Personas jurídicasES51 - CATALUÑA

Resolución EMT/ / , de de , por la que se abre la convocatoria de subvenciones para el año 2026 en relación con las act…

Título oficial: Resolución EMT/ / , de de , por la que se abre la convocatoria de subvenciones para el año 2026 en relación con las actuaciones del programa ALMA de Cataluña (SOC-ALMA)

Fomento del Empleo

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CATALUÑA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 4.000.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Los requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria están recogidos en la
  • 1. La documentación que debe presentarse con la solicitud es la que se indica en la
  • Las entidades que hayan recibido subvenciones de acuerdo con esta Resolución deben presentar la justificación en los plazos y condiciones que establece la base 21 del anexo 1 de la Orden EMT/84/2024, de 23 de abril. La entidad beneficiaria debe presentar la justificación de la subvención en el plazo máximo de tres meses a contar desde la finalización de sus actuaciones.
  • 1 La justificación de la subvención se lleva a cabo mediante justificación por módulos, conforme a lo establecido en el capítulo III de la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones.
  • 2 El plazo de justificación puede ser ampliado a petición de la entidad beneficiaria antes del plazo fijado para presentar la justificación, por razones debidamente motivadas, mediante el trámite electrónico habilitado por el órgano instructor. Este nuevo plazo no puede superar la mitad del plazo inicialmente establecido.
  • 3 La memoria explicativa que debe presentarse con la justificación incluirá la evaluación final de la fase de seguimiento de cada una de las personas participantes que prevé el punto 9.3.
  • 1 El pago de la subvención se realiza de acuerdo con lo establecido en la base 17 del
  • Si lo presenta una única entidad, esta será la única beneficiaria y deberá acreditar una experiencia mínima de dos años en la gestión de programas de movilidad internacional.
  • Si lo presenta una agrupación de entidades, todas las entidades que forman parte de la agrupación de entidades tienen la condición de entidades beneficiarias, tal como prevé el
  • La documentación de ejecución que debe presentar y/o custodiar la entidad beneficiaria, de acuerdo con la base 20.2 del anexo 1 de la Orden EMT/84/2024, de 23 de abril, es la
  • Documentación de ejecución que debe presentar la entidad beneficiaria:
  • Si procede, declaración relativa a las retribuciones de los órganos de dirección o de administración, en caso de personas jurídicas y cuando el importe otorgado sea superior a 10.000,00 euros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15.2 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Póliza de seguro, de acuerdo con la base 23 del anexo 1 de la Orden EMT/84/2024, de 23 de abril.
  • Documentación relativa al acceso a la herramienta Galileu, según se especifique en la guía.
  • Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos de las personas participantes, validada por la Oficina de Trabajo, que incluya la fecha de inicio de cada participante, según modelo normalizado (Ficha OTG, Ficha UPG).
  • Plan de Aprendizaje y Desarrollo de cada una de las personas participantes, firmado, según modelo normalizado.
  • Relación de altas, bajas y modificaciones o sustituciones de las personas participantes, según modelo normalizado (impreso de justificación).
  • Evidencias que puedan ser verificables, para garantizar la correcta ejecución de las actuaciones otorgadas asociadas a cada una de las fases.
  • Informe para cada una de las fases previstas en la base 5.1.1 de la Orden EMT/84/2024, de 23 de abril.
  • Documentación de la fase de preparación:

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Actuaciones subvencionables · eligible
    Fase de preparación en Cataluña.
  • Actuaciones subvencionables · eligible
    Fase de movilidad en un país miembro de la UE.
  • Actuaciones subvencionables · eligible
    Fase de seguimiento una vez hayan regresado a Cataluña. Para garantizar el éxito del proyecto, es necesario definir una buena estructura de las acciones, organizadas y enfocadas a mantener a las personas participantes involucradas durante todo el proyecto, asegurando la correcta transición para cada una de las fases, sin restar importancia a ninguna de las tres, ya que están interrelacionadas. En este sentido, la entidad debe garantizar el apoyo y el acompañamiento necesarios a cada una de las personas participantes, por lo que la figura del tutor o acompañante es muy relevante desde el inicio de la preparación.
  • Actuaciones subvencionables · eligible
    1. Fase de preparación La fase de preparación puede tener una duración mínima de 30 días y máxima de 90 días naturales.
  • Actuaciones subvencionables · eligible
    Preparación de las personas participantes.
  • Actuaciones subvencionables · eligible
    Aprendizaje lingüístico a medida en la lengua vehicular del país de destino.
  • Actuaciones subvencionables · eligible
    Otras acciones de preparación y acompañamiento: actividades de acompañamiento emocional y psicológico, que pueden desarrollarse durante todo el proyecto. Todas estas actividades pueden ser presenciales, virtuales o mixtas, pero se priorizarán las presenciales. La fase de preparación contempla la elaboración conjunta entre la entidad y la persona participante de un itinerario personalizado que incluya la descripción detallada de todas las acciones adaptadas a las necesidades de la persona, definidas con el objetivo de prepararla para realizar la estancia de aprendizaje práctico e integración laboral en otro país miembro de la UE. La entidad debe presentar el itinerario personalizado mediante el documento normalizado
  • Actuaciones subvencionables · eligible
    Objetivos y resultados previstos, adaptados a las necesidades de la persona participante.
  • Actuaciones subvencionables · eligible
    Acciones planificadas.
  • Actuaciones subvencionables · eligible
    Calendario previsto de duración de las acciones. Antes de finalizar esta fase, el documento debe haberse completado con la información relativa a las prácticas y debe ser aceptado y firmado por la persona participante.
  • Actuaciones subvencionables · eligible
    2. Fase de movilidad La duración de la fase de movilidad debe adecuarse a las necesidades de la persona participante, siendo en todos los casos de un mínimo de 60 días y un máximo de 180 días naturales. En cualquier caso, esta fase debe suponer un mínimo del 30 % de la duración total de las actuaciones del programa ALMA que prevé esta base.
  • Actuaciones subvencionables · eligible
    Prácticas profesionales en un país de la UE.
  • Actuaciones subvencionables · eligible
    Aprendizaje lingüístico adicional en la lengua vehicular del país de destino.
  • Actuaciones subvencionables · eligible
    3. Fase de seguimiento La fase de seguimiento debe iniciarse, como muy tarde, una semana después de que la persona participante finalice su movilidad y puede prolongarse como máximo durante 90 días naturales. Esta fase finalizará con la elaboración de una evaluación final que recoja el resultado de la participación de la persona destinataria en el proyecto.
  • Actuaciones subvencionables · eligible
    Seguimiento, asesoramiento y orientación profesional individuales.
  • Actuaciones subvencionables · eligible
    Seguimiento, asesoramiento y orientación profesional grupales. Estas acciones de seguimiento pueden ser presenciales, virtuales o mixtas, pero se priorizan las sesiones presenciales.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Son subvencionables los gastos previstos en la base 9 del anexo 1 de la Orden EMT/84/2024, de 23 de abril.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Comisión de Valoración
  • Gastos subvencionables · eligible
    1. La Comisión de Valoración está integrada por:
  • Gastos subvencionables · eligible
    Presidente o presidenta: la persona titular de la Subdirección General de Políticas Activas de Empleo del Servicio Público de Empleo de Cataluña.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Fomento del Empleo