Personas físicasJóvenesES523 - Valencia / València

2026 - Convocatoria ayudas para la obtención del carnet de conducir para jóvenes locales

El objeto de las presentes bases es regular la concesión directa de ayudas económicas destinadas a las personas jóvenes de Xeraco para sufragar parte de los gastos derivados de la obtención de los permisos de conducir de las clases A, A1, A2 o B, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos en estas bases.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE XERACO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Jóvenes.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 6.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Según el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras y en la convocatoria. No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en esta ley las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes,
  • Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos. 9 Codi Validació: AMG2EPGNRTDQ352Z5RNKJA9TC Verificació: https://xeraco.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 9 de 14
  • Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, encontrarse declarados en concurso, salvo que en este haya adquirido eficacia un convenio, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
  • Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
  • Ser culpable la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.
  • No encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente.
  • Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
  • No encontrarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.
  • Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a esta u otras leyes que así lo establezcan.
  • No podrán acceder a la condición de beneficiarios las agrupaciones previstas en el
  • Edad: Haber cumplido o cumplir los 18 años durante el año 2025 o durante el año 2026, es decir, haber nacido, respectivamente, en el año 2007 o en el año 2008.
  • Empadronamiento: Estar empadronado/a en el municipio de Xeraco durante, al menos, el último año anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Obtención del permiso de conducir: Haber obtenido uno de los permisos de conducir
  • Las personas nacidas en el año 2007, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, ambos incluidos. 1 Codi Validació: AMG2EPGNRTDQ352Z5RNKJA9TC Verificació: https://xeraco.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 10 de 14
  • Las personas nacidas en el año 2008, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, ambos incluidos. La fecha de obtención del permiso se determinará de acuerdo con la fecha que conste en el permiso de conducir o, en su caso, en la autorización temporal para conducir expedida por la Dirección General de Tráfico.
  • Ser titular de una cuenta bancaria.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como con la Hacienda Municipal.
  • Al formulario de solicitud, anexo I, debidamente cumplimentado en todos sus apartados, se acompañará la documentación que se indica a continuación, que deberá ser original o
  • Documento Nacional de Identidad del solicitante y de su representante, en su caso.
  • Copia del permiso de conducir o, en su caso, de la autorización temporal para conducir expedida por la Dirección General de Tráfico, en la que conste la fecha de obtención.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de las presentes bases es regular la concesión directa de ayudas económicas destinadas a las personas jóvenes de Xeraco para sufragar parte de los gastos derivados de la obtención de los permisos de conducir de las clases A, A1, A2 o B, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos en estas bases.