(4971/2026) CONVOCATORIA SUBVENCIÓN NOMINATIVA DESTINADA A FINANCIAR GASTOS VIAJE DE RONDALLA DE PEÑA FRAGATINA AL FEST…

Título oficial: (4971/2026) CONVOCATORIA SUBVENCIÓN NOMINATIVA DESTINADA A FINANCIAR GASTOS VIAJE DE RONDALLA DE PEÑA FRAGATINA AL FESTIVAL INTERNACIONAL DE FOLKLORE DE CÓRDOBA (MÉXICO)

Cultura

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES241 - Huesca. La gestiona AYUNTAMIENTO DE FRAGA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas físicas, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 10.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • a) del artículo 15 de la Ordenanza para que se pueda proceder a la concesión de una subvenció n por concesión directa, por encontrarse prevista nominativamente en los Presupuestos de est e Ayuntamiento para 2026 (Base 30.9) Atendido el informe de la Técnico Coordinador de Cultura, obrante en el expediente, de fecha 22/0 7 /2026, en el que se indica que la solicitante, no tiene ninguna subvención pendiente de justificar co n esta Delegación. Visto que la Rondalla de Peña Fragatina es uno de los referentes culturales de Fraga y se h a convertido en uno de los mejores embajadores de todo lo que es la tradición y el folklore fragatin o por todo el mundo. Teniendo en cuenta que participan cada año en la organización de la celebració n del Día de la Faldeta y que han indagado en el folklore local recuperando parte de nuestro patrimoni o como el “ball de coques”. Vista la propuesta de fecha 27/08/2026 obrante en el expediente. Vista la diligencia de fiscalización previa limitada de fecha 31/08/2026, emitida por el interventor , obrante en el expediente.
  • La subvención se destinará a financiar los gastos corrientes derivados del VIAJE DE L A
  • La beneficiaria, que no podrá estar incursa en alguna de las prohibiciones contenidas en el art. 1 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), deber á justificar la ejecución del gasto como máximo el día 30 de enero de 2027, mediante la presentació n de la cuenta justificativa de la ayuda, que comprenderá la siguiente documentación (Justificación d e
  • Subvención Directa – código SIA 2087407): a. Memoria justificativa suscrita por el beneficiario o su representante, indicativa de las actividade s desarrolladas, del cumplimiento de las condiciones impuestas y de los resultados obtenidos. b. Relación suscrita por el beneficiario o su representante expresiva de la totalidad de los gasto s derivados de la actividad, debidamente desglosados y detallados, y a la que se acompañará lo s justificantes de gasto, eximiéndose de la presentación de justificantes de pago de importe inferior a 500 €, por importe como mínimo del 125% al de la subvención otorgada. (ANEXO JUSTIFICACIO N Badjunto).
  • Ayuntamiento de Fraga c. Cuenta de resultado, incluyendo relación detallada de ingresos recibidos para la misma actividad. d. Certificados de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, si no h a autorizado al Ayuntamiento para su obtención. e. Acreditación de la difusión de la subvención concedida. Serán de aplicación las recomendaciones de justificación de subvenciones de Intervención, de 16 d e mayo de 2018 (http://fraga.sedelectronica.es/transparency/bf653850-7a42-4ef6-acf2-ecd8f6ff8375/)
  • Gastos subvencionables: gastos generales de funcionamiento de la entidad, con arreglo a l presupuesto presentado, admitiéndose desviaciones en un 10% de las partidas presentadas y entr e las distintas partidas. No serán admisibles los gastos definidos en el art. 24 de la OGS, así como los gastos suntuarios , gastos en servicios de hostelería y restauración, alojamientos y otros de carácter protocolario; gasto s que superen el valor de mercado comprobado por la Administración, por el importe que exced a respecto del mismo, en particular, los relativos a dietas y locomoción de personal en la medida qu e resulten subvencionables y superen los límites establecidos con carácter oficial para el personal a l servicio de las Administraciones Públicas, ni los costes indirectos.
  • El pago de la subvención se realizará de una sola vez previa la presentación dentro de los plazo s establecidos de la documentación justificativa mencionada en el punto anterior. Asimismo, antes de l pago, la beneficiaria deberá acreditar fehacientemente encontrarse al corriente de sus obligacione s tributarias y con la Seguridad Social. El pago se realizará en el plazo máximo de 30 días a contar de la correcta presentación de l a documentación justificativa de gasto.
  • La beneficiaria, una vez se le haya comunicado el acuerdo de concesión, tendrá que aceptarla, e n el plazo máximo de quince días desde que se notifique la resolución. (Aceptación de Subvención _ Código SIA 2214550).
