202605701147 Conc_ Proyectos Coop. Inversión_2026_

1.1 Objeto y Finalidad ............................................................................................................................ 3

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES - ESPAÑA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MURCIA.

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¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 75.000,00 €. Inicio: 01/12/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1 Lugar ................................................................................................................................................. 9
  • 2 Plazo ................................................................................................................................................. 9
  • 3 Subsanación de solicitudes ............................................................................................................. 10
  • 1 Plazo de la justificación ................................................................................................................ 18
  • 2 Cuenta justificativa ....................................................................................................................... 18
  • 2.1 Requisitos de los documentos acreditativos que componen la cuenta justificativa ................... 19
  • 2.2 Documentos a aportar ................................................................................................................ 22
  • SOLICITANTES Las organizaciones e instituciones relacionadas en el artículo 1º de la presente convocatoria que deseen acogerse al régimen de ayudas previsto en las mismas, deberán
  • cumplir los siguientes requisitos:
  • Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y estar debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones, o cualquier otro de carácter público, como mínimos dos años antes de l a publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
  • Tener sede abierta en el municipio, y estar inscrita y actualizadas en el Registro Municipal de Asociaciones Ciudadanas del Ayuntamiento de Murcia antes de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
  • No perseguir fines de lucro ni depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas o de Administraciones Públicas.
  • Disponer de estructura suficiente y de medios humanos y ma teriales para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos en el proyecto.
  • Tener como fines institucionales la realización d e actividades de cooperación al desarrollo y fomento de solidaridad entre los pueblos o demostrar de modo fehaciente que la entidad actúa de forma continuada en dicho ámbito.
  • No estar incursos en las prohibiciones para obtener dicha condición, prevista en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS. y el compromiso de mantener dicho requisito durante todo el procedimiento, tal y como establece el art. 69.1 de la Ley 39/2015.
  • No ser deudora por ningún concepto a la Hacienda Municipal.
  • Acreditar un funcionamiento real y efectivo en el municipio de Murcia durante los últimos 2 años.
  • Haber presentado en el plazo establecido las justificaciones de otras subvenciones otorgadas en el ejercicio anterior por el Servicio de Cooperación al Desarroll o del Ayuntamiento de Murcia. 8 / 46 Fecha documento: 4 de Noviembre de 2026
  • - CONCEJAL SECRETARIA JUNTA DE GOBIERNO, MARIA DE LAS MERCEDES BERNABE PEREZ, a 4 de Noviembre de 2026 Página 12 de 50 Copia auténtica. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL:http://sede.murcia.es/verifirma uU-GHMtLNGr+qxNwFketWo4PLf9P8vBGxluOnPwFecha de impresión: Jueves, 5 de Noviembre de 2026 9:03
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones concedidas por este Ayuntamiento. Podrán concurrir las agrupaciones de entidades, de conformidad con lo establecido en el

Gastos y actuaciones subvencionables

  • ARTÍCULO 4º. GASTOS SUBVENCIONABLES .................................................................................... · eligible
    ARTÍCULO 4º. GASTOS SUBVENCIONABLES ..................................................................................... 5
  • ARTÍCULO 4º. GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Conforme a lo establecido en el artículo 31.1. de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, se consideran gastos subvencionables, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada. La subvención de proyectos de cooperación al desarrollo mediante esta convocatoria, financiará gastos de inversión , considerándo se que son aquellos destinados a la creación de infraestructuras y a la creación o adquisición de bienes de naturaleza inventariable, de forma que tengan una duración previsiblemente superior al ejercicio 5 / 46 Fecha documento: 4 de Noviembre de 2026
  • ARTÍCULO 4º. GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    - CONCEJAL SECRETARIA JUNTA DE GOBIERNO, MARIA DE LAS MERCEDES BERNABE PEREZ, a 4 de Noviembre de 2026 Página 9 de 50 Copia auténtica. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL:http://sede.murcia.es/verifirma uU-GHMtLNGr+qxNwFketWo4PLf9P8vBGxluOnPwFecha de impresión: Jueves, 5 de Noviembre de 2026 9:03
  • ARTÍCULO 4º. GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Concejalía de Talento Joven y Espacios Públicos ______________________________________________________________________ Convocatoria de subvenciones a proyectos de Cooperación al desarrollo para el año 2026 (gasto de inversión) presupuestario o que sean susceptibles de inclusión en inventario por ser gastos que previsiblemente no sean reiterativos.
  • Por otro lado, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • Por otro lado, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • Por otro lado, no serán gastos subvencionables: · ineligible
    Los gastos de procedimientos judiciales. Los gastos administrativos y de gestión generados por cada proyecto financiado no podrán superar el 8 por 100 de la subvención para el mismo. Los gastos administrativos y de gestión, relativos a la formulación, control y segui miento del proyecto por parte de la organización o institución responsable del mismo, deberán ser incluidos individualmente en un capítulo aparte dentro del desglose presupuestario del proyecto.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1.1 Objeto y Finalidad ............................................................................................................................ 3