2026_SUBVENCIONES PARA LA RENOVACION/REURBANIZACION DE ESPACIOS PRIVADOS QUE TENGAN IMPUESTA LA CONDICIÓN DE "USO PUBLICO"

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES213 - Bizkaia. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BILBAO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • documentation
    En el caso de personas jurídicas copia del DNI y poderes de su representante
  • documentation
    Certificado alta Impuesto de Actividades Económicas (si se va a emitir factura al Ayuntamiento)
  • documentation
    Certificado de la titularidad de la cuenta bancaria o, en su defecto, cualquier otro documento que acredite la titularidad de la misma La ficha, junto con la documentación requerida, constituirá el soporte documental en base al cual se dará de alta al acreedor/a en el REGISTRO MUNICIPAL DE ACREEDORES/AS y puede
  • documentation
    ADIERAZTEN DUT laguntzaren hartzaile den pertsona fisikoak edo juridikoak berariaz aitortzen duela jarduera-eremuari erabilera publikoko zortasuna ezarri zaiola eta ondasun eta eskubideen udal -inbentarioan hala jasotzea , hala badagokio, jabe -erkidegoen erabaki baliodunean jasota dagoela.
  • documentation
    DECLARO que la persona física o jurídica destinataria de la ayuda reconoce expresamente la imposición de la servidumbre de uso público sobre el ámbito de actuación, constando el acuerdo válido de las comunidades propietarias, en su caso. Bilbon, 20___(e)ko __________(a)ren ___(e)(a)n Bilbao, _____ de __________ de 20__
  • - Los espacios susceptibles de obtener ayudas económicas para llevar a cabo
  • actuaciones de renovación o reurbanización deben cumplir los requisitos siguientes:
  • Que el Planeamiento Urbanístico vigente, documentos de gestión aprobados y/o las licencias de edificación, los califique como privados de uso público y que la propiedad tenga la obligación de mantener.
  • Que las condiciones de dichos espacios hagan necesaria la ejecución de las obras.
  • Cuando se trate de soportales , para que las actuaciones puedan ser subvencionables, los espacios situados a igual cota deberán tratase en su totalidad. No se subvencionarán los cierres de soportales o elementos análogos.
  • Las beneficiarias de las ayudas deberán cumplir las obligaciones establecidas en el
  • - Que las obras ejecutadas sean de interés público y cuenten con la conformidad del departamento municipal competente (Área de Obras Públicas y Servicios) sobre los criterios de urbanización de estos ámbitos.
  • - Para acogerse a las ayudas económicas previstas en esta convocatoria, las obras deben contar, en su caso, con la preceptiva licencia o autorización municipal de obra, estar finalizadas, haber presentado certificado (visado, en su caso) y liquidación final de obra, en los supuestos en los que se haya exigido su presentación y contar con el Vº Bº del Ayuntamiento.
  • - No se podrán acoger a estas ayudas las actuaciones en las que las facturas o las liquidaciones finales sean de fecha anterior al 1 de enero de 2023.
  • documentation
    - DOCUMENTACIÓN A APORTAR : Las personas físicas o jurídicas que deseen optar a las ayudas deberán presentar la solicitud una vez haya finalizado la obra, a la
  • documentation
    que deberán adjuntar los siguientes documentos:
  • documentation
    Anexo I Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, previstas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • documentation
    Anexo I Autorización voluntaria al Ayuntamiento para recabar los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones fiscales y de la Seguridad Social. Anexo I.
  • documentation
    Anexo II. “Ficha de Acreedores”, Sólo si nunca ha recibido ningún tipo de subvención del Ayuntamiento de Bilbao y no está inscrita en el Registro de Acreedores o si se ha cambiado la cuenta bancaria . Con este anexo
  • documentation
    debidamente cumplimentado hay que adjuntar: a. documentación justificativa de la titularidad de la cuenta bancaria. b. en el caso de personas jurídicas, copia del DNI y de los poderes del representante.

Gastos y actuaciones

  • ARTÍCULO 7. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES Y CUANTIA DE LAS AYUDAS · eligible
    - Serán subvencion ables las actuaciones que tengan por objeto la renovación/ reurbanización de estos espacios privativos de uso público. Se considerará reurbanización, a los efectos de esta convocatoria, la segunda o posteriores urbanizaciones o mejoras de la urbanización existente.
  • ARTÍCULO 7. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES Y CUANTIA DE LAS AYUDAS · ineligible
    -No serán subvencionables las actuaciones que respondan exclusivamente a parciales pavimentaciones del total espacio de uso público, ni a individualizadas sustituciones del mobiliario urbano, jardinería y arbolado, ni a actuaciones parciales en infraestructuras existentes. Quedan excluidas, asimismo, las actuaciones correspondientes a suelos, espacios o
  • ARTÍCULO 7. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES Y CUANTIA DE LAS AYUDAS · ineligible
    -En los espacios sobre la cubierta privativa de sótanos o equivalentes , se entenderá que tiene carácter exclusivamente privativo la parte de construcción comprendida entre aquellos y la capa de mortero protectora o elemento constructivo análogo de la barrera impermeabilizante. En consecuencia, únicamente se tomarán en cuenta, los conceptos presupuestarios del proyecto que tengan por objeto intervenir en pavimentación, alumbrado, jardinería y mobiliario urbano situados por encima de los espacios privados. Únicamente serán subvencionables los elementos constructivos desde la impermeabilización (excluida ésta) hacia la superficie.
  • ARTÍCULO 7. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES Y CUANTIA DE LAS AYUDAS · eligible
    - Serán objeto de concesión de ayuda económica las obras de pavimentación o rehabilitación de superficie, si están debidamente individualizadas, es decir, cuando en el proyecto figuren tanto las obras que discurren sobre como bajo rasante. En este supuesto se deberán presentar las partidas debidamente individualizadas al objeto de determinar cuál es el importe subvencionable.
  • ARTÍCULO 7. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES Y CUANTIA DE LAS AYUDAS · eligible
    -Cuando la actuación proyectada contemple inversión tanto en el espacio de uso público, como en el de uso privativo , únicamente serán tomados en consideración los conceptos correspondientes al primero. A estos efectos, se excluirán las obras, de cualquier naturaleza que tengan por objeto la reparación, reforma, refuerzo o renovación, de los locales privativos o de cualquiera de sus elementos (accesos, muros, estructura, recogida de pluviales, forjados, aislamientos, impermeabilizaci ón, drenajes de las partes privativas, etc.).
  • ARTÍCULO 7. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES Y CUANTIA DE LAS AYUDAS · ineligible
    - La ayuda económica será una subvención a fondo perdido del 30% del presupuesto subvencionable. En ningún caso el presupuesto subvencionable podrá superar el importe, excluido el IVA, de 120€/ m2 para toda la superficie de uso público afectada reflejada en plano “VI.3 Condiciones de dominio (“m”) del documento “4. Planos” del PGOU” o en su caso en los instrumentos de planeamiento de desarrollo. La cuantía máxima de esta ayuda será de 150.055,00 euros.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación