2026_ AYUDAS DE ACCIÓN HUMANITARIA Y DE EMERGENCIA

El Área de Derechos Humanos , Convivencia, Cooperación e In terculturalidad convoca a través de la línea de subvención “ Ayudas de Acción Humanitaria y de Emergencia 2026” la

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES213 - Bizkaia. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BILBAO.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 135.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • La Ordenanza General Reguladora de las bases para la concesión de subvenciones mediante convocatoria por el Ayuntamiento de Bilbao y sus organismos y entidades de derecho público (B.O.B. de 20 de julio de 2016),
  • La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la normativa reglamentaria que la desarrolla.
  • Ley 39/2015 de 1 de octubre de procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Real Decreto 188/2025, de 11 de marzo, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global.
  • Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.
  • La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno en su Título I.
  • El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 noviembre, de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social en su Título II.
  • Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi.
  • Ley 10/1982, de 24 de noviembre, Básica de Normalización del Uso del Euskera.
  • 1. Plazo de presentación. El plazo de presentac ión de solicitudes es de quince (15) días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Bizkaia.
  • 2. Información y documentación. Toda la información y documentación relativa a la convocatoria estará disponible en la página web, en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Bilbao (www.bilbao.eus ), en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, así como en el Área de Derechos Humanos , Convivencia, Cooperación e Interculturalidad, en sus horarios habituales.
  • 3. Tramitación. Las solicitudes podrán realizarse a través de la página web municipal (Instancia General Electrónica) o de la Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Bilbao o en las de las Oficinas Municipales de Distrito
  • En caso de tramitar la solicitud a través de la página web municipal, deberán seguirse todos los pasos e introducirse todos los datos que se exigen.
  • 4. La persona que ostenta la representación legal de la entidad o tenga un poder legal para ello, suscribirá la solicitud declarando que todos los datos cumplimentados son ciertos, y que la entidad solicitante no está incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, ni en las previstas en el artículo 23.2 del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres
  • 5. Asimismo, en todas las solicitudes se deberá tener en cuenta, que el total de la financiación que se obtenga, por subvenciones y otras fuentes, no podrá superar el coste del programa presentado.
  • 6. El Ayuntamiento de Bilbao podrá recabar a las entidades solicitantes cuantas aclaraciones estime oportunas para la mejor valoración de la solicitud presentada.
  • 7. Cada entidad solicitante podrá presentar un único programa para esta Convocatoria de Subvenciones de Acción Humanitaria y de Emergencia
  • 1. Las solicitudes deberán incluir la hoja de solicitud firmada más la siguiente documentación
  • Documento explicativo del contenido del programa a desarrollar que deberá incluir una explicación detallada del presupuesto de gasto presentado. conforme al modelo facilitado titulado “Formulario de solicitud de apoyo a proyectos de Acción Humanitaria y de Emergencia-Año 2026”.
  • Memoria de las actividades que la entidad hubiera desarrollado en el año anterior.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El Área de Derechos Humanos , Convivencia, Cooperación e In terculturalidad convoca a través de la línea de subvención “ Ayudas de Acción Humanitaria y de Emergencia 2026” la