Personas físicasES211 - Araba/Álava

9 de octubre de 2026, del Ayuntamiento de Samaniego, por el que se convocan ayudas para el aprendizaje de euskera corre · 2025

Título oficial: Decreto de Alcaldía 73/2026, de 9 de octubre de 2026, del Ayuntamiento de Samaniego, por el que se convocan ayudas para el aprendizaje de euskera correspondientes al curso 2025-2026.

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES211 - Araba/Álava. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SAMANIEGO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Instancia oficial debidamente cumplimentada.
  • Certificado expedido por el centro de aprendizaje de euskera en el que consten los datos identificativos de la persona alumna, el coste de la matrícula, el nivel y número de horas del curso, sus fechas de inicio y finalización y el porcentaje de asistencia.
  • Justificante bancario acreditativo del pago de la matrícula.
  • En el caso de barnetegis o cursos intensivos, documento en el que se desglose el coste correspondiente a enseñanza, manutención y alojamiento.
  • Documento acreditativo de otras ayudas recibidas o solicitadas para la misma finalidad, en su caso.
  • OCTAVA.- Estudio y resolución de solicitudes El órgano instructor será el concejal responsable del área de euskera, y pedirá de oficio cuantos informes estime necesarios par a resolver, así como las actuaciones que estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución. La persona beneficiaria de dichas subvenciones tendrá la obligaci ón de colaborar en dicha inspección proporcionando los datos que le sean requeridos.
  • puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en esta dirección: https://udalenegoitza.araba.eus/samaniego/validacionDoc/?entidad=SAMANIEGO Y0144708b01609115ab07ea3010a0c39s Calle Sor Felicias, 1 Kalea CP/PK: 01307 Samaniego (Álava-Araba) Tel: 945 609 104  asamaniego@ayto.araba.eus web: www.ayuntamientosamaniego.com Corresponderá la resolución definitiva a la alcaldesa a Propuesta del Pleno . La resolución recogerá la relación de beneficiarios/as y los correspondientes importes a recibir; también incluirá las solicitudes denegadas y la motivación de las mismas. Contra dicha resolución podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo en las formas establecidas en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • NOVENA.- Notificación y forma de pago Aprobada la resolución por la alcaldía, se notificará a los/as solicitantes en un plazo máximo de diez días. En dicha notificación se recogerá el nombre de la persona beneficiaria, la cantidad a subvencionar y el número de cuenta bancaria facilitado por el mismo al efecto de su abono. Asimismo se notificarán las denegaciones de subvención y la motivación de las mismas. La resolución que se dicte pondrá fin a la vía administrativa. Transcurrido el plazo máximo para resolver y notificar sin haberse realizado comunicación alguna, las personas interesadas en el proceso deberán entender desestimada la solicitud por silencio negativo.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Educación