  • Ayuntamiento de Fraga d. La beneficiaria deberá comunicar la petición y/o obtención de cualquier subvención públic a concurrente que no se haya declarado con la solicitud. La subvención otorgada será compatible con cualquier otra concedida por otras administraciones o entes públicos o privados para la misma finalidad. No obstante, el importe total de las subvencione s recibidas para la misma finalidad no podrá superar el 100% del gasto de funcionamiento de l a entidad.
  • Con independencia del requerimiento que hubiere practicado el área gestora al beneficiario para s u justificación en el plazo adicional del art. 71 RLGS, y sin perjuicio de la imposición de las sancione s que en su caso se impongan, la presentación fuera de plazo de la justificación, antes de efectuar e l requerimiento o en el plazo concedido en el mismo, se considerará incumplimiento no significativo d e
  • Entre 1 y 7 días de retraso, el 10% del importe de la subvención, como máximo 300 euros.
  • Más de 8 días de retraso, el 20% del importe de la subvención, como máximo 600 euros. El incumplimiento de estas obligaciones originará las responsabilidades que en cada cas o correspondan y podrá suponer la revocación, reducción o reintegro de la subvención concedida. Tercero. -Notificar la presente resolución al interesado, al Departamento de Intervención, así com o alos órganos, delegaciones, áreas y unidades municipales que con la misma se hallen directament e relacionados. Lo manda y firma el Sr. Alcalde en la ciudad de Fraga, en la fecha de firma electrónica; de lo que , como Secretaria Accidental, doy fe a los efectos de su remisión al libro de resoluciones.
  • Más de 8 días de retraso, el 20% del importe de la subvención, como máximo 600 euros. 15- Publicidad de subvenciones. Los beneficiarios, deberán hacer constar la colaboración del Ayuntamiento en la ejecución del proyecto o de la actividad, en toda la documentación impresa y en carteles o medios electrónicos y audiovisuales que se emitan. El ayuntamiento publicará concesiones en el portal de transparencia municipal, en la web municipal, en la sede electrónica y en la BDNS, donde además se harán constar lo pagos realizados.
  • - Plazo de destino mínimo, para inversiones. El periodo durante el cual el beneficiario, en el supuesto de adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inventariables, debe destinar dichos bienes al fin concreto para el que se concedió la subvención, será de cinco años en el caso de bienes inscribibles en un registro público y de dos años para el resto de bienes, salvo que las bases reguladoras de la línea de subvención fijen otro superior.
  • - Gastos subvencionables. Las convocatorias determinarán expresamente que no se considerarán subvencionables, sin perjuicio de los
  • - Vinculación de crédito entre diversas líneas de una misma convocatoria. Cuando una convocatoria presente diversas líneas de subvención, el remante de crédito de las líneas de una convocatoria, se podrá destinar al resto de líneas, que tengan la misma bolsa de vinculación, con arreglo a lo que determine la convocatoria.
  • - Incompatibilidad Se exceptúa la incompatibilidad prevista en el art. 13.2.d) de la Ley General de Subvenciones, para los miembros electos, en aquellos casos en los que ostente la representación de asociaciones sin ánimo de lucro.
  • 1 El objeto de las presentes Bases es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, cobro y justificación de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Fraga a través de la Delegación de Urbanismo destinadas a financiar obras de arreglo de fachadas en este municipio con el fin de mejorar el entorno paisajístico, preservar el patrimonio arquitectónico, salvaguardar la seguridad de los viandantes y mejorar la salubridad de los inmuebles.
  • Ayuntamiento de Fraga Para la concesión de la subvención, será preciso que el beneficiario disponga, en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de las oportunas declaraciones responsables, comunicaciones previas, licencias, o solicitud de las mismas, según corresponda. Los edificios que hayan sido objeto de estas ayudas municipales en anteriores convocatorias no podrán subvencionarse en las categorías de la presente convocatoria salvo que hayan transcurrido un mínimo de siete años desde la justificación de la subvención para la respectiva categoría. En la categoría de fachadas, en casos de propiedad horizontal tumbada, se podrán presentar tantas solicitudes como fincas catastrales haya. En la categoría de renovación de elementos estructurales, cuando haya una pluralidad de titulares, se aplicará el límite temporal del párrafo anterior a cada copropietario para la renovación de sus elementos privativos estructurales (referencia catastral y titular).
  • - Criterios objetivos de otorgamiento de las subvenciones

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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