Personas físicasES521 - Alicante / Alacant

37 CONVOCATORIA BECA DE ESTUDIOS MUSICALES ANTONIO PÉREZ VERDÚ

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALCOY/ALCOI.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica, PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 2.250,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Modelo de solicitud. Este modelo contendrá:
  • Autorización para que el Ayuntamiento de Alcoy pueda consultar si el/la solicitante está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y obtener informe acreditativo del departamento de Recaudación de que el/la solicitante no tiene deudas pendientes con el Ayuntamiento.
  • Que la persona solicitante no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias relacionada en los art. 13 y 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Que la persona solicitante no tiene pendiente de justifica ninguna subvención municipal que le haya sido concedida con anterioridad.
  • Certificación acreditativa de la titulación
  • Justificación de la situación socio-económica de los miembros de la unidad familiar de la que forman parte (declaración de la renta de 2025 o, en su caso, certificado de la Agencia Tributaria de estar exento/a). Si no se justifica adecuadamente esta situación mediante la presentación de todas las declaraciones de renta de los miembros de la unidad familiar (de acuerdo con el punto octavo A) requisitos económicos) este apartado se valorará directamente en 0 puntos.
  • Programa detallado de las actividades a realizar y para las que se solicita la subvención.
  • Presupuesto desglosado en el que figure el coste de las actividades propuestas.
  • Certificado de su participación y colaboración en entidades musicales de la ciudad. Queda garantizado el correcto tratamiento de la documentación aportada y de los datos facilitados acorde a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal (LOPD) y el Reglamento UE2016/679.
  • Currículum: máximo 20 puntos.
  • Situación socio económica: máximo 5 puntos.
  • Proyecto a realizar: máximo 20 puntos.
  • Colaboración en entidades musicales de la ciudad: máximo 5 puntos.
  • La renta familiar a efectos de esta beca se obtendrá por agregación de las rentas de cada uno de los miembros computables de la familia, correspondiente al último ejercicio, calculada de acuerdo a lo expuesto a continuación y de conformidad con la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Para la determinación de la renta de los miembros computables que presenten declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se procederá del modo
  • Se sumará la base imponible general con la base imponible del ahorro. Del resultado de la suma se podrán excluir todos los saldos netos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales y el saldo neto negativo de rendimientos del capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro, correspondientes a ejercicios anteriores.
  • De este resultado se restará la cuota resultante de la autoliquidación.
  • Para la determinación de la renta de los miembros computables que obtengan ingresos propios y no hayan presentado declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se seguirá el procedimiento descrito en el apartado primero del punto anterior y del resultado obtenido se restarán los pagos a cuenta efectuados.
  • Para el cálculo de la renta familiar a efectos de esta beca, son miembros computables de la familia el padre y la madre o tutor/a, el/la solicitante, hermanos/nas solteros menores de 25 años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre del último ejercicio, los de mayor de edad cuando se trate de personas con discapacidad, así como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente. En el caso de solicitantes que constituyan unidades familiares independientes, también se considerarán miembros computables el cónyuge, o en su caso, la persona a la que se halle unido por análoga relación, cuyas rentas y patrimonio se incluirán dentro del cómputo de la renta y patrimonio familiares.
  • En el caso en que el/la solicitante alegue su independencia familiar y económica, cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente que cuenta con medios económicos propios suficientes que permitan dicha independencia así como la titularidad o el alquiler de su domicilio habitual. En caso contrario, y siempre que los resultados acreditados resulten inferiores a los gastos soportados en concepto de vivienda y otros gastos considerados indispensables, se entenderá no probada la independencia por lo que, para el cálculo de la renta y patrimonio familiar a efectos de la beca, se computarán los ingresos correspondientes a los miembros computables de la familia. Tendrán prioridad las personas que no hayan sido beneficiarias de esta beca en convocatorias anteriores. La beca podrá declararse desierta si ninguno de los aspirantes, según el criterio del Tribunal, no posee las condiciones que fundamentan su concesión. Noveno. Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Cultura