202605701032 Conc_Proyectos Ayuda Humanitaria_2026_

1.1 Objeto y Finalidad.- La presente convocatoria abierta, tiene por objeto regular los trámites y condiciones para la concesión de subvenciones destinadas a acciones humanitarias, que se realizarán en paí ses en desarrollo, previa presentación por parte de ONG´D, entidades, instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro establecidas localmente en el municipio de Murcia. El procedimiento de concesión será en régimen de concurrencia competitiva dentro de los límites establecidos en el presupuesto municipal y sometido al sistema de valoración y criterios fijados en esta convocatoria, de acuerdo con lo dispuesto en el

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES - ESPAÑA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MURCIA.

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¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 66.000,00 €. Inicio: 09/11/2026. Plazo: Fin: 16/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1 Lugar ......................................................................................................................................... 9
  • 2 Plazo .......................................................................................................................................... 9
  • 3 Subsanación de solicitudes ...................................................................................................... 10
  • 1 Plazo de la justificación ......................................................................................................... 18
  • 2 Cuenta justificativa ................................................................................................................ 18
  • 3 Documentos a aportar ............................................................................................................ 19
  • 3.1 Memoria de los proyectos .................................................................................................. 22
  • 3.2 Justificación de los proyectos ............................................................................................. 23
  • solicitantes.- Las organizaciones e instituciones relacionadas en el artículo 1º de la presente convocatoria que deseen acogerse al régimen de ayudas previsto en las mismas, deberán
  • cumplir los siguientes requisitos:
  • Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y estar debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones, Funda ciones, o cualquier otro de carácter público, como mínimos dos años antes de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la 7 / 46 Fecha documento: 4 de Noviembre de 2026
  • - CONCEJAL SECRETARIA JUNTA DE GOBIERNO, MARIA DE LAS MERCEDES BERNABE PEREZ, a 4 de Noviembre de 2026 Página 11 de 50 Copia auténtica. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL:http://sede.murcia.es/verifirma +UKz1GKmaHYqpNzI4mbQ2zktkjjrspeYRWFCHzwFecha de impresión: Jueves, 5 de Noviembre de 2026 8:58
  • Tener sede abierta en el municipio, y estar inscrita y actualizadas en el Registro Municipal de Asociaciones Ciudadanas del Ayuntamiento de Murcia antes de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
  • No perseguir fines de lucro ni depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas o de Administraciones Públicas.
  • Disponer de estructura suficiente y de medios humanos y materiales para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos pr opuestos en el proyecto.
  • Tener como fines institucionales la realización de actividades de cooperación al desarrollo y fomento de solidaridad entre los pueblos o demostrar de modo fehaciente que la entidad actúa de forma continuada en dicho ámbito.
  • Tener experiencia en el desarrollo de proyectos de ayuda humanitaria.
  • Estar al día de las cotizaciones a la Seguridad Social y en las obligaciones tributarias, según lo dispuesto en la legalidad vigente.
  • No ser deudora por ningún concepto a la Hacienda Municipal.
  • No estar incursa en ninguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, para ser considerada beneficiaria de subvenciones. Podrán concurrir las agrupaciones de entidades, de conformidad con lo establecido en el

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Artículo 4.º Gastos subvencionables .................................................................................... · eligible
    Artículo 4.º Gastos subvencionables .................................................................................................... 5
  • Artículo 4.º Gastos subvencionables · eligible
    De acuerdo con el artículo 31.1 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones, se consideran gastos subvencionables, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y se realicen en el plazo establecido en los proyectos presentados. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor del mercado. Por lo tanto, serán gastos subvencionables los que hayan sido aprobados en el acuerdo de co ncesión y reúnan las condiciones establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de 5 / 46 Fecha documento: 4 de Noviembre de 2026
  • Artículo 4.º Gastos subvencionables · eligible
    - CONCEJAL SECRETARIA JUNTA DE GOBIERNO, MARIA DE LAS MERCEDES BERNABE PEREZ, a 4 de Noviembre de 2026 Página 9 de 50 Copia auténtica. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL:http://sede.murcia.es/verifirma +UKz1GKmaHYqpNzI4mbQ2zktkjjrspeYRWFCHzwFecha de impresión: Jueves, 5 de Noviembre de 2026 8:58
  • Artículo 4.º Gastos subvencionables · eligible
    CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE AYUDA HUMANITARIA 2026 6 noviembre, General de Subvenciones. Los gastos administrativos y de gestión generados por cada proyecto financiado no podrán superar el 5 por 100 de la subvención para el mismo, deb iendo ser incluidos individualmente en un capítulo aparte dentro del desglose presupuestario del proyecto. La subvención de proyectos al amparo de esta convocatoria, podrá financiar gastos de naturaleza fungible, dentro de los límites establecidos en los artículos 3º y 6º de la presente convocatoria. A tal efecto, se considerará gasto de naturaleza fungible, todo aquel que se destine a la adquisición de bienes o servicios que no sean destinados a la creación de infraestructuras y a la creación o adquisici ón de bienes de naturaleza inventariable, de forma que no tengan una duración previsiblemente superior al ejercicio presupuestario o que no sean susceptibles de inclusión en inventario por ser gastos que previsiblemente no sean reiterativos.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1.1 Objeto y Finalidad.- La presente convocatoria abierta, tiene por objeto regular los trámites y condiciones para la concesión de subvenciones destinadas a acciones humanitarias, que se realizarán en paí ses en desarrollo, previa presentación por parte de ONG´D, entidades, instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro establecidas localmente en el municipio de Murcia. El procedimiento de concesión será en régimen de concurrencia competitiva dentro de los límites establecidos en el presupuesto municipal y sometido al sistema de valoración y criterios fijados en esta convocatoria, de acuerdo con lo dispuesto en el