11006 Cádiz T 956/240720 W www.dipucadiz.es 6 de 16 Convenio inscrito en el registro de Diputación de Cádiz con el número D/CG/00510/2026 con fecha 19/08/2026, CSV: DPC-8bw8-ztcr-riv0-pdxl-cx4r-n003-ulsvl Firmantes: SECRETARÍA GENERAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ., Verificable en: https://sede.dipucadiz.es/verificacion-firma?csv=DPC-8bw8-ztcr-riv0-pdxl-cx4r-n003-ulsvl
  • Una memoria económica justificativa, conforme al Anexo de Justifica -
  • Gastos realizados con anterioridad a la firma del Convenio. Oficina Técnica de la Presidencia. - Edif. Roma - Avda. 4 de diciembre de 1977, 11-12. 11006 Cádiz T 956/240720 W www.dipucadiz.es 7 de 16 Convenio inscrito en el registro de Diputación de Cádiz con el número D/CG/00510/2026 con fecha 19/08/2026, CSV: DPC-8bw8-ztcr-riv0-pdxl-cx4r-n003-ulsvl Firmantes: SECRETARÍA GENERAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ., Verificable en: https://sede.dipucadiz.es/verificacion-firma?csv=DPC-8bw8-ztcr-riv0-pdxl-cx4r-n003-ulsvl
  • Otros gastos subvencionables Los gastos de asesoría jurídica o fiscal/contable, los gastos notariales y regis - trales y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos serán subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la ade- cuada preparación o ejecución de la misma, con excepción de lo estipulado en el art. 31.7 de la Ley 38/2003). Serán imputables al Convenio aquellos gastos realizados en el plazo de su vigencia que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.
  • DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD Nombre o razón social

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto del presente convenio es establecer un marco de colaboración entre Diputación Provincial de Cádiz y el Consejo Local de Hermandades y Cofradías de Arcos, en el desarrollo de las actividades que le son propias y la financiación de las mismas. En concreto, el objeto del presente convenio consiste en la realización del proyecto denominado “ Actividades conmemorativas del cincuentenario de su constitución”. En concreto, la actuación a desarrollar consistirá ejecutar una programación religiosa, cultural, social y formativa organizada con motivo del cincuentenario mediante el desarrollo de las siguientes actividades: s olemne Eucaristía Cierre Cincuentenario y Año de Gracia; talleres y actividades para jóvenes, enfocados a la cultura (...); talleres con Jóvenes pertenecientes al Centro Ocupacional de Juan Candil, incursión y participación en las hermandades y actividades que se organizan desde ella; acciones Solidarias, Oficina Técnica de la Presidencia. - Edif. Roma - Avda. 4 de diciembre de 1977, 11-12. 11006 Cádiz T 956/240720 W www.dipucadiz.es 2 de 16 Convenio inscrito en el registro de Diputación de Cádiz con el número D/CG/00510/2026 con fecha 19/08/2026, CSV: DPC-8bw8-ztcr-riv0-pdxl-cx4r-n003-ulsvl Firmantes: SECRETARÍA GENERAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ., Verificable en: https://sede.dipucadiz.es/verificacion-firma?csv=DPC-8bw8-ztcr-riv0-pdxl-cx4r-n003-ulsvl