43/2026 CONVENIO ENTRE EL PMD Y EL CLUB INTERNACIONAL DE LA AMISTAD

Cultura

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES414 - Palencia. La gestiona PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Clubes deportivos, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 27.700,00 €. Inicio: 25/02/2026. Plazo: Fin: 20/04/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • MEMORIA ECONÓMICA a. Facturas originales y justificantes de su abono, po r el importe de la ayuda concedida, para la temporada 2025/2026. b. Relación de facturas presentadas a este organismo. c. Relación de ingresos o subvenciones que hayan financ iado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. d. Relación de gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor, del concepto, su importe y fecha de emisión, indicando si el gasto está efectivamente pagado o pendiente.
  • e. Declaración responsable de subvenciones recibidas, adjuntando relación de facturas presentadas para su justificación. f. Declaración de que los ingresos percibidos han sido aplicados a la actividad. g. Declaración de no estar incurso en ninguno de los s upuestos regulados en el art 13 de la Ley 38/2003.
  • MEMORIA DE LAS ACTIVIDADES del Club durante el periodo subvencionado temporada 2025/2026, acreditando haber cumplido las actuaciones realizadas conforme a los COMPROMISOS asumidos por el club tal y como se establece en la cláusula SEGUNDA de este convenio.
  • Por vencimiento del convenio.
  • El incumplimiento por cualquiera de las partes de c ualquiera de las obligaciones estipuladas en el presente Convenio, siempre y cuando dicho incumplimiento no hubiera sido subsanado.
  • DECIMOTERCERA. - PUBLICIDAD Una vez aprobado el presente convenio por Junta de Gobierno, deberá publicarse conforme a lo previsto en el artículo 18 de la Ley 38/2003.
  • DECIMOCUARTA. - PROTECCION DE DATOS Las partes, en el desarrollo de sus relaciones, se comprometen a cumplir con la normativa legal vigente en cada momento en materia de tratamiento a utomatizado de datos de carácter personal, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. En el caso de que el beneficiario llegará a implementar algún tipo de actividad que suponga la recogida activa de datos de carácter personal, lo hará bajo su responsabilidad, estando obligado al estricto cumplimiento de la normativa citada en el párrafo anterior. Y en prueba de conformidad firman el presente ejemplar por duplicado, en la ciudad y fecha al comienzo expresados.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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